Resolución del Rector de la Universidad de Murcia R-849/2024 de fecha 4 de julio de 2024, por la que se convoca concurso público para la provisión de plazas de Profesorado Ayudante Doctor.

I. Comunidad Autónoma

2. Autoridades y Personal

Consejería de Medio Ambiente, Universidades, Investigación y Mar Menor

Universidad de Murcia

3504 Resolución del Rector de la Universidad de Murcia R-849/2024 de fecha 4 de julio de 2024, por la que se convoca concurso público para la provisión de plazas de Profesorado Ayudante Doctor.

La Universidad de Murcia convoca concursos públicos para la provisión de las plazas de profesorado ayudante doctor que se detallan en el Anexo I que se adjunta a la presente resolución y que se desarrollarán de acuerdo con las siguientes BASES:

1.- Normas generales

Los concursos se regirán por lo dispuesto en las siguientes disposiciones: Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario; Estatutos de la Universidad de Murcia, aprobados por Decreto 85/2004, de 27 de agosto, del Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia; II Convenio Colectivo del Personal Docente e Investigador Contratado Laboral de las Universidades Públicas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia; Reglamento regulador de los procesos selectivos para el acceso a plazas de profesorado Ayudante Doctor y de profesorado Asociado de la Universidad de Murcia (BORM n.º 82/2024, de 10 de abril); resolución del Secretario General de la Universidad de Murcia por la que se dictan instrucciones sobre tramitación electrónica de convocatorias de plazas de personal, de 8 de septiembre de 2017

(https://sede.um.es/sede/documento/normativa/resolucion-sg-25-2017-por-la-que-se-dictan-instrucciones-sobre-tramitacion-electronica-de-convocatorias-de-plazas-de/16199.pdf), y, en lo no previsto en las señaladas disposiciones, por la restante normativa aplicable.

El Reglamento regulador de los procesos selectivos para el acceso a plazas de profesorado Ayudante Doctor y de profesorado Asociado de la Universidad de Murcia rige la presente convocatoria con el concepto de bases generales, habiéndose de estar a su contenido en todo lo que no se halle expresa y específicamente previsto en esta resolución.

El Reglamento regulador de los procesos selectivos para el acceso a plazas de profesorado Ayudante Doctor y de profesorado Asociado de la Universidad de Murcia puede ser consultado en cualquiera de las siguientes URL:

https://sede.um.es/sede/documento/normativa/reglamento-regulador-de-los-procesos-selectivos-para-el-acceso-a-plazas-de-profesorado-ayudante-doctor-y-de-profesorado/22239.pdf

https://www.borm.es/services/anuncio/ano/2024/numero/1689/pdf?id=825970

Con carácter general, cada uno de los concursos convocados se tramitará de forma autónoma.

La presente convocatoria tendrá en cuenta el principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres por lo que se refiere al acceso al empleo público, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española; el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre; la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, y el II Plan de Igualdad entre Mujeres y Hombres de la Universidad de Murcia, de 16 de julio de 2021.

2.- Requisitos de admisibilidad

2.1.- Para su admisión al proceso selectivo correspondiente a plazas de profesorado ayudante doctor, las personas interesadas han de reunir los requisitos generales establecidos en los artículos 56 y 57 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público y, en su caso, los específicos que sean procedentes con arreglo al artículo 56.3 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. Estos últimos, de concurrir, se hallarán detallados en el anexo de la plaza a la que conciernan y fundamentados en el expediente administrativo que podrá ser consultado por las personas interesadas y a su instancia.

El desarrollo de los requisitos generales de admisibilidad se encuentra precisado en el artículo 7 del Reglamento regulador de los procesos selectivos para el acceso a plazas de profesorado Ayudante Doctor y de profesorado Asociado de la Universidad de Murcia.

Los requisitos adicionales de admisibilidad para plazas de profesorado ayudante doctor son los detallados en el artículo 8 del Reglamento regulador de los procesos selectivos para el acceso a plazas de profesorado Ayudante Doctor y de profesorado Asociado de la Universidad de Murcia.

2.2.- Requisito específico de admisibilidad.

De conformidad con lo establecido en el artículo 56.3 de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, y en atención a las necesidades académicas para las que se prevé concertar los contratos, las plazas de la presente convocatoria que cuentan con un requisito específico de admisibilidad, se detallan en el anexo I.

2.3.- La concurrencia de los requisitos de admisibilidad se sujeta a lo establecido en el artículo 7.3 del Reglamento regulador de los procesos selectivos para el acceso a plazas de profesorado Ayudante Doctor y de profesorado Asociado de la Universidad de Murcia.

