Acuerdos adoptados relativos a la nueva organización de la Corporación del Excmo. Ayuntamiento de San Pedro del Pinatar.

IV. Administración Local

San Pedro del Pinatar

3705 Acuerdos adoptados relativos a la nueva organización de la Corporación del Excmo. Ayuntamiento de San Pedro del Pinatar.

Como consecuencia del nombramiento como alcalde de D. Pedro Javier Sánchez Aznar, por el pleno de la Corporación fecha 18 de abril de 2024, y de los acuerdos adoptados por los órganos que respectivamente se indican, sobre la organización política de la Corporación de San Pedro del Pinatar, y en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 43 a 53 del ROF, se procede a dar publicidad a las siguientes delegaciones y nombramientos efectuados:

Sesión plenaria extraordinaria celebrada el día 23/05/24:

Aprobación y designación de los cargos con régimen de dedicación exclusiva y parcial e indemnizaciones por asistencia a órganos colegiados (Exp. 2024/3312T)

.....

Modificar el acuerdo adoptado por el Pleno del Ayuntamiento en sesión ordinaria celebrada el 10 de julio de 2023, quedando como se indica a continuación:

A) relación de ediles con dedicación exclusiva:

CANTIDAD CARGO RETRIBUCIONES BRUTAS MENSUALES TOTAL ANUAL (14 PAGAS)
3 Teniente de Alcalde y Concejal con Delegación Especial 2.600,00 € 36.400,00 €
1 Concejal con Delegación Especial 2.600,00 € 36.400,00 €

Estas asignaciones se ajustan a la nueva regulación mediante la Ley 27/2013 de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local, según lo establecido en el art. 75 Bis, LRBRL.

B) relación de ediles con dedicación parcial al setenta y cinco por ciento con competencias de gobierno:

CANTIDAD CARGO PORCENTAJE RETRIBUCIONES BRUTAS MENSUALES TOTAL ANUAL
(14 PAGAS)
1 Alcalde 75% 2.775,00 € 38.850,00 €
1 Teniente de Alcalde y Concejal con Delegación Especial 75% 1.900,00 € 26.600,00 €
1 Concejal con Delegación Especial 75% 1.900,00 € 26.600,00 €

C) asistencias por concurrencia efectiva a órganos colegiados, el resto de los ediles:

• PP: Valentín Henarejos Pérez (Portavoz) María del Carmen Egea Villaescusa,

• VOX: Antonio Martínez Aniorte (Portavoz), Miriam Pérez Triviño, David Jesús Sáez Tárraga, Ismael Pérez Jiménez, Dolores Martínez Navarrete,

• PSOE: José Lorenzo Martínez Ferrer (Portavoz), Cristina Martínez Sánchez, José Antonio Pérez Rubio, Rosario Tárraga López,

• AISP: Sebastián Mateo Hernández, Borja Pérez Paz (Portavoz) y Noelia María Cano Pardo.

Decreto n.º 2024000409 de fecha 19/04/2024 sobre nombramiento de Personal Eventual (EXP. 2024/2790F)

Primero.- Nombrar Asesor-Colaborador con un régimen de dedicación de jornada completa y unas retribuciones de 1.700 € brutos al mes, en 14 pagas al año, que se actualizarán anualmente conforme la subida que la Ley de Presupuestos Generales fije en relación a las retribuciones del personal al servicio de la Administración Local, debiendo darles de alta en el Régimen General de la Seguridad Social, a:

- D. Josechu Ortega Victoria, personal eventual adscrito a la Alcaldía, para desempeñar las siguientes funciones:

• Asesoramiento en la planificación estratégica de las políticas y proyectos del Ayuntamiento de San Pedro del Pinatar.

• Colaboración en la organización y coordinación de actividades y eventos políticos.

• Desarrollo de estrategias políticas para promover los intereses y objetivos de la entidad local.

- Dña. Carmen José Escudero Martínez, como personal eventual adscrito a la Alcaldía, para desempeñar las siguientes funciones:

• Asesoramiento y gestión en la organización de eventos institucionales y protocolo municipal.

• Coordinación de actos protocolarios y recepciones oficiales.

• Elaboración de planes y estrategias para mejorar la organización interna del Ayuntamiento en cuanto a protocolo y eventos.

[...]

Decreto n.º 2024000410 de fecha 19/04/2024 sobre delegaciones a las Concejalías (Exp. 2024/2795N)

[...]

Segundo.- Nombramiento de Concejales Delegados:

- D. Valentín Henarejos Pérez: Portavoz del gobierno y Concejal de Urbanismo, Disciplina, Accesibilidad, Salud, Juventud, Innovación y Digitalización y Medios de Comunicación.

- D.ª María del Carmen Egea Villaescusa, Concejal de Servicios Públicos Municipales, Servicios Industriales, Mantenimiento Urbano, Barrios y Pedanías, y Contratos Urbanos (Limpieza viaria y recogida de residuos).

- D. Mariano Alcaraz Jiménez, Concejal de Policía Local, Protección Civil y Emergencias, Empleo, Desarrollo Local, Mercados, Feria y Movilidad.

- D. Pedro Antonio Vivancos Ferrer, Portavoz suplente del gobierno y Concejal de Hacienda, Contratación, Patrimonio, y Deportes.

- Dª Carmen María López Rodríguez, Concejal de Cultura, Programación cultural, Museos, Biblioteca, Bienestar Social, Familia Mujer e Igualdad.

