Aprobación definitiva de la modificación de plantilla 2024 y RPT.

IV. Administración Local

Águilas

3570 Aprobación definitiva de la modificación de plantilla 2024 y RPT.

Transcurrido el plazo de alegaciones a la modificación de la Plantilla Orgánica de este Ayuntamiento para el ejercicio 2024 y Relación de Puestos de Trabajo, sin que conste alegación alguna, de conformidad con lo dispuesto en el acuerdo plenario de aprobación inicial, ha quedado aprobado el expediente definitivamente de manera automática, en los siguientes términos:

"A) TRANSFORMACIONES DE PLAZAS:

1.- TRANSFORMACIÓN DE LA PLAZA DE BIBLIOTECARIO Y ANIMADOR SOCIOCULTURAL A UNA PLAZA DE TÉCNICO MEDIO DE GESTIÓN CULTURAL.

Con el fin de poder cubrir las necesidades actuales y futuras de personal en la gestión cultural del municipio, se propone transformar la plaza de Bibliotecario y Animador Sociocultural (Grupo A2, Escala Admón. Especial, Subescala Técnica, Clase Media) a una plaza de Técnico Medio de Gestión Cultural (Grupo A2, Escala Admón. Especial, Subescala Técnica, Clase Media).

Los técnicos de gestión cultural desempeñan un papel fundamental en el enriquecimiento y la promoción de la vida cultural en los municipios, contribuyendo al desarrollo social y al bienestar de la población.

Descripción del nuevo puesto de trabajo de Técnico Medio de Gestión Cultural:

Puesto de trabajo: Técnico Medio de Gestión Cultural.

Carácter: Funcionario.

Escala/Clase/Categoría: Administración Especial, Técnico, Clase Media.

Grupo/subgrupo: A2.

Forma de provisión: Oposición.

Nivel complemento destino: 25.

Complemento específico anual: 9.808,20 €.

Descripción general del puesto de Técnico Medio de Gestión Cultural:

- Planificación Cultural: Participar en la elaboración de planes y programas culturales para el Ayuntamiento. Colaborar en la definición de objetivos estratégicos en el ámbito cultural.

- Coordinación de Eventos: Organizar y coordinar actividades culturales, como obras teatrales, conciertos, exposiciones, festivales, conferencias, talleres, entre otros. Gestionar la logística y la promoción de eventos culturales.

- Gestión de Espacios Culturales: Administrar y supervisar el uso de espacios culturales municipales, como Casa de la Cultura 'Francisco Rabal', salas de exposiciones, bibliotecas, centros culturales y/o centros de interpretación, etc. Coordinar la programación de actividades en estos espacios.

- Promoción Cultural: Desarrollar estrategias de promoción y difusión de la cultura local. Establecer colaboraciones con instituciones culturales, artistas y colectivos para enriquecer la oferta cultural del municipio.

- Gestión de Recursos y Presupuesto: Elaborar y gestionar presupuestos para actividades y proyectos culturales. Buscar colaboraciones con y sin financiación para programas culturales.

- Difusión y Comunicación: Informar sobre las actividades culturales del Ayuntamiento a través de medios de comunicación y redes sociales. Elaborar material promocional y comunicativo.

- Colaboración Interinstitucional: Coordinar proyectos culturales con otras áreas del Ayuntamiento y con entidades externas, como asociaciones culturales, escuelas, universidades, etc.

- Gestión Documental: Administrar la documentación relacionada con actividades culturales, como contratos, convenios, informes, entre otros.

- Investigación y Desarrollo Cultural: Realizar investigaciones sobre la cultura local e identificar oportunidades para el desarrollo cultural del municipio.

- Asesoramiento y Apoyo: Brindar asesoramiento y apoyo técnico a artistas, gestores culturales y asociaciones en temas relacionados con la gestión cultural.

Estas funciones pueden adaptarse y ampliarse dependiendo de los recursos disponibles y las prioridades establecidas por el Ayuntamiento.