3.- Presentación telemática de solicitudes y currículos

3.1.- El plazo para la presentación de solicitudes será de quince días hábiles y computará desde el día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.

Para presentar la solicitud de participación en un proceso selectivo procede atender a las previsiones del artículo 10 del Reglamento regulador de los procesos selectivos para el acceso a plazas de profesorado Ayudante Doctor y de profesorado Asociado de la Universidad de Murcia, que comporta, entre otras, las siguientes previsiones:

a) Las personas interesadas deben cumplimentar el formulario web de la solicitud establecido específicamente para la plaza correspondiente, disponible en la aplicación de la Universidad de Murcia «CONVOCUM PDI», accesible en la URL https://convocum.um.es/.

b) Al acceder a la aplicación del PDI, apartado «convocatorias vigentes», se mostrará un panel informativo con las instrucciones, en el que se indica, paso a paso, cómo se debe cumplimentar y presentar la solicitud.

c) Una vez cumplimentado el formulario se habrá de proceder a la validación de los datos incorporados y a la firma electrónica de la solicitud mediante la pasarela de firma de la Universidad de Murcia, utilizando para ello cualquiera de los distintos medios disponibles al efecto: certificado electrónico, cuenta UM u otros habilitados.

3.2.- Documentación acreditativa de los requisitos de admisión:

De conformidad con lo establecido en el artículo 7 del Reglamento regulador de los procesos selectivos para el acceso a plazas de profesorado Ayudante Doctor y de profesorado Asociado de la Universidad de Murcia, en el momento de realizar la solicitud no será preciso aportar documentación justificativa de los requisitos de admisibilidad, que será sustituida por documento suscrito por la persona aspirante en cuya virtud declare bajo su responsabilidad que reúne los requisitos generales y, en su caso, los específicos que, por razón de la naturaleza de la plaza o de lo previsto en el apartado 2 del artículo 6 del Reglamento regulador de los procesos selectivos para el acceso a plazas de profesorado Ayudante Doctor y de profesorado Asociado de la Universidad de Murcia, se establezcan en la convocatoria para la admisión al proceso selectivo, que dispone de la documentación acreditativa de tales requisitos y que se compromete a efectuar su aportación, a requerimiento de la Universidad de Murcia, en cualquier momento durante la tramitación del proceso selectivo y, al término de este, en el supuesto de resultar adjudicataria de la plaza.

Se exceptúa el requisito consistente en tener un adecuado conocimiento del idioma castellano, cuando sea procedente por razón de la nacionalidad de la persona aspirante, en cuyo supuesto se atenderá a lo establecido en los artículos 7.2 y 12.f del Reglamento regulador de los procesos selectivos para el acceso a plazas de profesorado Ayudante Doctor y de profesorado Asociado de la Universidad de Murcia.

No obstante lo señalado en los anteriores apartados de esta base, la aplicación informática le ofrecerá la posibilidad de agregar la documentación justificativa. En el presente concurso, de acuerdo con el artículo 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se entiende otorgado su consentimiento a favor de la Universidad de Murcia para que esta proceda a la obtención de los datos correspondientes al DNI y títulos oficiales universitarios que obren en poder de otras entidades públicas, salvo oposición expresa manifestada en la solicitud de participación, siendo necesario entonces agregarlos a esta.

La documentación acreditativa que puede ser potestativamente aportada al formular la solicitud se halla precisada en el artículo 12 del Reglamento regulador de los procesos selectivos para el acceso a plazas de profesorado Ayudante Doctor y de profesorado Asociado de la Universidad de Murcia.

3.3.- Documentación acreditativa de los méritos alegados.

Siendo procedente la aplicación del artículo 13 del Reglamento regulador de los procesos selectivos para el acceso a plazas de profesorado Ayudante Doctor y de profesorado Asociado de la Universidad de Murcia, los méritos evaluables que las personas aspirantes aleguen en su solicitud deberán acreditarse documentalmente, mediante la aportación de la documentación pertinente, con arreglo a las siguientes condiciones:

a) Se presentarán necesariamente a través de la página Web, aplicación CONVOCUM. No se admitirán los presentados por otros medios.

b) Se presentarán necesariamente en formato PDF.

c) Deberán ir acompañados de la correspondiente traducción jurada, cuando estén redactados en idioma diferente al castellano.

En su caso, procede acompañar a la solicitud de participación, dentro del currículum, certificación de la evaluación positiva por la ANECA para profesorado ayudante doctor o figura equivalente en la normativa autonómica, dado que se considera mérito preferente durante los cuatro años posteriores a la aprobación de la Ley Orgánica del Sistema Universitario (disposición transitoria tercera, apartado 1, de la LOSU), a efectos del acceso a la figura de profesorado ayudante doctor.