- D. Javier Castejón Martínez, Concejal de Turismo, Parque Regional, Medio Ambiente, Festejos, Agricultura, Pesca, Protección y Sanidad Animal.

- D.ª María José Escudero Carrasco, Concejal de Régimen Interior, Personal, Consumo, Atención al Ciudadano, Estadística y Cementerio.

- Dª María Dolores Nieto Vera, Concejal de Educación, Universidad Popular, Comercio, Participación Ciudadana, Transparencia, Proyectos Europeos y Voluntariado.

Tercero.- Régimen de competencias delegadas

Corresponderá a los Concejales Delegados en el ámbito de las materias propias de su concejalía las facultades de dirección, organización interna y gestión de los servicios correspondientes y, en concreto, las siguientes facultades:

• La iniciación de expedientes.

• Realización de actos de trámite.

• Los oficios de remisión de documentos y de exposiciones en el tablón de anuncios.

• Firma de certificaciones.

Queda excluida la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros.

Los concejales delegados quedan obligados a informar a esta Alcaldía en los términos previstos en el artículo 115 ROF:

a) Dar información detallada de la gestión de la competencia delegada y de los actos o disposiciones emanados en virtud de la delegación.

b) Informar a Alcaldía previamente a la adopción de decisiones de trascendencia.

c) Los actos dictados por el órgano delegado en el ejercicio de las atribuciones delegadas se entienden dictados por el órgano delegante, correspondiendo, en consecuencia, a éste la resolución de los recursos de reposición que puedan interponerse, salvo que en el Decreto o acuerdo de delegación expresamente se confiera la resolución de los recursos de reposición contra los actos dictados por el órgano delegado.

Los concejales ejercerán las facultades previstas en el presente decreto salvo las que esta Alcaldía avoque en cualquier momento o se reserve en decretos posteriores.

Cuarto.- Competencia específicas por razón de la materia

Concejal de Urbanismo, Disciplina, Accesibilidad, Salud, Juventud, Innovación y Digitalización y Medios de Comunicación, la firma de:

• Cédulas de urbanismo.

• Licencias de primera o segunda ocupación.

• Certificados de antigüedad, a efectos de declaración de obra nueva de edificaciones sin licencia.

• Certificados de inexistencia de expediente de infracción urbanística que impliquen la demolición, a efectos de declaración de obra nueva de edificaciones sin licencia.

• Autorización de ocupación de vía pública con materiales de construcción, escombro, casetas, etc.

Concejal de Servicios Públicos Municipales, Servicios Industriales, Mantenimiento Urbano, Barrios y Pedanías, y Contratos Urbanos (Limpieza viaria y recogida de residuos), la firma de:

• Registros de instalaciones eléctricas.

Concejal de Policía Local, Protección Civil y Emergencias, Empleo, Desarrollo Local, Mercados, Feria y Movilidad, la firma de:

• Las autorizaciones de cortes de calles y señalización en vía pública.

Concejal de Hacienda, Contratación, Patrimonio, Empleo y Desarrollo Local y Deportes, la firma de:

• Documentación de vehículos.

• Resoluciones de contratos menores

Concejal de Régimen Interior, Personal, Consumo, Atención al Ciudadano, Estadística y Cementerio, la firma de:

• Contratos laborales.

Quinto.- Delegación de firma

En virtud de lo dispuesto en el artículo 12 LRJSP, se delega la firma de las resoluciones y actos administrativos de Alcaldía en los casos de ausencias temporales derivadas de la asistencia a reuniones, períodos de descanso, vacaciones o circunstancias similares, en los siguientes concejales y en el siguiente orden:

1. D. Valentín Henarejos Pérez

2. D. Pedro Antonio Vivancos Ferrer

La delegación de firma no alterará la competencia del órgano delegante y para su validez no será necesaria su publicación.

En las resoluciones y actos que se firmen por delegación se hará constar esta circunstancia y la autoridad de procedencia.

[...]

Decreto n.º 2024000411 de 19/04/2024 sobre nombramientos TTE. Alcaldes, miembros, fijación de las sesiones ordinarias y delegación de atribuciones en la Junta de Gobierno Local (Exp. 2024/2796J)

[...]

Primero.- Nombrar miembros de la Junta de Gobierno Local y Tenientes de Alcalde, del Excmo. Ayuntamiento de San Pedro del Pinatar a los siguientes Sres. Concejales:

- Primer Teniente de Alcalde: Sr. Concejal D. Valentín Henarejos Pérez

- Segundo Teniente de Alcalde: Sra. Concejal Dª. M.ª Carmen Egea Villaescusa

- Tercer Teniente de Alcalde: Sr. Concejal D. Mariano Alcaraz Jiménez

- Cuarto Teniente de Alcalde: Sr. Concejal D. Pedro Antonio Vivancos Ferrer

- Quinto Teniente de Alcalde: Sra. Concejal Dª Carmen M.ª López Rodríguez

- Sexto Teniente de Alcalde: Sr. Concejal D. Javier Castejón Martínez

Segundo.- Corresponderá a los nombrados sustituir, por su orden de nombramiento a esta Alcaldía en el ejercicio de sus atribuciones en los supuestos legalmente previstos.

[...]

San Pedro del Pinatar, 28 de junio de 2024. El Alcalde-Presidente, Pedro Javier Sánchez Aznar.

NPE: A-170724-3705


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