Adenda de modificación del convenio de colaboración entre la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, a través del Instituto Murciano de Acción Social,-IMAS-, y el Ayuntamiento de Yecla, para la prestación del servicio de desarrollo infantil y atención temprana (Servicio de Atención Temprana) en el municipio de Yecla.

I. Comunidad Autónoma

3. Otras disposiciones

Consejería de Política Social, Familias e Igualdad

3865 Adenda de modificación del convenio de colaboración entre la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, a través del Instituto Murciano de Acción Social, IMAS-, y el Ayuntamiento de Yecla, para la prestación del servicio de desarrollo infantil y atención temprana (Servicio de Atención Temprana) en el municipio de Yecla.

Resolución:

Visto el "Adenda al Convenio de Colaboración suscrito entre la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, a través del Instituto Murciano de Acción Social y el Ayuntamiento de Yecla, para la prestación del servicio de atención temprana en el municipio de Yecla", y teniendo en cuenta que tanto el objeto del Convenio como las obligaciones establecidas en el mismo regulan un marco de colaboración que concierne al interés público de esta Consejería, y a los efectos de lo dispuesto en el artículo 14 del Decreto Regional 56/1996, de 24 de julio, sobre tramitación de los Convenios en el ámbito de la Administración Regional,

Resuelvo:

Publicar en el Boletín Oficial de la Región de Murcia el texto de "Adenda al Convenio de Colaboración suscrito entre la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, a través del Instituto Murciano de Acción Social y el Ayuntamiento de Yecla, para la prestación del servicio de atención temprana en el municipio de Yecla", suscrito por la Consejera de Política Social, Familias e Igualdad de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y por la Alcaldesa del Ayuntamiento de Yecla en fecha 29 de mayo de 2024, y por el Secretario del Ayuntamiento de Yecla, en calidad de Fedatario, en fecha 30 de mayo de 2024.

Murcia, a 11 de julio de 2024. El Secretario General, Leopoldo Olmo Fernández-Delgado.


Adenda de modificación del convenio de colaboración entre la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, a través del Instituto Murciano de Acción Social, IMAS-, y el Ayuntamiento de Yecla, para la prestación del servicio de desarrollo infantil y atención temprana (Servicio de Atención Temprana) en el municipio de Yecla

De una parte, la Excma. Sra. D.ª Concepción Ruiz Caballero, Consejera de Política Social, Familias e Igualdad de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, actuando en nombre y representación de la citada Consejería, por su nombramiento mediante Decreto del Presidente n.º 33/2023, de 14 de septiembre, y en virtud de la competencia que tiene atribuida como tal por los artículos 7.2 y 16.2.a) y ñ) de la Ley 7/2004, de 28 de diciembre, de Organización y Régimen Jurídico de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, y autorizada la celebración de la presente adenda de modificación del convenio de colaboración suscrito en su día, por Acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 23 de mayo de 2024.

De otra, D.ª M.ª Remedios Lajara Dominguez, Alcaldesa del Ayuntamiento de Yecla, en representación de dicha entidad, con N.I.F. P3004300D, en virtud de Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento, de fecha 6 de mayo de 2024, asistida por D. Juan Carlos Gonzálvez Soriano, Secretario de dicha corporación, como fedatario para la formalización de la presente adenda de modificación del convenio de colaboración suscrito en su día, de conformidad con lo dispuesto por el art.3.2.i) del Real Decreto n.º 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el Régimen Jurídico de los funcionarios de la Administración Local con habilitación de carácter nacional.

Manifiestan:

Primero: Que con fecha 26 de diciembre de 2023, se suscribe convenio de colaboración entre la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, a través del Instituto Murciano de Acción Social (IMAS), y el Ayuntamiento de Yecla, a fin de que dicha entidad local preste el servicio de desarrollo infantil y atención temprana (servicio de atención temprana) en el Centro de Desarrollo Infantil y Atención Temprana (CDIAT) sito en Yecla.

De acuerdo con la cláusula primera del convenio, el número de sesiones de atención temprana a convenir será de 27.600, siendo el número máximo anual de sesiones de 6.900.

