Bases específicas y convocatoria que regirán los procesos selectivos para la creación de una bolsa de trabajo de Monitor de Tenis para el Ayuntamiento de San Javier (Murcia):

IV. Administración Local

San Javier

3062 Bases específicas y convocatoria que regirán los procesos selectivos para la creación de una bolsa de trabajo de Monitor de Tenis para el Ayuntamiento de San Javier (Murcia):

Bases:

Primera.- Objeto de la convocatoria.

La presente convocatoria tiene por objeto la provisión de las bolsas de trabajo detalladas en el Anexo I.

Segunda.- Ámbito de aplicación.

La realización de las pruebas selectivas convocadas para la creación de las bolsas de trabajo del Ayuntamiento de San Javier señaladas en el Anexo I se ajustará a lo establecido en las Bases reguladoras de la gestión de las bolsas de trabajo en el Ayuntamiento de San Javier (en adelante bases reguladoras) publicadas en el BORM número 136 de 16 de junio de 2021, rectificadas en BORM de fecha 17 de noviembre de 2021,así como a lo previsto en las presentes bases específicas, que prevalecerán, en todo caso, sobre las anteriores.

Todas las denominaciones contenidas en las presentes bases así, como cualesquiera otras menciones, que en la misma se expresan en género masculino, se entenderán realizadas y se utilizarán indistintamente en género masculino y femenino, según el sexo de la persona que se tenga por interesada a la que se haga referencia.

Tercera.- Características de las bolsas.

Las características de las bolsas convocadas se detallan en el Anexo II de las presentes Bases.

Cuarta.- Publicidad.

La convocatoria de las pruebas selectivas para la constitución de las distintas bases, así como las presentes bases específicas, que se publicarán íntegramente, se realizará en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, y en el Tablón de Anuncios de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de San Javier.

La resolución por la que se haga pública la relación de aspirantes que integran la Bolsa de Trabajo y se apruebe la misma, así como de los restantes actos y acuerdos que se dicten en desarrollo del proceso selectivo se realizará mediante su inserción en el Tablón de Anuncios de la Sede Electrónica de la Corporación, la cual será vinculante a efectos de la convocatoria para la realización de los ejercicios que conforman el procedimiento de selección.

Quinta.- Requisitos de los/las aspirantes.

Los aspirantes además de reunir los requisitos exigidos en el apartado octavo, en su caso, de las bases reguladoras, deberán estar en posesión de los títulos detallados en el Anexo II de las presentes bases.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación.

Sexta.- Solicitudes. Forma y plazo de presentación.

Las solicitudes (Anexos IV y V de las presentes bases) deberán cumplimentarse y entregarse en la forma y plazo establecido en la base decimotercera de las bases reguladoras.

El importe de la tasa por derechos de examen, según lo dispuesto en la ordenanza fiscal reguladora de las tasas por derechos de examen del municipio de San Javier (BORM número 239, de fecha 15 de octubre de 2021) será el siguiente:

Grupo Tasa
Grupo C/ subgrupo C2 24,00 €

Séptima. Sistema selectivo.

El sistema selectivo será el de oposición y constará de las siguientes características:

Consistirá en dos ejercicios como a continuación se indica:

Ejercicio primero (70 puntos):

Consistirá en contestar un cuestionario con preguntas tipo test que versarán sobre el contenido del programa que figura como Anexo II a estas bases. Podrán preverse 3 preguntas adicionales de reserva que serán valoradas en el caso de que se anule alguna de las previstas inicialmente.

Los cuestionarios estarán compuestos por preguntas tipo test con tres respuestas alternativas, siendo sólo una de ellas la correcta. El tiempo para la realización de este ejercicio y el n.º de preguntas será el siguiente:

Grupo Tiempo n.º Preguntas Valor contestación correcta (suman) Valor contestación incorrecta (restan)
Grupo C/ subgrupo C2
30 minutos

20

3,50

1,167

Las respuestas en blanco ni suman ni restan.

