Resolución de la Presidenta del Instituto de Industrias Culturales y las Artes de la CARM, por la que se delegan competencias propias en el Director General de dicho ente.
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Consejería de Turismo, Cultura, Juventud y Deportes
Instituto de las Industrias Culturales y las Artes de la Región de Murcia
3850 | Resolución de la Presidenta del Instituto de Industrias Culturales y las Artes de la CARM, por la que se delegan competencias propias en el Director General de dicho ente. |
La Ley 14/2012, de 27 de diciembre, de creación de la entidad pública empresarial Instituto de Industrias Culturales y las Artes (ICA) prevé como fines generales de la entidad la ordenación, planificación, programación, dirección y coordinación de las competencias de la Región de Murcia en materia de promoción cultural para lo cual atribuye, entre otras, las potestades subvencional y convencional que suelen articularse mediante la suscripción de convenios.
En relación con este instrumento jurídico, la mencionada Ley 14/2012, en su art. 50.2.f), y los Estatutos del ente, aprobados por Decreto 17/2014, de 28 de marzo, señalan como competencia de la Presidencia, la suscripción de los convenios autorizados por el Consejo de Administración.
En aras a aportar agilidad y eficacia en la actuación administrativa, se considera necesario establecer un nuevo régimen de delegación de determinadas competencias propias de la Presidencia del ICA en otros órganos de la citada entidad, y más concretamente en la Dirección General.
A la vista de lo anterior, y de acuerdo con lo establecido en el art. 9.5 del Decreto 17/2014, de 28 de marzo, en concordancia con el art. 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, RESUELVO:
Primero: Delegar en el titular de la Dirección General del ICA la competencia prevista en el art. 50.2.f) de la Ley 14/2012, de 27 diciembre, de suscripción de convenios, previamente autorizados, salvo aquellos que tengan contenido económico que supere 60.000 euros.
Segundo: La presente delegación será revocable en cualquier momento; pudiendo la Presidenta del ICA recabar para sí la resolución sobre las actuaciones que considere convenientes en el ámbito de la delegación.
Tercero: Publicar el presente acuerdo en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, en virtud de lo establecido en el art. 9.3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.
Murcia, 15 de julio de 2024. La Presidenta del ICA, Carmen María Conesa Nieto.
NPE: A-250724-3850