Orden de 23 de mayo de 2024, del Consejero de Salud por la que se procede al nombramiento de Vocales del Consejo Asesor Regional de Ética Asistencial "Dr. D. Juan Gómez Rubí" y a la delegación de la presidencia del mismo.

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I. Comunidad Autónoma

2. Autoridades y Personal
Consejería de Salud
2946 Orden de 23 de mayo de 2024, del Consejero de Salud por la que se procede al nombramiento de Vocales del Consejo Asesor Regional de Ética Asistencial "Dr. D. Juan Gómez Rubí" y a la delegación de la presidencia del mismo.

El Decreto n.º 26/2005, de cuatro de marzo, por el que se regula el Consejo Asesor Regional de Ética Asistencial «Dr. D. Juan Gómez Rubí» y los Comités de Ética Asistencial, en su artículo 3.1. señala que el Consejo Asesor Regional de Ética Asistencial «Dr. D. Juan Gómez Rubí» estará integrado por los siguientes miembros:

"a) Presidente: el titular de la Consejería de Sanidad o persona en quien delegue.

b) Vicepresidente: el Secretario Autonómico de Atención al Ciudadano, Ordenación Sanitaria y Drogodependencias o persona en quien delegue.

c) Vocales: se nombrarán tantos miembros suplentes como titulares.

- Cinco expertos, nombrados por el titular de la Consejería de Sanidad a propuesta de la Secretaría Autonómica de Atención al Ciudadano, Ordenación Sanitaria y Drogodependencias, oídos los Colegios Profesionales respectivos, entre Licenciados en Medicina, Biología, Psicología, Farmacia, Bioquímica o Ciencias de la Salud o Diplomados en Enfermería u otros Diplomados Sanitarios, o Técnicos Especialistas con conocimientos y experiencia acreditada en bioética. En ningún caso, estos expertos actuarán en representación de la Administración Regional. Al menos uno de estos miembros deberá pertenecer al Cuerpo Superior Facultativo, Opción Inspección Médica o Inspección Farmacéutica.

- Dos Licenciados en Derecho, con conocimientos y experiencia en derecho sanitario y bioética, nombrados por el titular de la Consejería de Sanidad a propuesta de la Secretaría Autonómica de Atención al Ciudadano, Ordenación Sanitaria y Drogodependencias.

- Dos profesores de las Universidades públicas de Murcia, de reconocido prestigio por sus conocimientos en Humanidades o Ciencias Sociales, Ética Biomédica, Deontología y/o Derecho Sanitario, nombrados por el titular de la Consejería de Sanidad a propuesta de la Universidad respectiva.

- Una persona ajena a las profesiones sanitarias, nombrada por el titular de la Consejería de Sanidad a propuesta de la Secretaría Autonómica de Atención al Ciudadano, Ordenación Sanitaria y Drogodependencias.

d) Secretario: un Licenciado en Derecho, de la Secretaría Autonómica de Atención al Ciudadano, Ordenación Sanitaria y Drogodependencias, designado por la misma, que actuará con voz pero sin voto.

2. Los Vocales serán nombrados por un periodo de tres años, prorrogable por otros tres".

Habiendo transcurrido el plazo por el que habían sido nombrados los miembros titulares del actual Consejo es necesario el nuevo nombramiento de vocales mediante Orden para llevar a cabo la renovación del Consejo, nombrando nuevos vocales titulares y suplentes y secretario, agradeciendo a todos los miembros salientes su labor y dedicación.

Oídos los Ilustres Colegios Oficiales de Médicos, Farmacéuticos y Enfermería de la Región de Murcia y conforme a las propuestas del Excmo. Sr. Rector Magnífico de la Universidad de Murcia y la del Ilmo. Sr. Director General de Planificación, Farmacia e Investigación Sanitaria,

Dispongo:

Primero. Nombrar como Vocales titulares y Secretario del Consejo Asesor Regional de Ética Asistencial «Dr. D. Juan Gómez Rubí», a las siguientes personas:

Vocales Expertos: (a propuesta de la DG y oído Colegio Profesional respectivo:
Roque Martínez Escandell
Juana María Marín Martínez
Beatriz Sebastián Vicente
Ana Aranda García
Esther Baeza Pereñíguez
Vocal ajena a la Profesión Sanitaria: (a propuesta de la D.G):
María Dolores López Alacid
Vocales Licenciados en Derecho: (a propuesta de la DG)
Nuria Guzmán Aroca
Teresa García Calvo
Vocales profesores de Universidad pública (a propuesta de la misma):
Luis Miguel Pastor García
Juan Antonio Fernández Campos
Secretario: Jesús Cárcar Benito

Segundo.- Nombrar como Vocales suplentes del Consejo Asesor Regional de Ética Asistencial «Dr. D. Juan Gómez Rubí», a las siguientes personas:

Vocales Expertos (a propuesta de la DG y oído Colegio Profesional respectivo):
José Manuel Allegue Gallego
Javier Júdez Gutiérrez
Joaquín Jiménez González
Carmelo Gómez Martínez
Remedios Beltrán García
Vocal ajeno a la Profesión Sanitaria (a propuesta de la D.G):
Ámbar María Montesdeoca Iglesias

Vocales Licenciados en Derecho: (a propuesta de la DG)

Federico Donoso Paredes
José M.ª Fernández Soria
Vocales profesores de Universidades Públicas (a propuesta de la misma):
José Ramón Salcedo Hernández
Belén Andreu Martínez.

Tercero.- Delegar la presidencia del Consejo Asesor Regional de Ética Asistencial «Dr. D. Juan Gómez Rubí», en el titular de la Dirección General de Planificación, Farmacia e Investigación Sanitaria, el cual podrá delegar su Vicepresidencia en otra persona, mediante resolución de delegación del mismo, que se anexará, en su caso, a la presente orden.

Cuarto.- Los presentes nombramientos surtirán efecto desde el día de hoy y por un período de tres años, dando cuenta de ellos en la primera sesión del Consejo que se celebre.

Disposición derogatoria

Queda derogada la Orden de la Consejería de Sanidad y Política Social de 20 de octubre de 2020 por la que se procedió al nombramiento y renovación de vocales del Consejo Asesor Regional de Ética Asistencial «Dr. D. Juan Gómez Rubí», así como cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo establecido en la presente Orden.

En Murcia, 23 de mayo de 2024. El Consejero de Salud, Juan José Pedreño Planes.

NPE: A-110624-2946

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