El ejercicio se calificará de 0 a 70 puntos, siendo necesario para superarlo obtener la calificación mínima de 35,00 puntos, con un máximo de dos decimales. Cada una de las bolsas se constituirá con aquellos aspirantes que superen el antecitado ejercicio.

El temario se establecerá conforma a la siguiente tabla:

Grupo/subgrupo Temas
Grupo C, subgrupo C2 8

Ejercicio segundo (30 puntos):

Consiste en la realización de un ejercicio de carácter práctico, conforme a lo establecido en el Anexo III de las presentes bases.

El ejercicio se calificará de 0 a 30 puntos, siendo necesario para superarlo obtener la calificación mínima de 15 puntos o superior en un número entero con un decimal como máximo.

Octava. Calificación del proceso selectivo.

8.1. Normas generales. El Tribunal queda facultado para la determinación del nivel mínimo exigido de conformidad con el sistema de valoración que se adopte en cada prueba selectiva, garantizando en todo caso, la idoneidad de los/las aspirantes seleccionados/as.

8.2. Calificación de las partes del ejercicio de la fase de oposición. Las calificaciones para cada uno de los ejercicios se otorgarán como sigue:

· Ejercicio primero será calificado de 0 a 70 puntos.

· Ejercicio segundo será calificada de 0 a 30 puntos.

La puntuación final será la suma de los dos ejercicios que, para superarse, deberá ser igual o superior a 50 puntos con al menos 35 puntos en el primer ejercicio y 15 en el segundo.

8.3. La calificación definitiva del proceso de selección estará determinada por la suma de las puntuaciones de las partes del ejercicio de la fase de oposición. El Tribunal no podrá aprobar ni declarar que han superado el proceso selectivo un número superior de aspirantes al de plazas convocadas. En caso de empate, el orden de prelación se establecerá atendiendo a los siguientes criterios: primero, mejor puntuación en el primer ejercicio de la fase de oposición y segundo mejor puntuación en el segundo ejercicio de la fase de oposición. De persistir el empate éste se solventará por orden alfabético del primer apellido de los/as aspirantes empatados/as, de conformidad con la letra que determine el sorteo anual realizado por la Secretaría de Estado para la Administración Pública a que se refiere el artículo 17 del Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, aprobado por el Real Decreto 364/1995 de 10 de marzo.

Novena.- Capacidad funcional.

En su caso, cuando así lo disponga alguna de las bases convocadas en el Anexo II, la capacidad funcional se acredita con un certificado médico que se aportará junto al resto de la documentación en el caso de ser llamado para prestar servicios. El certificado no podrá llevar fecha de más de una semana anterior al llamamiento y deberá estar firmado por un médico colegiado y en modelo oficial.

Décima.- Centros de trabajo:

Conforme a lo dispuesto en el Anexo II

Undécima.- Recursos.

Contra estas bases cabe interponer recurso potestativo de reposición ante el Alcalde Presidente del Ayuntamiento de San Javier, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia o bien directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde dicha publicación, ante el órgano jurisdiccional competente, de conformidad con lo dispuesto en los arts. 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en los arts. 8, 45 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, significándose que en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer el contencioso-administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición, no pudiendo simultanearse ambos recursos. todo ello, sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro que estimen procedente.

Disposición adicional primera.- Es responsabilidad de interesados y aspirantes la lectura y comprensión de las presentes bases, a las que se atendrán en todo momento.

Disposición adicional segunda.- Los aspirantes deberán presentarse en la hora y lugar convocados/as con bolígrafo azul (El tribunal no facilita bolígrafos) y documento acreditativo de la identidad en vigor (DNI, permiso de conducir, pasaporte).

