Extracto de la Orden de 13 de junio de 2024 de la Consejera de Agua, Agricultura, Ganadería y Pesca, por la que se modifica la Orden de 3 de abril de 2024, de la Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería y Pesca, por la que se aprueba la convocatoria para el año 2024 de las lineas de ayuda de las submedidas de la medida 13 "pagos compensatorios en zonas de montaña y pagos compensatorios en zonas con limitaciones naturales" del Programa de Desarrollo Rural de la Región 2014-2022.
I. Comunidad Autónoma
3. Otras disposiciones
Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería y Pesca
3129 | Extracto de la Orden de 13 de junio de 2024 de la Consejera de Agua, Agricultura, Ganadería y Pesca, por la que se modifica la Orden de 3 de abril de 2024, de la Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería y Pesca, por la que se aprueba la convocatoria para el año 2024 de las lineas de ayuda de las submedidas de la medida 13 "pagos compensatorios en zonas de montaña y pagos compensatorios en zonas con limitaciones naturales" del Programa de Desarrollo Rural de la Región 2014-2022. |
BDNS (Identif.): 752824
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/752824)
Artículo único.
Modificar la Orden de 3 de abril de 2024, de la Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería y Pesca, por la que se aprueba la convocatoria del año 2024 de las líneas de ayuda correspondientes a las distintas submedidas de la medida 13 "pagos compensatorios en zonas de montaña y pagos compensatorios en zonas con limitaciones naturales" del Programa de Desarrollo Rural de la Región de Murcia 2014-2022, como sigue:
Se redacta de nuevo el artículo TERCERO de la convocatoria, modificando el apartado 3.2 y añadiendo el apartado 3.3, quedando redactado este artículo de la siguiente forma:
Tercero.- El gasto a aprobar para la misma es el que figura a continuación.
3.1.- El importe global destinado a la convocatoria será de 2.300.000,00 €, para los pagos compensatorios en Zonas de Montaña (Medida 13.1 del PDR 2014-2022) y de 2.730.000,00 € para los pagos compensatorios en Zonas con Limitaciones Naturales (Medida 13.2 del PDR 2014-2022).
3.2.- La financiación de las ayudas corresponderá, en un 63% a la Unión Europea, a través del fondo FEADER, en un 5% al Estado y en el 32% restante a la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, con cargo a la partida 17.03.00.711B.470.29, proyecto 051833 para la Línea de Ayuda de pagos compensatorios para Zonas de Montaña, y proyecto 051834 para la Línea de Ayuda de pagos compensatorios a Zonas con Limitaciones Naturales, de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia del año 2025, o sus equivalentes en los ejercicios presupuestarios futuros. La distribución de porcentajes de financiación de los distintos fondos, podrá adaptarse en caso de ampliarse el crédito según lo previsto en el apartado 3.3. Los gastos correspondientes quedan supeditados a la existencia de crédito adecuado y suficiente en los Presupuestos correspondientes.
3.3.- Según se indica en el artículo 58 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones, la convocatoria de las ayudas podrá fijar, además de la cuantía total máxima dentro de los créditos disponibles, una cuantía adicional cuya aplicación a la concesión de subvenciones no requerirá de una nueva convocatoria y estará condicionada a la previa declaración de disponibilidad del crédito derivada de la concurrencia de alguno de los supuestos previstos en el apartado 2 del citado artículo 58 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.
Podrá adicionarse una cuantía adicional máxima de crédito de 250.000 € a la Submedida 13.1. Ayudas a Zonas de Montaña, y de 250.000 € a la Submedida 13.2 Ayudas a Zonas con Limitaciones Naturales, pudiendo ascender el importe global destinado a la convocatoria a 2.550.000,00 €, para los pagos compensatorios en Zonas de Montaña (Medida 13.1 del PDR 2014-2022) y de 2.980.000,00 € para los pagos compensatorios en Zonas con Limitaciones Naturales (Medida 13.2 del PDR 2014-2022).
Disposición final. Entrada en vigor.
La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.
Murcia, 13 de junio de 2024. La Consejera de Agua, Agricultura, Ganadería y Pesca, Sara Rubira Martínez.
NPE: A-190624-3129