Extracto del Acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 21 de marzo de 2024 del Ayuntamiento de Cartagena EDU subvenciones a Ampas de centros sostenidos con fondos públicos del término municipal de Cartagena (CEIP, EEI, CE, IES y Escuelas Infantiles) por el procedimiento de concurrencia competitiva y para el desarrollo de proyectos educativos.

IV. Administración Local

Cartagena

3093 Extracto del Acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 21 de marzo de 2024 del Ayuntamiento de Cartagena EDU subvenciones a Ampas de centros sostenidos con fondos públicos del término municipal de Cartagena (CEIP, EEI, CE, IES y Escuelas Infantiles) por el procedimiento de concurrencia competitiva y para el desarrollo de proyectos educativos.

BDNS(Identif.):767242

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/767242)

1.- Objeto y finalidad.

El presente acuerdo tiene por objeto la convocatoria de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva y a través de la Concejalía de Educación, de subvención para el año 2024 a las AMPAS de las Escuelas de Educación Infantil de primer y segundo ciclo, Centros de Educación Infantil y Primaria, Primaria, Educación Especial y de Enseñanzas de régimen especial sostenidos con fondos públicos, para fomentar la participación de las AMPAS de manera que promuevan, organicen y desarrollen acciones variadas que redunden en la promoción de actividades complementarias, asociacionismo y convivencia de la comunidad educativa, por un importe total de 100.000,00 (cien mil euros), con cargo a la aplicación presupuestaria 2024-06001-3261-48232.

2.- Beneficiarios y requisitos para solicitar.

- Disponer de certificado y firma digital.

- Podrán ser beneficiarias todas las AMPAS de los centros educativos del municipio de Cartagena sostenidos con fondos públicos y que impartan las enseñanzas de las Escuelas de Educación Infantil de primer y segundo ciclo, Centros de Educación Infantil y Primaria, Primaria, Secundaria y Educación Especial. Para ser beneficiario de las subvenciones deberán cumplir los requisitos previstos en las Bases Reguladoras de la concesión de Subvenciones, acreditándolos mediante el modelo del ANEXO II que acompaña esta convocatoria.

- Deben estar al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social expedidas por la Agencia Tributaria y la Tesorería General de la Seguridad Social, salvo cuando el beneficiario no esté obligado a presentar las declaraciones o documentos a que se refieren las obligaciones anteriores. No tienen que presentar certificados de estar al corriente con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria ni con la Tesorería General de la Seguridad Social ni con el Ayuntamiento de Cartagena, sino que la presentación de la solicitud conllevará la autorización al Ayuntamiento de Cartagena para obtener dicha acreditación. A los efectos citados en este apartado, únicamente deberá firmar la Declaración Responsable de la solicitud haciendo constar que cumple con los requisitos para ser beneficiario de la subvención.

- No tener pendiente (con límite de fecha de justificación concluida) ante este Ayuntamiento justificación de ninguna ayuda, financiación o subvención concedida.

- Tener n.º de registro de la CARM y actualizado el nº registro de asociaciones del Ayuntamiento de Cartagena en 2024.

3.- Condiciones generales de la convocatoria.

Las Bases Reguladoras de esta convocatoria pueden obtenerse en la página web del Ayuntamiento de Cartagena www.cartagena.es (ayudas, becas y subvenciones). Se pueden consultar en: https://www.cartagena.es/becas_ayudas_subvenciones.asp

Su instrucción y concesión se efectuará mediante concurrencia competitiva por el procedimiento previsto en las Bases de Ejecución del Presupuesto y por los órganos que se designan en los apartados siguientes de la presente convocatoria.

4.- Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes, acompañadas de la documentación exigida, será de quince días naturales a contar desde el siguiente al de la publicación del extracto de esta convocatoria en el BORM. La convocatoria se publicará en la BDNS (Base De Datos Nacional de Subvenciones) en cumplimiento de lo establecido en la LGS, de acuerdo con el procedimiento establecido en la misma y en el Tablón de anuncios del Ayuntamiento.

5.- Presentación de solicitudes y documentación exigida.

Las solicitudes se formalizarán por sede electrónica municipal en la siguiente dirección:

https://cartagena.sedipualba.es/carpetaciudadana/tramite.aspx?idtramite=10668

Junto a la solicitud, deberá acompañarse cumplimentada la documentación requerida que pueden encontrar en:

https://www.cartagena.es/becas_ayudas_subvenciones.asp?organismo=3

Se adjuntará el Proyecto de la actividad o evento a realizar, donde deberá figurar como mínimo los objetivos, actividades, material, organización, calendario y presupuesto, según Anexo III que se adjunta al final de estas bases. Sólo se podrá presentar un proyecto por centro educativo.

Cartagena, 21 de marzo de 2024. El Concejal Secretario de la Junta de Gobierno Local del Excmo. Ayuntamiento de Cartagena, Álvaro Valdés Pujol.

NPE: A-150624-3093


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