Resolución por la que se publica la propuesta y Orden de la relación de parcelas admitidas de conformidad con la Orden de 26 de marzo de 2024 de la Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería y pesca, por la que se convocan en la Región de Murcia las ayudas a la cosecha en verde de la vendimia 2024, previstas en el Real Decreto 905/2022 de 25 de octubre, en la intervención sectorial vitivinícola.
I. Comunidad Autónoma
3. Otras disposiciones
Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería y Pesca
3322 | Resolución por la que se publica la propuesta y Orden de la relación de parcelas admitidas de conformidad con la Orden de 26 de marzo de 2024 de la Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería y pesca, por la que se convocan en la Región de Murcia las ayudas a la cosecha en verde de la vendimia 2024, previstas en el Real Decreto 905/2022 de 25 de octubre, en la intervención sectorial vitivinícola. |
En la Orden de 26 de marzo de 2024 se establece el procedimiento para la aprobación de la ayuda para la cosecha en verde del viñedo, disponiendo cuantas cuestiones son necesarias para instrumentar su correcta aplicación, de conformidad con la sección 3.ª del Capítulo II del Real Decreto 905/2022, de 25 de octubre y se convocan en el ámbito territorial de la Región de Murcia las ayudas a la cosecha en verde para la vendimia de 2024 de los viñedos que se destinen a la producción de uva para la vinificación, según contempla la intervención de cosecha en verde cuya finalidad es evitar crisis de mercado y recobrar el equilibrio de la oferta y la demanda en el mercado vitivinícola.
Las ayudas objeto de esta Orden se rigen por las bases reguladoras contenidas en la sección 3.ª del Capítulo II del Real Decreto 905/2022, de 25 de octubre, por el que se regula la intervención Sectorial Vitivinícola en el marco del Plan Estratégico de la Política Agraria Común (BOE n.º 257 de 26/10/2022), así como por lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y su Reglamento de desarrollo, aprobado mediante Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, y la Ley 7/2005, de 18 de noviembre, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
En cumplimiento de lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 40 del Real Decreto 905/2022, de 25 de octubre y en el artículo 9 de la Orden de 26 de marzo de 2024, de la Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería y Pesca que regulan el procedimiento de selección, concesión y notificación a los beneficiarios, se elaboró una lista provisional con las parcelas seleccionadas y priorizadas de acuerdo con los criterios de prioridad establecidos en el artículo 8 de la Orden y fueron comunicadas a la Dirección General de Producciones y Mercados Agrarios del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.
La Dirección General de Producciones y Mercados Agrarios del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación ha comunicado la propuesta de lista de parcelas admitidas.
En virtud de todo lo anterior y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 1 de la Orden de 26 de marzo de 2024 de la Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería y Pesca, por la que se convocan para el año 2024 las ayudas a la realización de la cosecha en verde, vendimia 2024 en el ámbito territorial de la Región de Murcia, se emite la siguiente propuesta de Orden con la relación definitiva de parcelas admitidas en Murcia para la realización de la cosecha en verde vendimia 2024:
Primero.- Publicar la relación de parcelas admitidas para las ayudas a la realización de la cosecha en verde, vendimia 2024 en el ámbito territorial de la Región de Murcia, a los solicitantes que figuran en la relación que se adjunta como Anexo I.
Segundo.- Publicar las parcelas que han renunciado a la ayuda a la realización de la cosecha en verde, vendimia 2024 en el ámbito territorial de la Región de Murcia, a los solicitantes que figuran en la relación que se adjunta como Anexo II.
Tercero.- Con el objeto de que puedan efectuarse los controles oportunos, los bene?ciarios del Anexo I presentarán comunicación con la fecha de ejecución prevista para la cosecha en verde de todas las parcelas para las que se ha aprobado la ayuda. Esta comunicación debe ser presentada con, al menos, dos días naturales de antelación a la fecha de ejecución señalada en la comunicación.
Cuarto.- Después de finalizar la cosecha en verde, los bene?ciarios deben presentar en la Sede Electrónica a través del procedimiento 3395 "Ayudas a la cosecha en verde para la vendimia de 2024 en la Región de Murcia" el Anexo II SOLICITUD DE PAGO, según lo establecido en la Orden de 26 de marzo de 2024, que dará lugar a la tramitación del pago de la ayuda si procede.
Quinto.- La ejecución de la cosecha en verde en las parcelas admitidas deberá realizarse antes del 16 de julio de 2024.
Una vez realizada la cosecha en verde los racimos inmaduros deberán enterrarse parcialmente con una labor superficial para que se produzca su biodegradación.
Sexto.- Una vez efectuados los controles y dependiendo de la disponibilidad presupuestaria se comunicará a la Subdirección General de Frutas y Hortalizas y Vitivinicultura del Ministerio de Agricultura Pesca y Alimentación, las previsiones de pago a 15 de octubre del ejercicio financiero 2024 y 2025.
Séptimo.- La notificación a los interesados se realizará mediante publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, conforme a lo establecido en el artículo 20 de la Ley 7/2005. Dicha resolución pondrá fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante la Consejera, en el plazo de un mes desde su publicación en el BORM, o bien interponer directamente recurso contencioso- administrativo.
Octavo.- Lo que se notifica a Vd., significándole que esta Orden pone fin a la vía administrativa, pudiendo interponer contra la misma recurso contencioso-administrativo ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente a la notificación de esta Resolución, establecido en el art. 46.1 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (Ley 29/1998, de 13 de julio), o con carácter potestativo, y previo a su impugnación en vía contencioso-administrativa, podrá interponerse recurso de reposición ante la Consejera de Agua, Agricultura, Ganadería y Pesca, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la notificación, establecido en el art. 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Murcia, a 25 de junio de 2024. El Director General de Industria Alimentaria y Asociacionismo Agrario, Fulgencio Pérez Hernández.
Orden
Vista la anterior propuesta, resuelvo conforme a la misma.
En Murcia, a 25 de junio de 2024. La Consejera de Agua, Agricultura, Ganadería y Pesca (Decreto 35/2023, de 14 de septiembre de 2023, BORM 213 de 14/09/2023), el Secretario General de Agua, Agricultura, Ganadería y Pesca, PD. (Orden de 5 de octubre de 2023, BORM n.º 233 de 07/10/2023), Francisco J. González Zapater.
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