Decreto n.º 95/2024, de 27 de junio, por el que se modifica el Decreto n.º 39/2024, de 25 de abril, por el que se aprueban las normas especiales reguladoras de una subvención a otorgar mediante concesión directa por la Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería y Pesca a las cofradías de pescadores de la Región de Murcia, con el objetivo de contribuir a su funcionamiento como corporaciones de derecho público.

I. Comunidad Autónoma

3. Otras disposiciones

Consejo de Gobierno

3358 Decreto n.º 95/2024, de 27 de junio, por el que se modifica el Decreto n.º 39/2024, de 25 de abril, por el que se aprueban las normas especiales reguladoras de una subvención a otorgar mediante concesión directa por la Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería y Pesca a las cofradías de pescadores de la Región de Murcia, con el objetivo de contribuir a su funcionamiento como corporaciones de derecho público.

Con el objetivo de paliar la grave situación económica por la que atraviesan las Cofradías de Pescadores de la Región de Murcia en los últimos años, que compromete el completo cumplimiento de las funciones de estas corporaciones de derecho público reguladas en el artículo 37 de Ley 2/2007, de 12 de marzo, de Pesca Marítima y Acuicultura de la Región de Murcia, se consideró necesario por parte de la Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería y Pesca proporcionar un apoyo financiero a las cuatro cofradías de la Región.

Así, se han ido concediendo subvenciones directas a las distintas Cofradías fundamentadas en el interés público que supone la necesidad de mantener la operatividad de las mismas y el funcionamiento de las Lonjas de Primera venta, en virtud del Decreto n.º 34/2022, de 24 de marzo y el Decreto n.º 66/2023, de 16 de marzo. Y específicamente a la Cofradía de San Pedro del Pinatar (en virtud del Decreto n. º 164/2022, de 4 de agosto, modificado por Decreto n. º 278/2022, de 28 de diciembre), a la Cofradía de Mazarrón (en virtud del Decreto n. º 437/2023, de 21 de diciembre) y a la Cofradía de Pescadores de Cartagena (subvención nominativa en el año 2023).

En el presente año, mediante el Decreto n.º 39/2024, de 25 de abril, se aprobaron las normas especiales reguladoras de una subvención a otorgar mediante concesión directa por la Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería y Pesca, a repartir, por igual importe, entre las cuatro Cofradías de Pescadores de la Región de Murcia.

Sin embargo, analizada la problemática en cuanto a su funcionamiento en el caso concreto de la Cofradía de Pescadores de Águilas, se considera que su situación económica se ha visto agravada en mayor medida que el resto, dado el aumento, más que significativo, de los gastos de personal justificado por la necesidad de disponer de personal suficiente y cualificado para su correcto funcionamiento. Además, la garantía de la libre concurrencia y la competitividad, así como la prohibición de incurrir en discriminación, hace imprescindible conceder a la Cofradía de Pescadores de Águilas en el presente ejercicio presupuestario, una subvención por importe superior que al resto de cofradías, con el fin de compensar las cantidades complementarias con las que aquellas fueron subvencionadas en los años precedentes. Dicha necesidad motiva la necesidad de modificación del Decreto 39/2024, de 25 de abril, a fin de contemplar la subvención por importe distinto respecto a esta Cofradía.

En otro orden de cosas, con el objetivo de facilitar a los beneficiarios el cumplimiento de su obligación de presentar la memoria justificativa de los gastos realizados en el periodo subvencionable y al mismo tiempo para conseguir la uniformidad en la forma de presentación de ésta, consiguiendo así una mayor claridad y precisión, se adiciona un nuevo anexo relativo al listado de justificantes que ha de presentarse con el resto de documentación justificativa.

Finalmente, para que como consecuencia de la modificación del Decreto n.º 39/2024 no se vea comprometida la correcta ejecución de las actuaciones subvencionadas, se amplía su plazo de finalización.

Las modificaciones propuestas no implican modificaciones de índole presupuestaria o económica.

En su virtud, a propuesta de la Consejera de Agua, Agricultura, Ganadería y Pesca, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 27 de junio de 2024,

Dispongo:

Artículo único. Modificación del Decreto n.º 39/2024, de 25 de abril, por el que se aprueban las normas especiales reguladoras de una subvención a otorgar mediante concesión directa por la Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería y Pesca a las Cofradías de Pescadores de la Región de Murcia, con el objetivo de contribuir a su funcionamiento como corporaciones de derecho público.

Uno. Se modifica el apartado 1 del artículo 2 del Decreto, con la siguiente redacción:

"1. Las Cofradías de Pescadores de la Región de Murcia son corporaciones de derecho público a las que corresponde la ejecución de órgano de consulta con la administración pública, gestión y explotación de las Lonjas de Primera Venta, entre otras funciones, autorizándose a tal fin la concesión de una subvención por un importe máximo de 250.000,00 euros, a repartir en partes iguales entre las Cofradías de Pescadores de Cartagena, Mazarrón y San Pedro del Pinatar por un importe de 50.000,00 euros para cada una, correspondiendo a la Cofradía de Águilas 100.000,00 euros."

Dos. Se modifica el apartado 1 del artículo 4 con la siguiente redacción:

"1. Las actuaciones subvencionadas se iniciarán a partir de la notificación de la orden de concesión, y finalizarán el 31 de marzo de 2025. Se considerarán gastos subvencionables los gastos efectuados durante dicho plazo y abonados como máximo hasta el último día del plazo de presentación de la cuenta justificativa."

Tres. Se añade la letra e) en el apartado 3 del artículo 4 del Decreto, que queda redactada como sigue:

"e) Listado de justificantes según el Anexo III."

Cuatro. Se modifica el Anexo I, con la siguiente redacción:


Disposición final única. Eficacia y publicidad.

El presente Decreto surtirá efectos desde la fecha de su aprobación, sin perjuicio de su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.

Dado en Murcia, 27 de junio de 2024. El Presidente, por sustitución, el Vicepresidente, José Ángel Antelo Paredes. La Consejera de Agua, Agricultura, Ganadería y Pesca, Por Sustitución, el Consejero de Presidencia, Portavocía y Acción Exterior, (Decreto del Presidente n.º 43/2023, de 21 de septiembre, BORM n.º 220 de 22 de septiembre, Suplemento n.º 13), Marcos Ortuño Soto.

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