4.- Derechos de participación

Es aplicable el artículo 11 del Reglamento regulador de los procesos selectivos para el acceso a plazas de profesorado Ayudante Doctor y de profesorado Asociado de la Universidad de Murcia, con las siguientes precisiones adicionales:

La tasa por derechos de participación para cada una de las plazas a las que se concurse distingue las siguientes categorías:

Tasa General: 23,34 euros.

Tasa Carné de Paro: 11,67 euros.

Tasa Carné Joven: 18,67 euros.

La liquidación de tasas y su abono se realizarán a través de la aplicación de la Universidad de Murcia «CONVOCUM PDI», accesible en la URL https://convocum.um.es/, por medio de cualquiera de las siguientes formas:

a) Banca electrónica con cargo a cuenta en una de las siguientes entidades bancarias:

- Banco Sabadell

- CaixaBank

- Cajamar.

- Banco Santander.

b) Tarjeta bancaria o bizum.

c) Tpv virtual (Tarjeta de crédito).

d) En los cajeros de las indicadas entidades.

e) Pago en ventanilla a través de alguna de las entidades indicadas, previa presentación del recibo unificado que se obtendrá desde la aplicación.

5.- Resolución de incidencias técnicas y atención de consultas

A efectos de incidencias técnicas informáticas podrán ponerse en contacto en el teléfono 868 88 4222 y, para consultas en relación con la convocatoria y presentación de solicitudes, en los teléfonos 868 88 3608 3584.

6.- Admisión de aspirantes

Son aplicables a la admisión de aspirantes las previsiones del artículo 15 del Reglamento regulador de los procesos selectivos para el acceso a plazas de profesorado Ayudante Doctor y de profesorado Asociado de la Universidad de Murcia.

Con la publicación de la relación provisional de personas admitidas y excluidas, se hará público y anunciará, asimismo, el lugar, fecha, hora y particulares de la prueba de acreditación de destrezas integradas prevista en el anexo I, así como la composición de la comisión que realizará y evaluará dicha prueba.

7.- Comisiones de Selección

Las comisiones de selección se han de regir por lo establecido en el capítulo IV (artículos 16 a 22) del Reglamento regulador de los procesos selectivos para el acceso a plazas de profesorado Ayudante Doctor y de profesorado Asociado de la Universidad de Murcia.

Cada comisión de selección se hallará integrada por las personas que, respectivamente, figuran en anexo II de esta convocatoria.

8.- Publicaciones y cómputo de plazos

A los efectos previstos en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, cualesquiera comunicaciones ulteriores a las que dé lugar la presente convocatoria y que deban ser notificadas a las personas interesadas se efectuarán mediante publicación del acto o resolución de que se trate en el Tablón Oficial de la Universidad de Murcia (TOUM), https://sede.um.es/sede/tablon/inicio.seam, sustituyendo a la notificación personal y surtiendo sus mismos efectos.

Salvo que expresamente se señale otra cosa, todos los plazos establecidos en esta convocatoria se han de entender fijados por días hábiles, con exclusión de los sábados, domingos y días festivos en el municipio de Murcia. Cuando la plaza corresponda a centro o departamento ubicado en otro municipio, serán, asimismo, inhábiles los días festivos en el respectivo municipio.

9.- Baremo

Las reglas atinentes a la evaluación de méritos son las contenidas en el artículo 23 del Reglamento regulador de los procesos selectivos para el acceso a plazas de profesorado Ayudante Doctor y de profesorado Asociado de la Universidad de Murcia y, por expresa previsión de aquel, en el anexo 1 del mismo reglamento.

El baremo aplicable se contiene en el Reglamento y, al tiempo, se mantiene expuesto públicamente en la página Web https://www.um.es/web/pdi/impresos.

La previsión contenida en el apartado 3 del artículo 23 del Reglamento regulador de los procesos selectivos para el acceso a plazas de profesorado Ayudante Doctor y de profesorado Asociado de la Universidad de Murcia se producirá, en su caso, en el anexo I de esta convocatoria y en relación con las plazas respecto de las que ello proceda.

10.- Procedimiento de Selección

De acuerdo con lo previsto en el artículo 2.2 del Reglamento regulador de los procesos selectivos para el acceso a plazas de profesorado Ayudante Doctor y de profesorado Asociado de la Universidad de Murcia, el sistema selectivo aplicable será el de concurso público, consistente únicamente en la valoración de méritos alegados y acreditados por las personas concursantes.


