Resolución de 17 de abril de 2024, de la Dirección General de Formación Profesional, Enseñanzas de Régimen Especial y Educación Permanente por la que se dictan instrucciones sobre la admisión y la matriculación del alumnado en la Escuela Superior de Diseño de la Región de Murcia para el curso 2024-2025.

I. Comunidad Autónoma

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación, Formación Profesional y Empleo

2188 Resolución de 17 de abril de 2024, de la Dirección General de Formación Profesional, Enseñanzas de Régimen Especial y Educación Permanente por la que se dictan instrucciones sobre la admisión y la matriculación del alumnado en la Escuela Superior de Diseño de la Región de Murcia para el curso 2024-2025.

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en su artículo 45.2.c, incluye entre las enseñanzas artísticas superiores los Estudios Superiores de Diseño.

Los planes de estudios y la ordenación de los Estudios Superiores de Diseño se han establecido para la Región de Murcia mediante la Resolución de 11 de marzo de 2024, de la Dirección General de Formación Profesional, Enseñanzas de Régimen Especial y Educación Permanente por la que se establece para la Región de Murcia el plan de estudios y la ordenación de los estudios superiores de Diseño, y se regula la prueba específica de acceso

Dando cumplimiento a lo establecido en el apartado 3 del resuelvo vigésimo cuarto de la citada resolución, se hace necesario establecer los plazos para la admisión y matrícula del alumnado en la Escuela Superior de Diseño de Murcia, incluyendo entre ellos el plazo extraordinario establecido en el resuelvo vigésimo noveno de la Resolución de 11 de marzo de 2024, de la Dirección General de Formación Profesional, Enseñanzas de Régimen Especial y Educación Permanente por la que se establece para la Región de Murcia el plan de estudios y la ordenación de los estudios superiores de Diseño, y se regula la prueba específica de acceso.

Visto lo anterior, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 19 de la Ley 7/2004, de 28 de diciembre, de organización y régimen jurídico de la Administración pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, y el artículo 5 del Decreto n.º 433/2023, de 14 de diciembre, por el que se establecen los Órganos Directivos de la Consejería de Educación, Formación Profesional y Empleo, esta Dirección General,

Resuelve:

Primero.- Objeto.

La presente resolución tiene por objeto dictar instrucciones sobre la admisión y matriculación del alumnado en la Escuela Superior de Diseño de la Región de Murcia para el curso 2024-2025.

Segundo.- Vías de admisión.

1. La admisión en la Escuela Superior de Diseño se efectuará a través de las siguientes vías, de acuerdo a lo establecido en el resuelvo vigésimo cuarto de la Resolución de 11 de marzo de 2024, de la Dirección General de Formación Profesional, Enseñanzas de Régimen Especial y Educación Permanente por la que se establece para la Región de Murcia el plan de estudios y la ordenación de los estudios superiores de Diseño, y se regula la prueba específica de acceso:

2. La admisión del alumnado en estos se podrá efectuar según las siguientes vías:

i. Acceso a primer curso:

I. Habiendo realizado la prueba de acceso en el propio centro en el que solicita la admisión

II. Habiendo realizado la prueba de acceso en un centro distinto.

III. Acceso directo

ii. Traslado de centro

iii. Readmisión

iv. Titulados en Diseño

3. El traslado y la readmisión en el centro sólo se admitirán para alumnado procedente de planes de estudios desarrollados al amparo del Real Decreto 633/2010, de 14 de mayo, por el que se regula el contenido básico de las enseñanzas artísticas superiores de Grado de Diseño establecidas en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. En su caso, los alumnos con estudios incompletos de planes de estudios anteriores deberán haber obtenido, de la Administración educativa a la que pertenezca el centro en el que dichos estudios quedaron inconclusos, autorización para continuarlos según el citado real decreto.

Una vez admitidos, se incorporarán al plan de estudios regulado por el Real Decreto 633/2010, de 14 de mayo, y establecido por la Resolución de 11 de marzo de 2024 anteriormente mencionada.

