Orden de 27 de junio de 2024 de la Consejería de Educación, Formación Profesional y Empleo por la que se nombran con carácter extraordinario directores en centros docentes públicos en el ámbito de gestión de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

I. Comunidad Autónoma

2. Autoridades y Personal

Consejería de Educación, Formación Profesional y Empleo

3349 Orden de 27 de junio de 2024 de la Consejería de Educación, Formación Profesional y Empleo por la que se nombran con carácter extraordinario directores en centros docentes públicos en el ámbito de gestión de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

La Orden de la Consejería de Educación, Juventud y Deportes, de 31 de enero de 2018, modificada por Orden de 16 de diciembre de 2020, y por la Orden de 26 de noviembre de 2021, establece las bases del procedimiento para la selección y nombramiento de directores de centros docentes públicos en el ámbito de gestión de esta Comunidad Autónoma.

Por Orden de 21 de diciembre de 2023 de la Consejería de Educación, Formación profesional y Empleo se convocó procedimiento para la renovación del nombramiento de directores y concurso de méritos para la selección y nombramiento de directores de centros docentes públicos en el ámbito de gestión de esta Comunidad Autónoma.

Por Orden de 10 de mayo de 2024 de la Consejería de Educación, Formación Profesional y Empleo se publica la relación de directores seleccionados en el concurso de méritos para la selección y nombramiento de directores. En el desarrollo de este procedimiento han quedado centros de los convocados en la Orden de 21 de diciembre de 2023 donde no ha sido posible nombrar director.

La Orden de 31 de enero de 2018, modificada por Orden de 16 de diciembre de 2020, y por la Orden de 26 de noviembre de 2021 establece en su artículo 23 que en ausencia de candidatos, en el caso de nueva creación o cuando la comisión correspondiente no haya seleccionado ningún aspirante, el consejero competente en materia de educación nombrará director a un profesor funcionario por un período de un año. Asimismo, establece que en el caso de no resultar seleccionado ningún candidato por segunda vez, el nombramiento se hará por un periodo de tres años si se prorroga el nombramiento inicial o por un periodo de cuatro años si se procede al nombramiento como director de otro funcionario.

En consecuencia,

Dispongo:

Primero.- Aprobar la relación de profesores de centros docentes públicos del ámbito de esta Comunidad Autónoma nombrados directores con carácter extraordinario, en aplicación del apartado 1 del artículo 23 de la Orden de 31 de enero de 2018, que figura como Anexo I. Estos directores son nombrados por un período de un año con efectos desde el 1 de julio de 2024 hasta el 30 de junio de 2025.

Segundo.- Aprobar la relación de profesores de centros docentes públicos del ámbito de esta Comunidad Autónoma nombrados directores con carácter extraordinario, en aplicación del apartado 4 del artículo 23 de la Orden de 31 de enero de 2018, que figura como Anexo II. Estos directores son nombrados por un período de tres años con efectos desde el 1 de julio de 2024 hasta el 30 de junio de 2027.

Tercero.- Aprobar la relación de profesores de centros docentes públicos del ámbito de esta Comunidad Autónoma nombrados directores con carácter extraordinario, en aplicación del apartado 4 del artículo 23 de la Orden de 31 de enero de 2018, que figura como Anexo III. Estos directores son nombrados por un período de cuatro años con efectos desde el 1 de julio de 2024 hasta el 30 de junio de 2028.

Cuarto.- Con la publicación de la presente Orden quedan notificados todos los interesados, los cuales deberán realizar la propuesta de composición de sus equipos directivos ante la Dirección General Recursos Humanos, Planificación Educativa e Innovación, del 1 al 5 de julio.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el Consejero de Educación, Formación Profesional y Empleo en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a su publicación, o bien recurso contencioso-administrativo, ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.

Murcia, 27 de junio de 2024. El Consejero de Educación, Formación Profesional y Empleo (P.D. art. 3.1 de la Orden de 29 de septiembre de 2023, de la Consejería de Educación, Formación Profesional y Empleo), la Directora General de Recursos Humanos, Planificación Educativa e Innovación, María del Carmen Balsas Ramón.


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