11.- Propuesta de provisión

La propuesta de provisión de la plaza se rige por lo establecido en el artículo 24 del Reglamento regulador de los procesos selectivos para el acceso a plazas de profesorado Ayudante Doctor y de profesorado Asociado de la Universidad de Murcia.

12.- Reclamación contra la propuesta de provisión

Las eventuales reclamaciones frente a la propuesta de provisión seguirán lo dispuesto en el artículo 25 del Reglamento regulador de los procesos selectivos para el acceso a plazas de profesorado Ayudante Doctor y de profesorado Asociado de la Universidad de Murcia.

13.- Tipo de contrato

El contrato concertado será el de profesora ayudante doctora o profesor ayudante doctor, con arreglo a las condiciones dispuestas en los artículos 77, 78 y concordantes de la Ley Orgánica del Sistema Universitario.

14.- Formalización del contrato

La presentación de la documentación precisa para formalizar el contrato con la persona adjudicataria y la suscripción de tal contrato se rigen por lo establecido en el capítulo VII (artículos 26 y 27) del Reglamento regulador de los procesos selectivos para el acceso a plazas de profesorado Ayudante Doctor y de profesorado Asociado de la Universidad de Murcia.

Asimismo:

a) El contrato se suscribirá mediante firma electrónica, una vez se haya verificado la aportación a satisfacción de la totalidad de la documentación requerida.

b) En su caso, en el anexo I descriptivo del puesto específico del que se trate, incluido en la presente convocatoria, se podrá señalar una fecha, plazo o término determinados en relación con la suscripción del contrato de trabajo o con el inicio de su eficacia, en cuyo caso se atenderá a tal determinación.

c) La falta de formalización del contrato en el tiempo establecido para ello con arreglo a las previsiones de esta base, si fuere por causa imputable a la persona interesada, comportará que esta decaiga en su derecho.

15.- Protección de datos

De acuerdo con lo previsto en el artículo 28 del Reglamento regulador de los procesos selectivos para el acceso a plazas de profesorado Ayudante Doctor y de profesorado Asociado de la Universidad de Murcia, la participación en las convocatorias de plazas de profesorado ayudante doctor implica la aceptación de la autorización del uso de los datos personales de la persona aspirante por la Universidad de Murcia, de acuerdo con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales, con el fin de la correcta gestión del proceso selectivo.

Los datos personales facilitados quedarán incorporados en los ficheros de usuarios de la Universidad de Murcia, de acuerdo con lo establecido en la citada Ley Orgánica.

Con la presentación de la solicitud, la persona aspirante autorizará el uso de sus datos, relativos a nombre, apellidos, proceso selectivo en el que participa e inclusión en las plazas correspondientes, en los lugares habilitados para la publicidad de las plazas y la publicación de resultados. Asimismo, autoriza la utilización de su teléfono móvil y correo electrónico a efectos de comunicaciones y notificaciones y autoriza la comunicación de la documentación aportada en los términos señalados en la base 13, sin perjuicio de la salvedad establecida en la letra e de esta.

16. - Incompatibilidades

El personal docente e investigador contratado al amparo de esta convocatoria estará sujeto a lo previsto en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas y en sus normas de desarrollo, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 60 de la Ley Orgánica del Sistema Universitario.

De conformidad con lo previsto en el capítulo II del título V de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la Jurisdicción Social y en el artículo 20 de los Estatutos de la Universidad de Murcia, aprobados por Decreto 85/2004, de 27 de agosto, frente a esta resolución las personas interesadas pueden interponer recurso potestativo de reposición ante el Rector de la Universidad de Murcia, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de la publicación, o, directamente, accionar ante el Juzgado de lo Social competente, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación y conforme a las normas que, sobre competencia, postulación y otras, resultan de la Ley 36/2011, de 10 de octubre.

No se podrá interponer recurso jurisdiccional hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición en su caso interpuesto.

Murcia, 4 de julio de 2024. El Rector, José Luján Alcaraz.