2.- TRANSFORMACIÓN DE LA PLAZA DE ENCARGADO DE OFICINA DE INFORMACIÓN DE LA SEGURIDAD SOCIAL A UNA PLAZA DE TRABAJADOR SOCIAL.

Con el fin de poder cubrir las necesidades actuales y futuras de personal dentro de las competencias de política social, es por lo que se hace imprescindible transformar la plaza de Encargado de la Oficina de Información de la Seguridad Social (Grupo C1, Escala Admón. Especial, Subescala Servicios Especiales) a una Plaza de Trabajador/a Social (Grupo A2, Escala Admón. Especial, Subescala Técnica, Clase Media).

Descripción general del puesto de trabajo de Trabajador Social: Puesto definido según acuerdo de Pleno de fecha 25 de septiembre de 2018 de modificación parcial de la Relación de Puestos de Trabajo sobre los Servicios Sociales (expte.: 6536/2018).

3.- TRANSFORMACIÓN Y MODIFICACIÓN DE LA PLAZA Y PUESTO DE TRABAJO DE SUBINSPECTOR DE LA POLICÍA LOCAL DE LA RELACIÓN DE PUESTOS DE TRABAJO.

En cumplimiento de la nueva Ley de Coordinación de las Policías Locales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, se propone la transformación de la plaza de Subinspector, Grupo C1, a plaza de Subinspector, Grupo B, y su modificación del puesto de trabajo de Subinspector de Policía Local de la Relación de Puestos de Trabajo del Ayuntamiento de Águilas, para adecuarlo a los requisitos y funciones establecidos en dicha normativa, con el fin de fortalecer y mejorar la eficacia de las labores de seguridad ciudadana en nuestro municipio.

Actualmente, las funciones de los subinspectores están definidas en el Plan Estratégico de la Policía Local de Águilas, con la antigua denominación de "cabos", aprobado por el Pleno municipal con fecha 14 de diciembre de 2017.

- Supervisarán y realizarán, en su caso, las actuaciones de la Policía Local que en cada momento o turno les sean asignadas, o cumplimentarán los servicios específicos asignados, de acuerdo con la legislación, reglamentos, ordenanzas municipales, instrucciones y órdenes recibidas y su iniciativa personal, según el caso que se presente, con el fin de realizar tareas de información, prevención, conservación e intervención en materia de seguridad ciudadana, tráfico, policía administrativa y custodia de bienes municipales, etc.

- Supervisarán los servicios encomendados por el personal a su cargo, siendo responsables ante sus superiores jerárquicos de la correcta realización de éstos; así como velarán que éstos hagan una utilización adecuada del material que les haya sido asignado.

- Colaborarán con el personal a sus órdenes en la realización de las funciones estipuladas, asumiendo en las actuaciones en conjunto el puesto de mayor responsabilidad.

- Darán cuenta al Sargento de los servicios meritorios que realiza el personal a sus órdenes, así como de las irregularidades que se pudieran cometer.

- Auxiliarán en sus funciones al Sargento.

- Se responsabilizarán de las actividades que ordenan al personal que a cada momento está bajo su mando.

- Instruyen y cumplimentan las diligencias oportunas en los casos de accidente, multas, incidentes, etc.

- Realizan los partes y trabajo correspondientes a su servicio.

- Asumen, si es necesario, las funciones del Sargento en sus ausencias.

- Reciben las novedades de los servicios de los policías, comunicándolo a su superior.

- Asignan los vehículos al personal a su cargo.

- Pueden realizar operaciones de similar nivel y complejidad pertenecientes a otras especialidades, tras un período de aprendizaje y/o adaptación adecuada.

- Realizan además todas aquellas tareas análogas que les sean asignadas por su superior, relacionadas con las misiones propias del puesto, así como las fijadas por la Ley de Coordinación de las Policías Locales de la Región de Murcia y la Ley de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.