Una vez que se acceda al local de examen queda prohibida la utilización de cualquier medio de comunicación o transmisión de datos. Así mismo los móviles deberán estar completamente apagados. A aquellos aspirantes que le suene un móvil dentro del local de examen (desde el momento que un miembro del tribunal así lo manifieste) serán expulsados del recinto y serán declarados no aptos. Aquellos aspirantes que lleven pelo largo, deberán llevarlo recogido de tal manera de que los oídos queden a la vista.

Disposición adicional tercera.- Los aspirantes con discapacidad, podrán pedir en el modelo oficial de solicitud, las adaptaciones y los ajustes razonables de tiempo y medios de las pruebas del proceso selectivo, a fin de asegurar su participación en condiciones de igualdad. De solicitar dicha adaptación, deberán adjuntar el Dictamen Técnico Facultativo emitido por el órgano técnico de calificación del grado de discapacidad, acreditando de forma fehaciente las deficiencias permanentes que han dado origen al grado de discapacidad reconocido, a efectos de que el órgano de selección pueda valorar la procedencia o no de la concesión de la adaptación solicitada.

Disposición final.- Todos los integrantes de bolsas de trabajo que sean llamados para nombramientos interinos o contratos en régimen laboral, deberán estar en disposición de relacionarse con la administración por medios electrónicos, conforme a lo dispuesto en el artículo 14. 2. Letra e de Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

San Javier, 27 de mayo de 2024. El Concejal delegado de Personal, Antonio Marcelo Martínez Torrecillas.

ANEXO I

Relación de bolsas convocadas:

? Monitor de tenis (Código 701).




ANEXO II

Denominación de la Bolsa: Monitor de tenis (Código 701)

Forma de provisión: Turno libre, por Oposición

Características de la Bolsa:

- Grupo de cotización personal laboral: 7

- Grupo / subgrupo personal funcionario: C/C2

Requisitos de los aspirantes (además de los señalados en las Bases Genéricas):

1.- Titulación: Los/las aspirantes además de reunir los requisitos exigidos en el apartado 5.1 de las bases generales, deberán estar en posesión de:

Titulación académica: Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, equivalente o superior.

Titulación específica: Cómo mínimo al menos uno de los siguientes títulos o certificados oficiales:

? Certificados de Profesionalidad de Nivel 2 de la familia de Actividades Físicas y Deportivas de la Formación Profesional.

? Título de Técnico de la familia de Actividades Físicas y Deportivas de la Formación Profesional.

? Título de Técnico Deportivo de las Enseñanzas Deportivas de Régimen Especial de la Ley Orgánica 2/2006 de Educación.

? Certificado oficial de superación de ciclo inicial de los títulos de Técnico Deportivo de las Enseñanzas Deportivas de Régimen Especial de la Ley Orgánica 2/2006 de Educación.

? Diploma de Técnico Deportivo de Niveles I y II de las formaciones deportivas (Publicadas en BOE) en periodo transitorio del Real Decreto 1363/2007 por el que se establece la ordenación general de las enseñanzas deportivas de régimen especial.

Otros: Permiso de conducir B

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación.

2.- Capacidad funcional: Los/las aspirantes deberán tener la capacidad funcional para desarrollar las actividades y funciones inherentes a la plaza, con las siguientes características:

? Plazas de naturaleza técnica, física y formativa, en relación con el puesto de trabajo adscrito.

? Carga física

? Carga postural

? Carga mental

A estos efectos, los/as aspirantes deberán aportar un certificado médico que acredite la capacidad funcional junto a la instancia, cuya fecha de expedición no podrá ser superior a 10 días naturales anteriores a la fecha de la presentación de la instancia.

Centro de trabajo: Polideportivos de San Javier, El Mirador o La Manga del Mar Menor.


Temario Monitor de Tenis (8 temas):

Vigencia normativa:Todas las referencias normativas contenidas en el programa de la oposición se entenderán referidas a aquellas que se encuentren vigentes el último día del plazo de presentación de solicitudes.

Tema 1.- La Constitución española de 1978. Principios generales. Estructura y contenido.

Tema 2.- Ordenanzas, Reglamentos y Bandos. Procedimiento de elaboración.