Tercero.- Solicitudes de admisión.

1. Quienes deseen cursar estudios en la Escuela Superior de Diseño de la Región de Murcia deberán presentar la solicitud de admisión. Esta solicitud no será necesaria en el caso de quienes soliciten la inscripción, para realizar en dicho centro, la prueba específica de acceso a los Estudios Superiores de Diseño, ya que el documento de inscripción en esta prueba incluye solicitud de admisión.

2. Para la cumplimentación de la solicitud deben acceder con la siguiente URL: https://sede.carm.es.

En el apartado "Registro y Guía de Procedimientos y Servicios" buscar el procedimiento: 1919 - "Admisión de alumnos a los Estudios Superiores de Diseño en la Escuela Superior de Diseño de la Región de Murcia".

Podrán optar por alguna de las dos opciones siguientes:

a) Con certificado digital, cl@ve o información conocida por ambas partes (clave concertada)

En estos casos la solicitud quedará firmada y presentada en el registro electrónico de la CARM.

a.1 Certificado digital: Los solicitantes deberán estar en posesión de su certificado digital de usuario, para identificarse al inicio del trámite y firmar electrónicamente su solicitud al final del proceso. Serán válidos al efecto tanto los certificados emitidos por alguna de las Entidades Certificadoras reconocidas por la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, que puede consultar en la dirección electrónica https://sede.carm.es, entre los que se encuentran el de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre (FNMT), así como el certificado electrónico de autenticación y firma electrónica incluido en el chip del DNI o Documento Nacional de Identidad Electrónico.

a.2 Cl@ve: Cuando no se disponga de certificado electrónico, solicitando la carta de invitación, que será enviada por correo postal al domicilio fiscal del interesado, y completando el registro con el código Seguro de Verificación (CSV) que consta en la carta. Este método de registro aportará un nivel de seguridad Básico.

Puede obtener más información sobre estos procedimientos en la Web: https://clave.gob.es/clave_Home/clave/queEs.html

a.3 Clave concertada:

· En caso de estudiantes mayores de edad, dados de alta en la aplicación de gestión Plumier XXI en cualquier enseñanza, podrán acceder y firmar la solicitud en nombre propio con NRE y su contraseña.

· En caso de estudiantes menores de edad, podrán acceder y firmar los padres y madres de alumnos dados de alta en Plumier XXI para cualquier enseñanza con DNI y clave de acceso, que es la misma que pueden utilizar en MIRADOR en la pestaña "Acceso padre/madre/Tutor legal"

· Los docentes de la Región de Murcia podrán acceder y firmar la solicitud con sus claves de acceso a la zona privada de Educarm.

b) Sin certificado digital

Igualmente hay que acceder a https://sede.carm.es, procedimiento 1919 - "Admisión y matrícula en la Escuela Superior de Diseño de Murcia. Completada la solicitud, si no hay posibilidad de firmarla electrónicamente, será necesario imprimirla. Una vez impresa, será necesario presentarla en registro junto a la carta de pago (una vez realizado el pago) y los documentos requeridos. Será presentada, preferentemente, en la secretaría de la Escuela Superior de Diseño, que actuará como registro. También se podrán presentar en el Registro General de la Consejería de Educación, Formación Profesional y Empleo situado en Avenida de la Fama, 15, de Murcia (código postal 30006), a través de Ventanilla Única o en los lugares establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

3. El solicitante indicará en la vía por la que solicita la admisión, la especialidad de los Estudios Superiores de Diseño y el curso al que pretende incorporarse.

4. Si el solicitante hubiera iniciado estudios en otro centro podrá solicitar su admisión únicamente por la vía de traslado, no pudiendo optar a la vía de acceso a primer curso, en concordancia con lo establecido en el apartado 3 del resuelvo vigésimo sexto de la citada Resolución de 11 de marzo de 2024. Quienes debiendo utilizar la vía de traslado concurran indebidamente a la de acceso a primer curso perderán la plaza que les hubiera podido corresponder en la Escuela Superior de Diseño de la Región de Murcia.

