Orden de 17 de julio de 2024, de la Consejería de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y Transformación Digital, por la que se modifica la relación de puestos de trabajo de la Administración Pública de la Región de Murcia.

I. Comunidad Autónoma

2. Autoridades y Personal

Consejería de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y Transformación Digital

3737 Orden de 17 de julio de 2024, de la Consejería de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y Transformación Digital, por la que se modifica la relación de puestos de trabajo de la Administración Pública de la Región de Murcia.

El Texto Refundido de la Ley de la Función Pública de la Región de Murcia, aprobado por Decreto Legislativo 1/2001, de 26 de enero, así como la normativa reglamentaria que la desarrolla, en especial, el Decreto 46/1990, de 28 de junio, configuran las relaciones de puestos de trabajo como el instrumento técnico a través del cual se racionaliza y ordena la Función Pública Regional, determinando sus efectivos de acuerdo con las necesidades actuales de los servicios y precisando los requisitos exigidos para el desempeño de cada puesto así como sus características, estableciéndose, asimismo, el carácter público de las mismas.

Mediante el Decreto n.º 243/2023, de 22 de septiembre, se establece los Órganos Directivos de la Consejería de Turismo, Cultura, Juventud y Deportes, haciendo preciso el desarrollo de su estructura orgánica y la definición de las unidades administrativas que han de integrarse en su Secretaría General, asignando las funciones que deben desempeñar cada una para conseguir una mayor racionalización y eficacia en el cumplimiento de las competencias atribuidas a los diferentes órganos directivos de la consejería.

El desarrollo de la estructura orgánica de la Secretaría General de la citada Consejería se ha producción con la publicación del Decreto n.º 86/2024, de 13 de junio, que asigna, bajo los principios de necesidad y eficacia y con el objetivo de dar el mejor cumplimiento de las competencias de la misma, las funciones que tiene asignadas a sus distintas unidades administrativas.

En consecuencia, con el fin de facilitar el desarrollo de los cometidos y competencias atribuidas se ha de dotar a citadas unidades con la creación de los preceptivos puestos en la Relación de Puestos de Trabajo.

Esta modificación de la Relación de Puestos de Trabajo ha sido negociada en Mesa Sectorial de Administración y Servicios en la sesión celebrada el 20 de diciembre de 2023 y, en cumplimiento de lo establecido en el punto 5 del artículo 19 del Texto Refundido de la Ley de la Función Pública de la Región de Murcia, aprobado por Decreto Legislativo 1/2001, de 26 de enero, y en el párrafo segundo del punto 2 del artículo 5 del Decreto 46/1990, de 28 de junio, se ha recabado el correspondiente informe favorable de la Dirección General de Presupuestos y Fondos Europeos.

Por ello, en el ejercicio de la potestad de organización de la Administración Regional, el uso de las facultades conferidas en el artículo 19.5 del Texto Refundido de la Ley de la Función Pública de la Región de Murcia,


Dispongo:

Primero.- Modificar la relación de puestos de trabajo de la Administración Pública de la Región de Murcia en los términos que figuran en el Anexo.

Segundo.- La presente Orden tendrá efectos del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.

Tercero.- Contra la presente Orden se podrá interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el titular de la Consejería de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y Transformación Digital en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, o bien recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Murcia correspondiente en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación.

Murcia, 17 de julio de 2024. El Consejero de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y Transformación Digital, Luis Alberto Marín González.

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