Tema 3.- Técnicas de enseñanza en educación física.

Tema 4.- Didáctica del Tenis para jugadores de competición.

Tema 5.- RFET- Reglamento técnico de competición

Tema 6.- Reglas del tenis de la Federación Internacional de Tenis

Tema 7.- Deberes y procedimientos para jueces de la RFET

Tema 8.- Principios básicos de actuación en primeros auxilios.


Anexo III

Examen práctico prueba de Monitor de Tenis


Realización de una prueba de carácter técnico.


Estructura de la prueba

La prueba consiste en la ejecución de una serie de golpes a diferentes zonas de la pista, a excepción del servicio, la pelota la pondrá en juego el examinador lanzándola desde el fondo de la pista.

Servicio. Desde la derecha y desde la izquierda:

- Liftado a la cruz del cuadro izquierdo y a la esquina del cuadro derecho.

- Cortado a la esquina del cuadro izquiero y a la cruz del cuadro derecho.

- Plano a la cruz del cuadro izquierdo y a la esquina del cuadro derecho.

Derecha:

- Liftado Paralela y cruzada larga y cruzada corta.

- Cortado paralelo largo y cruzado largo.

Revés:

- Liftado Paralela y cruzada larga y cruzada corta.

- Cortado paralelo largo y cruzado largo.

Voleas de derecha y revés:

- Paralela y cruzada larga.

- Paralela y cruzada corta.

Remate sin bote:

- Zona izquierda larga y corta.

- Zona derecha larga y corta.

Dejada:

- Dejada de derecha.

- Dejada de revés.

De cada golpe el aspirante realizará 4 ensayos y las zonas designadas, salvo para el saque serán siempre:

- Paralelo: considerado como 2 metros respecto de la línea lateral.

- Cruzado: considerado como 2 metros respecto de la línea lateral.

- Larga: considerando como la zona tras la línea de servicio.

- Corta: considerando como la zona dentro de la línea de servicio.

En el caso del servicio las zonas, tanto del cuadro izquierdo como el derecho, serán:

- Esquina: 2 metros respecto de la línea lateral.

- Cruzado: 2 metros respecto de la línea central del cuadro de servicio.

Criterios de evaluación:

- Se valorará la ejecución técnica y la precisión de los diferentes golpes señalados anteriormente.

- Cada ejecución se realizará cuatro veces.

- La valoración de la ejecución técnica se realizará mediante una evaluación por apreciación puntuando de cero a seis las técnicas efectuadas (ajustadas a los patrones técnicos correctos), según la siguiente escala:

- 0 Muy deficiente

- 1 Deficiente

- 2 Mejorable

- 3 Correcto

- 4 Bien

- 5 Muy Bien

- 6 Excelente

- La valoración de la ejecución técnica y potencia será un valor medio de las cuatro ejecuciones realizadas por el alumno.

- La precisión de los golpes se valorará en función de si entra o no la pelota en los límites establecidos, disponiendo de cuatro intentos en cada golpe y anotando un punto por cada intento correcto.

- Para superar la prueba se deben conseguir un mínimo de 150 puntos iniciales (15 puntos en la nota final del ejercicio 1) en la suma de valoración de la ejecución técnica, la potencia y la precisión de todos los golpes.

Valoración

- TÉCNICA: Obteniendo un valor mínimo de 0 puntos y un máximo de 6 puntos.

- CONTROL: Obteniendo 1 punto si se consigue el objetivo y 0 puntos si no se consigue.

Cada golpe se realizará 4 veces en las cuales se evaluará la TÉCNICA de manera global en cada golpe y el CONTROL en cada uno de ellos, consiguiendo un máximo de 10 puntos en la suma de ambos valores.

La suma de las puntuaciones de todos los golpes tendrá un valor máximo de 300 puntos que divididos entre 10 dará la puntuación final del examen (30 puntos, se supera el ejercicio con 15 puntos).


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