Actualmente, la Plantilla Orgánica de la Policía Local está integrada por siete subinspectores, y además están identificadas dos plazas vacantes para promoción interna de Subinspector, Grupo de clasificación profesional B, Escala Administración Especial, subescala Servicios Especiales, Clase Policía Local; siendo el sistema de selección el de concurso-oposición.

Además de las funciones definidas anteriormente, se propone la siguiente descripción del puesto de Subinspector, atendiendo a lo dispuesto en la Ley 6/2019, de 4 de abril, de Coordinación de las Policías Locales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia:

- Denominación del Puesto: Subinspector de Policía Local.

- Grupo de clasificación profesional: B.

- Categoría: Escala: Administración Especial, Subescala: Servicios Especiales, Clase: Policía Local.

? Funciones:

1. Coordinar y supervisar las actividades operativas del personal a su cargo, asegurando el cumplimiento de la normativa vigente y los protocolos establecidos por la Jefatura, y según las directrices de la Concejalía delegada de Seguridad Ciudadana; así como los procedimientos establecidos en la nueva Ley de Coordinación de las Policías Locales de la Región de Murcia.

2. Participar en la planificación y ejecución de operativos de seguridad con objeto de la prevención de la comisión del delito; actuando también en coordinación con otras Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, si así se requiere.

3. Realizar labores de investigación y seguimiento en casos de delitos o infracciones graves, colaborando con otros organismos, como la Fiscalía y el Poder Judicial.

4. Actuar como enlace entre los agentes del Cuerpo de la Policía Local y otros organismos e instituciones, tanto a nivel local como regional, en materia de seguridad ciudadana.

5. Impulsar la formación continua del personal a su cargo, en concordancia con los requerimientos establecidos en la nueva legislación regional.

En el grupo B de subinspectores, el sueldo está integrado por toda una serie de conceptos retributivos que se clasifican en retribuciones básicas y complementarias.

Siendo fijadas las retribuciones básicas anualmente por las Leyes de Presupuestos del Estado, estableciéndose actualmente el salario base mensual de 983,27 €, según la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, y que incluye el incremento del 2,5% + 0,5% IPCA + 0,5% PIB. Las retribuciones complementarias de aquellos empleados públicos que acreditan la titulación requerida, según la referida Ley 6/2019, de 4 de abril, son las siguientes:

Complemento destino: nivel 23: 640,94 €/mes, y complemento específico: 1.134,70 €/mes.


Estableciéndose las retribuciones anuales según se detalla a continuación:


Plaza: Subinspectores, Grupo: B:

• Salario base total anual: 13.498,92 €.

• Complemento destino, nivel 23: 8.973,16 €*.

• Complemento específico: 15.885,80 €*.

(*) Incluye 14 percepciones.


Aquellos subinspectores que no acreditan la titulación requerida según la Ley 6/2019, de 4 de abril, de Coordinación de las Policías Locales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia quedarán como Subinspectores, Grupo C1, plaza a extinguir, siendo sus retribuciones las siguientes:


• Salario base mensual de 844,57 €.

• Complemento destino, nivel 22: 598,04 €/mes.

• Complemento específico: 1.134,70 €/mes.


Estableciéndose las retribuciones anuales según se detalla a continuación:

Plaza: Subinspectores, Grupo: C1:

• Salario base total anual: 11.594,76 €.

• Complemento destino, nivel 22: 8.372,56 €*.

• Complemento específico: 15.885,80 €*.

(*) Incluye 14 percepciones.


B) CREACIÓN DE NUEVAS PLAZAS:

UNA PLAZA DE AUXILIAR ADMINISTRATIVO DE PERSONAL EVENTUAL.

Creación de una plaza de Auxiliar Administrativo de Personal Eventual (grupo de clasificación C2). Actualmente, existen tres plazas de Auxiliar Administrativo de Personal Eventual; pasarían a cuatro."

En Águilas, 27 de junio de 2024. La Alcaldesa, M.ª del Carmen Moreno Pérez.

NPE: A-110724-3570


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