Declaración de caducidad del procedimiento de amojonamiento del monte n.º 70 CUP La Fuensanta, en término municipal de Lorca, y el reinicio de un nuevo procedimiento
I. Comunidad Autónoma
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Consejería de Medio Ambiente, Universidades, Investigación y Mar Menor
1441 | Anuncio de la Dirección General de Patrimonio Natural y Acción Climática, de la declaración de caducidad del procedimiento de amojonamiento del monte n.º 70 CUP La Fuensanta, en término municipal de Lorca, y el reinicio de un nuevo procedimiento. |
Por Resolución de este Centro Directivo a la que se podrá acceder a través del siguiente enlace http://www.murcianatural.carm.es/web/guest/deslindes-amojonamientos, ha sido acordada la caducidad del procedimiento de amojonamiento del monte n.º 70 CUP La Fuensanta, de propiedad del Ayuntamiento de Lorca, al tiempo que se reinicia uno nuevo con la conservación de los actos del anterior, hasta la puesta de manifiesto a que se refiere el artículo 147 del Reglamento de Montes y el artículo 82 de la Ley 39/2015, de 2 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Las operaciones de amojonamiento se llevan a cabo conforme con el deslinde del año 1869 y el trabajo de actualización realizado desde la Subdirección Montes y Áreas Protegidas a que se refiere el Anuncio de 10 de diciembre de 2019 (BORM n.º 1 de 2 de enero de 2020). La dirección técnica de los trabajos está a cargo del ingeniero operador Francisco de Paula Juanes Prats.
Con el fundamento legal antes expresado, se abre vista y audiencia del expediente en las oficinas de la citada Subdirección General sitas en la Plaza Juan XXIII de Murcia, durante el plazo de QUINCE días hábiles contados a partir del siguiente a la publicación del presente Anuncio. El examen del expediente por los interesados podrá realizarse todos los días hábiles en horario de 9:00 a 14:00 horas, pudiendo presentar durante los quince días siguientes las reclamaciones que estimen pertinentes, que sólo podrán versar sobre el amojonamiento realizado, sin que en modo alguno pueda referirse al deslinde en virtud de lo dispuesto en el artículo 145 del Reglamento de Montes.
Lo que se hace público para general conocimiento.
Murcia, 3 de marzo de 2024. La Directora General de Patrimonio Natural y Acción Climática P.S. (Orden de 26/09/2023, por la que se designan suplencias temporales para despacho ordinario de asuntos por vacante, ausencia o enfermedad de sus Órganos Directivos, BORM n.º 225 de 28/09/2023), la Secretaria Autonómica de Energía, Sostenibilidad y Acción Climática, María Cruz Ferreira Costa.
NPE: A-230324-1441