Cuarto.- Documentación necesaria.

1. Junto a la solicitud se requiere la aportación de documentación acreditativa de la identidad: documento nacional de identidad (DNI) o, en el caso de aspirantes no españoles, tarjeta de identidad de extranjeros (TIE) o pasaporte junto con certificado del número de identidad de extranjeros (NIE).

No es necesario adjuntar DNI, TIE o NIE si se autoriza a la administración a consultar por medios electrónicos los datos de estos documentos. Se entenderá que esta consulta es autorizada por los interesados, salvo que se opongan expresamente a ello marcando la casilla de oposición que figura en la solicitud, en cuyo caso deberán aportar el correspondiente documento, de acuerdo al artículo 28.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

2. Además, según la vía de admisión, se aportarán los documentos siguientes:

2.1. Vía de acceso a primer curso habiendo realizado la correspondiente prueba específica en otro centro: certificación emitida por el centro en que el solicitante hubiera realizado la prueba o por el órgano responsable de la convocatoria y gestión de la misma (según determine su propia normativa reguladora), en la que se haga constar:

a) Calificación final obtenida en la prueba específica.

b) Que la prueba ha sido superada en la convocatoria efectuada para el año 2024-2025.

2.2. Vía de acceso a primer curso con acceso directo:

a) Original y fotocopia, para cotejo, del título de Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño o del resguardo acreditativo de la solicitud del título.

b) Certificación original acreditativa de la calificación final del ciclo formativo de Artes Plásticas y Diseño cursado para obtener el título que se presenta. En el caso de que se alegue un título equivalente, la certificación se referirá a la calificación obtenida en el examen de reválida o en el proyecto final.

2.3. Vía de traslado de centro: certificación académica del centro de origen en la que se expresen las asignaturas cursadas y las materias a las que están adscritas así como las calificaciones obtenidas y los créditos ECTS correspondientes. La certificación deberá hacer referencia a la norma reguladora del plan de estudios.

2.4. Vía de readmisión: documentación justificativa, en su caso, de participación en un programa educativo transnacional, enfermedad grave u otras causas de fuerza mayor que motivaron el abandono de los estudios.

Quinto.- Plazos de presentación de la solicitud de admisión.

Los plazos para presentar las solicitudes de admisión en la Escuela Superior de Diseño de la Región de Murcia para el curso académico 2024-2025 serán los que se indican, para cada vía de acceso, en el anexo I de la presente resolución.

Sexto.- Oferta y publicidad de plazas vacantes.

1. La oferta de plazas vacantes de primer curso de los Estudios Superiores de Diseño, para el año académico 2024-2025, será la establecida en el anexo III de la presente resolución.

2. Con objeto de garantizar la preferencia en los procesos de admisión que les reconoce la normativa vigente, se reservará:

a) Un 10% para aquellos aspirantes que lo hagan mediante acceso directo, no pudiendo superar por esta vía el 20% de las vacantes asignadas a cada especialidad.

b) Un 5% en cada especialidad, para discapacidad o minusvalía igual o superior al 33%.


Séptimo.- Aspirantes de acceso directo. Adjudicación de plazas.

1. La admisión del alumnado con derecho a acceso directo procedente del grado superior en artes plásticas y diseño que no cumpla el requisito de titulación en los plazos establecidos en el anexo I de la presente resolución, quedará condicionada a la acreditación de encontrarse en disposición de obtener el Título de Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño. La adjudicación de plazas de aspirantes que, por poseer dicho título, concurran por la vía de acceso directo, se realizará por orden, de mayor a menor calificación final obtenida en el ciclo formativo, o en el examen de reválida o en el proyecto final, según los planes de estudios, siempre que no se supere por esta vía el 20% de las vacantes asignadas a cada especialidad.

2. Para la asignación de especialidad se respetará el orden de preferencia señalado por el aspirante en su solicitud de inscripción.

