Resolución de la Presidenta del Instituto de Turismo de la Región de Murcia por la que se otorga la denominación de Fiesta de Interés Turístico Regional a las Fiestas de San Isidro de Mula.

I. Comunidad Autónoma

3. Otras disposiciones

Consejería de Turismo, Cultura, Juventud y Deportes

Instituto de Turismo de la Región de Murcia

3366 Resolución de la Presidenta del Instituto de Turismo de la Región de Murcia por la que se otorga la denominación de Fiesta de Interés Turístico Regional a las Fiestas de San Isidro de Mula.

La Ley 12/2013, de 20 de diciembre, de Turismo de la Región de Murcia, en su artículo 13 regula las Fiestas de Interés Turístico, indicando que "el organismo competente en materia de turismo podrá otorgar a determinados eventos y acontecimientos festivos la calificación de Fiesta de Interés Turístico Regional", y añade que "la concesión, así como la revocación de esta calificación, se sujetarán al procedimiento que se determine". Este procedimiento aparece regulado en el Decreto 200/2017, de 5 de julio, por el que se regula la declaración de fiesta de interés turístico regional de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Con fecha 04/05/2023 se presenta solicitud del Ayuntamiento de Mula para la declaración de Fiesta de Interés Turístico Regional a favor de las "Fiestas de San Isidro", constando junto a la misma el acuerdo del Pleno favorable a la declaración.

Se trata de una fiesta de carácter lúdico que se inspira en el acervo cultural de la localidad y presenta valores de convivencia positivos para la vida social y mantiene un adecuado cuidado de los actos que se celebran.

En la fiesta intervienen diversos aspectos relacionados con el folclore de la Región de Murcia que constituyen una respuesta a la necesidad de compartir y confraternizar culturas y gentes en torno a un festejo.

El Decreto 200/2017, de 5 de julio anteriormente señalado, regula el procedimiento para la declaración, y a este respecto el artículo 5 relativo a la instrucción del procedimiento establece que:

"1. Recibida la solicitud y la documentación exigida, se iniciará el correspondiente procedimiento en el Instituto de Turismo de la Región de Murcia, organismo competente para su instrucción. 2. Se podrá requerir a los solicitantes que aclaren o completen algún extremo de la referida solicitud o documentación, haciéndoles la advertencia en el requerimiento que de no hacerlo en el plazo dado se les tendrá por desistidos de su solicitud, previa resolución. 3. Se emitirá informe técnico que versará sobre el cumplimiento de los requisitos y valoración de los crite?rios del artículo 3 y se podrán recabar informes de expertos relacionados con el sector turístico y de personalidades de reconocido prestigio. 4. Instruido el procedimiento, e inmediatamente antes de redactar la propuesta de resolución, se cumplirá el trámite de audiencia a favor de los interesados."

Con fecha 24/04/2024 se emite el informe técnico a que alude el apartado 3 del artículo anterior, suscrito por la Jefa de Área de Inspección, en el que en base a la documentación aportada y tras su pormenorizado estudio y puntuación establece como conclusiones:

"Cumpliéndose con la totalidad de los requisitos obligatorio?s y habiendo obtenido una puntuación de 131,5 punt?os en los criter?ios puntuables, alcanza la puntuación mínima requerida de 126 puntos, por lo que se informa que la fiesta "Fiestas de San Isidro" de Mula sea declarada Fiesta de Interés Turístico Regional".

Respecto al órgano competente para la resolución el artículo 6 del Decreto 200/2017, establece que:

"1. El Director General del Instituto de Turismo de la Región de Murcia elevará propuesta de resolución al Presidente del Instituto. 2. El Presidente del Instituto de Turismo de la Región de Murcia otorgará o denegará la calificación solicitada mediante resolución motivada que se notificará al interesado. 3. El plazo máximo para resolver el procedimiento y notificar la resolución será de seis meses, transcurrido los cuales sin haberse producido se entenderá denegada la solicitud."

Los artículos 8 y 9 del Decreto 200/2017, de 5 de julio, indican que la declaración de Fiesta de Interés Turístico Regional se publicará en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, así como que se inscribirá en el Libro Registro de Fiestas de Interés Turístico de la Región de Murcia.

En consecuencia, conforme a lo anteriormente expuesto y en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 61 de la Ley 14/2012, de 27 de diciembre, de medidas tributarias, administrativas y de reordenación del sector público regional, y de conformidad con el artículo 6.1 del Decreto 200/2017,


Resuelvo:

Primero.- Conceder la declaración de Fiesta de Interés Turístico Regional de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia a favor de las "Fiestas de San Isidro" de Mula.

Segundo.- Que esta Resolución se notifique al Ayuntamiento de Mula, entidad solicitante de la declaración.

Tercero.- Ordenar la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, que surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación.

Cuarto.- Proceder a la inscripción de las Fiestas de San Isidro de Mula en el Libro Registro de Fiestas de Interés Turístico de la Región de Murcia.

En Murcia, 14 de junio de 2024. La Presidenta del Instituto de Turismo de la Región de Murcia, Carmen María Conesa Nieto.

NPE: A-020724-3366


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