Orden de 27 de junio de 2024 sobre la ejecución de la sentencia n.º 27/2024 de 1 de febrero de 2024, dictada por la Sala 1 de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Murcia dictada en el recurso contencioso-administrativo n.º 20/2021 seguido a instancia de don Fulgencio Huertas Moreno.

I. Comunidad Autónoma

2. Autoridades y Personal

Consejería de Educación, Formación Profesional y Empleo

3709 Orden de 27 de junio de 2024 sobre la ejecución de la sentencia n.º 27/2024 de 1 de febrero de 2024, dictada por la Sala 1 de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Murcia dictada en el recurso contencioso-administrativo n.º 20/2021 seguido a instancia de don Fulgencio Huertas Moreno.

Primero.- Por Orden de la Consejería de Educación, Juventud y Deportes de 12 de febrero de 2019, se establecieron las bases reguladoras de los procedimientos selectivos para el ingreso, acceso y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos de funcionarios docentes no universitarios a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, excepto en los cuerpos de Catedráticos y en el Cuerpo de Inspectores de Educación.

Por Orden de 15 de febrero de 2019 se convocaron los procedimientos de ingreso en el Cuerpo de Maestros.

Por Orden de 31 de julio de 2019, de la Consejería de Educación, Juventud y Deportes, publicada el mismo día, se declaran aprobadas las listas de aspirantes seleccionados de los procesos selectivos convocados por dicha Orden de 15 de febrero de 2019.

Contra dicho acto D. Fulgencio Huertas Moreno interpuso contra la referida orden recurso contencioso-administrativo.

Por Orden de 10 de septiembre de 2020 de la Consejería de Educación y Cultura se desestima el recurso interpuesto contra la referida orden de fecha 31 de julio de 2019, contra la presente orden que agota la vía administrativa interpone recurso contencioso-administrativo.

Segundo.- Por sentencia n.º 27/2024 de 1 de febrero de 2024, dictada por la Sala 1 de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Murcia, en el procedimiento ordinario 20/2021, se estima el recurso contencioso administrativo interpuesto por D. Fulgencio Huertas Moreno contra la Orden de la Consejería de Educación y Cultura de 10 de septiembre de 2020, por la que se desestima el recurso de reposición interpuesto frente a la Orden de 31 de julio de 2019 para ingreso en el Cuerpo de Maestros, cuyo fallo es el siguiente tenor literal:

"Estimar el recurso contencioso-administrativo n.º 20/21 interpuesto por la representación procesal de D. Fulgencio Huertas Moreno contra la Orden de la Consejería de Educación y Cultura de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia de 10 de septiembre de 2020 por la que se desestima el recurso interpuesto contra la orden de fecha 31 de julio de 2019 por la que se declaran aprobadas las listas de aspirantes seleccionados de los procedimientos selectivos convocados por orden de 15 de febrero de 2019, por no ser dichos actos conformes a derecho. Reconociendo el derecho del actor a que se le otorgue 1 punto por el Máster de Formación del Profesorado, lo que supone la obtención de 4,5 puntos en la fase de concurso y 6,7852 puntos en la puntuación final.

Se condena a la Administración demandada a realizar las actuaciones oportunas para dar efectividad a dicho pronunciamiento, retrotrayendo las actuaciones al momento oportuno para el cómputo de dicho mérito, con todos los efectos económicos y administrativos a que hubiera lugar, inclusive, la adjudicación del destino que fuere procedente conforme a la nueva puntuación, sin costas.".

Mediante Decreto de 23 de abril de 2024 se declara la firmeza de la referida sentencia.

De conformidad con lo establecido en los artículos 103 y 104 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa,


Dispongo:

Primero.- Ejecutar en sus propios términos la sentencia n.º 27/2024, de 1 de febrero de 2024, emitida por la Sala 1 de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Murcia.

Segundo.- Llevar a puro y debido efecto, por parte de la Dirección General de Recursos Humanos, Planificación Educativa e Innovación el cumplimiento de las declaraciones contenidas en la sentencia n.º 27/2024 de 1 de febrero de 2024.

Tercero.- Una vez realizadas las actuaciones precedentes, la Dirección General de Recursos Humanos, Planificación Educativa e Innovación deberá remitirlas a la Sala 1 de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Murcia.

Murcia, 27 de junio de 2024. El Consejero de Educación, Formación Profesional y Empleo, Víctor Javier Marín Navarro.

NPE: A-180724-3709


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