3. Cuando se produzcan empates entre aspirantes a una plaza, la adjudicación se dirimirá de acuerdo a la nota media del expediente académico.

4. La secretaría del centro elaborará una lista única en la que se relacione a todos los aspirantes, por orden de mayor a menor calificación final obtenida en el ciclo formativo de grado superior correspondiente al título alegado o en el examen de reválida o en el proyecto final, según los planes de estudios. La lista será firmada por el secretario y visada por el director.

5. En el tablón de anuncios y en la página web de la Escuela se publicará, en la fecha establecida en el anexo I, una relación provisional de aspirantes por acceso directo ordenados según el procedimiento expresado en el punto anterior, haciendo constar el número total de plazas reservadas para esta vía de acceso y los aspirantes admitidos.

6. En caso de disconformidad con la relación provisional, los aspirantes podrán presentar reclamación ante el director del centro en los cinco días hábiles siguientes a la publicación del listado.

7. La relación definitiva de aspirantes y la adjudicación de plazas por acceso directo se publicarán en el tablón de anuncios del centro, indicando la opción de recurso que señala el punto siguiente. Ambos plazos están establecidos en el anexo I.

8. Contra la relación definitiva de aspirantes por la vía de acceso directo podrá presentarse recurso de alzada ante la Dirección General de Formación Profesional, Enseñanzas de Régimen Especial y Educación Permanente que será quien resolverá. El citado recurso se podrá presentar en el plazo de un mes contado a partir de la fecha de publicación definitiva. La presentación del mismo no paralizará el desarrollo de los procedimientos de acceso.

9. Aquellos aspirantes que, no teniendo opción a plaza por la vía de acceso directo, deseen concurrir al acceso por el turno general, podrán hacerlo formalizando su inscripción en la convocatoria extraordinaria de las pruebas de acceso a los Estudios Superiores de Diseño convocadas por la Dirección General de Formación Profesional, Enseñanzas de Régimen Especial y Educación Permanente.

Octavo.- Turno general, readmisión y traslados. Adjudicación de plazas.

1. La adjudicación de las plazas en las distintas especialidades a solicitantes de las diversas vías será realizada por el Director de la Escuela Superior de Diseño aplicando los principios y criterios establecidos en los puntos de vigésimo quinto a vigésimo octavo de la Resolución de 11 de marzo de 2024, de la Dirección General de Formación Profesional, Enseñanzas de Régimen Especial y Educación Permanente por la que se establece para la Región de Murcia el plan de estudios y la ordenación de los estudios superiores de Diseño, y se regula la prueba específica de acceso.

2. La adjudicación de plazas a los aspirantes que hayan superado la prueba de acceso correspondiente a esta convocatoria se realizará por orden de mayor a menor calificación global en dicha prueba. Aquellos alumnos que soliciten la admisión y hayan realizado la prueba de acceso en otras comunidades autónomas sólo obtendrán plaza en caso de quedar vacantes.

3. Para la asignación de especialidad se respetará el orden de preferencia señalado por el aspirante en su solicitud de inscripción.

4. La adjudicación de plaza a los aspirantes vía traslado o readmisión estará supeditada a la existencia de plaza vacante en la especialidad y curso.

5. Cuando se produzcan empates entre aspirantes a una plaza, la adjudicación se dirimirá del siguiente modo:

· En el caso de aspirantes que hayan accedido mediante la prueba de acceso, la mejor nota obtenida en la segunda parte de la citada prueba.

· En el caso de haber accedido mediante las otras vías de admisión se tendrá en cuenta la nota media del expediente académico.

6. Las relaciones provisionales de admitidos en la Escuela Superior de Diseño de la Región de Murcia se harán públicas en las fechas que se indican en el anexo I.

7. En caso de disconformidad con la relación provisional, los aspirantes podrán presentar reclamación ante el director del centro en el plazo de tres días hábiles siguientes a la publicación de las listas.

8. La relación definitiva de aspirantes se publicará en el tablón de anuncios de la Escuela Superior de Diseño en las fechas indicadas en el anexo I.