Anexo I

Puestos que se convocan

Profesorado Ayudante Doctor

DEPARTAMENTO: FILOLOGÍA FRANCESA, ROMÁNICA, ITALIANA Y ÁRABE

Plaza Número: (27/2024-AD)

Número de Puestos: 1

Área/Especialidad de Conocimiento: ESTUDIOS ÁRABES E ISLÁMICOS

Tipo de Contrato: Profesor ayudante doctor (Artículo 77 y 78 de la LOSU)

Dedicación: Tiempo completo

Titulación: Doctorado

Código del puesto: 660030

Requisito específico de admisibilidad al proceso selectivo:

La admisión al proceso selectivo queda subordinada a la acreditación de que la persona aspirante dispone del nivel de competencia lingüística correspondiente a esta convocatoria (árabe normativo y árabe dialectal marroquí), imprescindible para el adecuado desarrollo de las funciones del puesto de trabajo, cuya verificación se efectuará mediante la superación de una prueba que constará de dos partes:

Parte A: Redacción de un texto en árabe normativo, de más de 250 palabras, que exponga y desarrolle claramente las ideas principales contenidas en una grabación en árabe marroquí, a propuesta del tribunal, de unos 5 minutos de duración. Los candidatos escucharán la grabación dos veces y dispondrán, a continuación, de 45 minutos para redactar y entregar sus textos.

Parte B: Exposición y desarrollo oral en árabe de las ideas principales contenidas en un texto redactado en árabe normativo, a propuesta del tribunal. La exposición tendrá una duración aproximada de 5 minutos y los candidatos deberán responder a las preguntas del tribunal, si las hubiere. En esta parte de la prueba, los candidatos dispondrán de 20 minutos para la lectura del texto y podrán tomar notas, pero no utilizarlas durante la exposición misma.

En ambos casos se valorará la capacidad del candidato para integrar con naturalidad destrezas orales y escritas, y producir un texto y discurso similares en nivel de complejidad a los propuestos.

La evaluación de la prueba se realizará por una comisión específicamente constituida al efecto e integrada por personal docente e investigador a tiempo completo que sea experto en el ámbito lingüístico considerado y cuya identificación se producirá en la publicación prevista en el segundo párrafo de la base 6. Tales personas se hallarán sujetas a las mismas causas de abstención y de recusación aplicables a las personas componentes de la comisión de contratación.

La prueba se calificará como "apto/a" o "no apto/a", siendo necesario obtener la calificación de "apto/a" para que se estime concurrente el requisito de admisibilidad al proceso selectivo.

En cualquier caso, la indicada calificación habrá de ir acompañada de una justificación detallada de los motivos que la fundamenten respecto de cada aspirante.

El conocimiento requerido para la superación de la prueba será el equivalente al establecido como propio del nivel C1 respecto de las lenguas incluidas en el Marco Común Europeo de Referencia para la Lenguas, debiendo ello quedar debidamente acreditado en la fundamentación de la evaluación de cada aspirante.

Los resultados de la prueba se harán públicos con arreglo a lo previsto en la base 8.

En el supuesto de que todas las personas aspirantes sean declaradas aptas, se procederá directamente a su inserción en la resolución definitiva de personas aspirantes admitidas.

En otro caso, se adoptará y hará pública una nueva resolución provisional de admisión y exclusión frente a la que las personas provisionalmente excluidas podrán formular, en el plazo correspondiente, alegaciones al resultado de la prueba, tras cuyo transcurso se verificará el dictado de la resolución definitiva que proceda.

El resultado de esta prueba solo tendrá validez como requisito para la participación en la presente convocatoria. Se considerará que cumplen el requisito de admisibilidad los aspirantes que hayan superado la prueba de árabe marroquí en convocatorias anteriores de profesorado en la Universidad de Murcia, y estarán eximidos de realizar la prueba.


Anexo II

Comisión de Selección

Profesorado Ayudante Doctor



Área/especialidad de conocimiento: "Estudios Árabes e Islámicos"

Plaza N.º: 27/2024

Comisión Titular:

Presidente: Don Pascual Lucas Saorín, Catedrático de la Universidad de Murcia.

Secretario: Doña María Victoria Aguilar Sebastián, Profesora Titular de la Universidad de Murcia.

Vocal 1.º: Doña Roser Puig Aguilar, Profesora Titular de la Universidad de Barcelona.

Vocal 2.º: Don Salvador Peña Martín, Profesor Titular de la Universidad de Málaga.

Vocal 3.º: Doña María Luz Gómez García, Catedrática de la Universidad Autónoma de Madrid.

Comisión Suplente:

Presidente: Don Pedro Jiménez Guerrero, Catedrático de la Universidad de Murcia.

Secretario: Doña María Pilar Garrido Clemente, Profesora Titular de la Universidad de Murcia.

Vocal 1.º: Doña Laura Gago Gómez, Profesora Contratado Doctor Fijo de la Universidad de Salamanca.

Vocal 2.º: Don Luis Bernabé Pons, Catedrático de la Universidad de Alicante.

Vocal 3.º: Doña María Dolores Serrano Niza, Profesora Titular de la Universidad de La Laguna.

NPE: A-080724-3504


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