Extracto de la Resolución de 13 de junio de 2024, de la Presidencia del Instituto de Fomento de la Región de Murcia, de convocatoria de tramitación anticipada de ayudas destinadas a los Centros Tecnológicos de la Región de Murcia, para la realización de actividades de I+D de carácter no económico.

I. Comunidad Autónoma

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía, Hacienda y Empresa

Instituto de Fomento de la Región de Murcia

3183 Extracto de la Resolución de 13 de junio de 2024, de la Presidencia del Instituto de Fomento de la Región de Murcia, de convocatoria de tramitación anticipada de ayudas destinadas a los Centros Tecnológicos de la Región de Murcia, para la realización de actividades de I+D de carácter no económico.

BDNS (Identif.): 768172

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/768172)

Primero. Beneficiarios:

Centros Tecnológicos que cumplan los requisitos establecidos en el Artículo 2 de la Orden de Bases Reguladoras.

Segundo. Objeto:

Es objeto de esta convocatoria de tramitación anticipada, con arreglo al régimen de concurrencia competitiva previsto en el capítulo I del título I de la ley 7/2005, de 18 de noviembre, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, el desarrollo por parte de los Centros Tecnológicos de la Región de Murcia de las actividades de carácter no económico previstas en el artículo 1 de las bases reguladoras.

Tercero. Costes elegibles:

Las subvenciones previstas en esta convocatoria se destinarán a cubrir los gastos que estén directamente relacionados con la realización del proyecto o actividad subvencionada, y tendrán la consideración de costes elegibles los establecidos en el Anexo de la Orden de Bases Reguladoras.

Cuarto. Bases reguladoras:

Orden de 29 de marzo de 2023 de la Consejería de Empresa, Economía Social y Autónomos por la que se aprueban las Bases Reguladoras de las ayudas del Instituto de Fomento de la Región de Murcia dirigidas a los Centros Tecnológicos de la Región de Murcia destinadas a la realización de actividades de I+D de carácter no económico, cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER), publicada en el BORM n.º 82, de 11 de abril de 2023.

Quinto. Financiación:

El crédito disponible máximo con que cuenta esta convocatoria de tramitación anticipada es de diez millones de euros (10.000.000,00-€), con cargo al presupuesto del Instituto de Fomento de la Región de Murcia del año 2025 y de 2026, con la siguiente distribución estimativa:

Anualidad 2025:

Modalidad 1 "Proyectos de I+D independiente": 5.400.000 €.

Modalidad 2 "Programa de actuaciones no económicas de apoyo a la I+D": 600.000 €.

Anualidad 2026:

Modalidad 1 "Proyectos de I+D independiente": 3.600.000 €.

Modalidad 2 "Programa de actuaciones no económicas de apoyo a la I+D": 400.000 €.

Asímismo, se hacen las siguientes reservas de crédito para la modalidad 1 "Proyectos de I+D independiente", según las categorías de Centros Tecnológicos previstas en las bases reguladoras:

- Categoría CT: 5.600.000 €

- Categoría No CT (CAIT y Otros Centros): 2.400.000 €

Este crédito será financiado hasta el 60% con recursos del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER), es decir, hasta seis millones de euros (6.000.000,00.-€), asignados al Instituto de Fomento de la Región de Murcia con arreglo al Programa de la Región de Murcia FEDER 2021-2027 establecido mediante Decisión C (2022) 9040 de la Comisión.

Sexto. Cuantía de la subvención:

La cuantía máxima de subvención a aportar por el Instituto de Fomento a un beneficiario será del 100% de los costes elegibles aprobados con respecto a la actividad no económica que realicen los Centros beneficiarios y, no podrá exceder de:

- 1.250.000 euros por beneficiario en la presente convocatoria para la Modalidad 1.

- 140.000 euros por beneficiario en la presente convocatoria para la Modalidad 2.

Séptimo. Presupuesto, plazo y ayuda de los proyectos y actividades subvencionadas.

El presupuesto de gasto subvencionable mínimo y máximo de los proyectos de cada una de las modalidades es:

Modalidad 1 "Proyectos I+D independiente":

- Presupuesto mínimo: 120.000,00 €.

- Presupuesto máximo: 350.000,00 €.

- Subvención máxima a otorgar por proyecto: 350.000,00 €.

Modalidad 2 "Programa de actuaciones de apoyo a la I+D":

- Presupuesto mínimo: 50.000,00 €.

- Presupuesto máximo: 140.000,00 €.

- Subvención máxima a otorgar por proyecto: 140.000,00 €.

En el caso de proyectos I+D en cooperación, se establecen los siguientes presupuestos mínimo y máximo, así como subvención máxima a otorgar por proyecto, diferentes a los establecidos para proyectos I+D individuales de la modalidad 1:

- Presupuesto mínimo: 240.000,00 €.

- Presupuesto máximo: 700.000,00 €.

- Subvención máxima a otorgar por proyecto: 700.000,00 €.

El plazo máximo de realización de los proyectos subvencionados será de dos (2) años, y será el comprendido entre el 1 de enero de 2025 y el 31 de diciembre de 2026.

Para la modalidad 1 "Proyectos I+D independiente", se establece el número máximo de proyectos subvencionables por solicitante en 5 proyectos, de los que, como máximo podrán ser en cooperación 2 proyectos.

Octavo. Presentación y plazo:

Los interesados, con carácter obligatorio, deberán dirigir su solicitud a la Presidencia del Instituto de Fomento mediante la presentación por medios electrónicos de solicitudes y documentación complementaria, conforme al modelo que encontrará en la dirección de Internet: www.institutofomentomurcia.es/infodirecto.

El solicitante deberá disponer de certificado electrónico reconocido o cualificado de firma electrónica de usuario expedido por prestadores incluidos en la "lista de confianza de prestadores de servicios de certificación", y la relación de estos estará disponible en la dirección de Internet señalada anteriormente.

La solicitud de subvención se encuentra disponible en los modelos normalizados que se facilitan en la dirección: http://www.institutofomentomurcia.es/infodirecto y podrán presentarse durante un plazo de dos (2) meses, que se iniciará a las 9:00 horas del día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el BORM, y hasta las 24:00 horas del último día de dicho plazo.

Murcia, 13 de junio de 2024. El Presidente, Luis Alberto Marín González.

NPE: A-210624-3183


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