Segundo: Que en la Cláusula Decimosegunda del citado convenio, relativa a la vigencia, modificación y prórroga, se establece lo siguiente:

"El presente convenio extenderá su vigencia desde 1 de enero de 2024 hasta 31 de diciembre de 2027.

De conformidad con lo dispuesto en el número 2.º del apartado h) del artículo 49 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en cualquier momento antes de la finalización del plazo previsto en el párrafo anterior, los firmantes del convenio podrán acordar unánimemente su prórroga, por un período adicional máximo de 4 años.

Asimismo, a propuesta del IMAS o de la entidad local, y previo acuerdo de las partes, se podrá modificar mediante adenda al presente convenio el número de sesiones conveniadas, cuando se produzca un aumento o disminución en la demanda del servicio, así como los demás términos del presente convenio, por cualquier situación imprevista sobrevenida.

Tanto las prórrogas como las modificaciones estarán supeditadas, en cualquier caso, a la existencia de crédito al efecto en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia en cada uno de los correspondientes ejercicios de vigencia del presente convenio."

Tercero: Que las circunstancias que sirvieron de base para la suscripción del citado convenio han sufrido variaciones, ya que conforme al número de sesiones necesarias para los menores que precisan atención temprana en el municipio, resulta imprescindible incrementar el número de sesiones conveniadas. Por ello, procede volver a valorar el crédito necesario para que la entidad local preste el servicio de centro de desarrollo infantil y atención temprana en el municipio de Yecla.

Cuarto: Por todo lo expuesto, y de conformidad con lo dispuesto en la Ley 7/2004, de 28 de diciembre, de Organización y Régimen Jurídico de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, artículos 5 a 8, y estando las partes conformes con la suscripción de la presente adenda

Acuerdan:

Primero.- La presente adenda tiene por objeto incrementar en 720 el número máximo anual de sesiones establecido en la cláusula primera, de manera que el número máximo anual de sesiones será de 7.620, y en consecuencia, incrementar el número de sesiones de atención temprana a convenir en 2.550 con efectos desde 1 de junio de 2024 (salvo firma posterior) hasta 31 de diciembre de 2027.

Segundo.- En consecuencia, la presente adenda modifica el coste total máximo del convenio, establecido en la Cláusula Octava B), con un incremento máximo de ochenta y cinco mil seiscientos ochenta euros (85.680,00 €), Según el siguiente detalle:

Ejercicio presupuestario/ Nº Sesiones Importe Coste servicio
2024 (de 01/06/2024 a 30/11/2024 ) 325 33,60 € 10.920,00 €
2025 (de 1/12/2024 a 30/11/2025 ) 720 33,60 € 24.192,00 €
2026 (de 1/12/2025 a 30/11/2026 ) 720 33,60 € 24.192,00 €
2027 (de 1/12/2026 a 30/11/2027 ) 720 33,60 € 24.192,00 €
2028 (de 1/12/2027 a 31/12/2027 ) 65 33,60 € 2.184,00 €
TOTAL 2.550   85.680,00 €

La aportación económica que deba efectuar el Instituto Murciano de Acción Social (IMAS), se realizará con cargo a la aplicación presupuestaria 51.02.00 313F.260.10, código de proyecto 51246.

Tercero.- En lo concerniente a las demás cláusulas del convenio, ambas partes convienen en mantenerlas vigentes en todos sus extremos.

Y en señal de plena conformidad se procede a suscribir la presente adenda, por la Consejera de Política Social, Familias e Igualdad de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y por la Alcaldesa del Ayuntamiento de Yecla en fecha 29 de mayo de 2024, y por el Secretario del Ayuntamiento de Yecla, en calidad de Fedatario, en fecha 30 de mayo de 2024.

Por la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, la Consejera de Política Social, Familias e Igualdad, Concepción Ruiz Caballero. Por el Ayuntamiento de Yecla, la Alcaldesa, M.ª Remedios Lajara Domínguez. En calidad de fedatario, el Secretario, Juan Carlos Gonzávez Soriano.

NPE: A-250724-3865


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