9. Contra la relación definitiva de aspirantes se podrá presentar recurso de alzada ante la Dirección General de Formación Profesional, Enseñanzas de Régimen Especial y Educación Permanente en el plazo de un mes, contado a partir de la fecha de su publicación definitiva. La presentación del recurso de alzada no paralizará el desarrollo de los procedimientos de acceso.

10. En caso de quedar plazas sin adjudicar por la modalidad de reserva de plazas, éstas pasarán al turno general.

11. Las vacantes que se generen por la pérdida de plaza serán ofertadas a los solicitantes de la lista de espera.

Noveno.- Plazos de matrícula de los nuevos alumnos.

1. Los aspirantes incluidos en la lista definitiva de admitidos deberán formalizar su matrícula, utilizando los formularios que proporcionarán los centros y previo abono del correspondiente precio público, en los plazos establecidos en el anexo I

2. Quienes no formalicen la matrícula en el plazo señalado decaerán de su derecho a la plaza obtenida.

3. Si quedaran plazas vacantes disponibles una vez finalizados todos los plazos de matrícula establecidos, el centro podrá ofertar directamente las plazas vacantes al alumnado de la lista de espera de las pruebas de acceso para su matriculación. Una vez el centro comunique a los interesados la disponibilidad de plaza vacante en el centro, el alumno dispondrá de tres días hábiles para formalizar su matrícula.

Décimo.- Convocatoria extraordinaria.

1. Sólo en caso de quedar plazas vacantes sin adjudicar en la convocatoria ordinaria se autorizará el procedimiento extraordinario de admisión.

2. Los modelos de presentación de solicitudes son los mismos que los de la convocatoria de junio.

3. Los plazos del procedimiento de admisión en convocatoria extraordinaria se determinan en el anexo I.

Undécimo.- Matrícula del actual alumnado de la Escuela Superior de Diseño, así como de los traslados y readmisiones en el centro.

1. El centro publicará con la suficiente antelación el calendario con los plazos de matrícula para los actuales alumnos.

2. Los alumnos que accedan al centro por la vía de traslado o readmisión deberán hacerlo en el plazo establecido en el anexo I.

3. Al término de los exámenes correspondientes al primer cuatrimestre se abrirá un plazo para la solicitud de ampliación de matrícula en los términos establecidos en la Resolución de 11 de marzo de 2024, de la Dirección General de Formación Profesional, Enseñanzas de Régimen Especial y Educación Permanente por la que se establece para la Región de Murcia el plan de estudios y la ordenación de los estudios superiores de Diseño, y se regula la prueba específica de acceso.

Duodécimo.- Supervisión de los procedimientos de admisión.

Corresponde a la Inspección de Educación la supervisión del desarrollo de los procedimientos de admisión convocados por esta resolución.

Decimotercero.- Publicidad de los procedimientos.

1. Los centros que oferten plazas correspondientes a los Estudios Superiores de Diseño colocarán copia de estas instrucciones en sus tablones de anuncios y en la web de la escuela.

2. Con independencia de la inmediata publicidad que deberán dar a los plazos de admisión de alumnado, los centros confeccionarán con anterioridad al inicio del procedimiento resumen del calendario y plazos de los distintos procedimientos regulados en estas instrucciones, expondrán copia de la misma en sus tablones de anuncios y en la web de la escuela.

Decimocuarto.- Calendario Centros Autorizados de Diseño.

El calendario establecido para la admisión de alumnado en esta resolución es orientativo en el caso de los Centros Autorizados de Diseño de la Región de Murcia.

Decimoquinto.- Centros Autorizados de Diseño.

Los Centros Autorizados de Diseño, finalizado su proceso de admisión, deberán depositar los expedientes de sus alumnos en la Escuela Superior de Diseño antes del 31 de octubre, a efectos de formalización de matrícula.

Murcia, 17 de abril de 2024. El Director General de Formación Profesional, Enseñanzas de Régimen Especial y Educación Permanente, Luis Quiñonero Ruiz.

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