Resolución de la Dirección General de Patrimonio Cultural, por la que se incoa procedimiento de declaración de Bien de Interés Cultural, bajo la figura de Lugar de Interés Etnográfico, a favor del Caño de Espuña, en los términos municipales de Totana y Alhama de Murcia.
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I. Comunidad Autónoma
3. Otras disposiciones
Consejería de Turismo, Cultura, Juventud y Deportes
2154 | Resolución de la Dirección General de Patrimonio Cultural, por la que se incoa procedimiento de declaración de Bien de Interés Cultural, bajo la figura de Lugar de Interés Etnográfico, a favor del Caño de Espuña, en los términos municipales de Totana y Alhama de Murcia. |
Con fecha 22 de diciembre de 2016 la Fundación Caminos de Iberia presentó petición de declaración del Caño Espuña como bien de interés cultural (BIC), con categoría de Lugar de Interés Etnográfico. La petición va acompañada de una extensa y detallada memoria sobre el bien y un análisis de la propia conducción por tramos.
El artículo 13, apartado 2, de la Ley 4/2007, de 16 de marzo, de Patrimonio Cultural de la Región de Murcia, establece que se considerará incoado el procedimiento de declaración como bien de interés cultural si transcurrido el plazo de seis meses desde la solicitud del inicio del citado procedimiento no se hubiera acordado y notificado el mismo.
Tras el análisis de la documentación técnica e histórica aportada, así como las publicaciones realizadas, y a la vista de las impresiones obtenidas durante las visitas a la zona de estudio, queda de manifiesto que el Caño de Espuña constituye un bien integrante del Patrimonio Cultural de interés histórico, arqueológico, etnográfico, industrial (art. 1.2 de la Ley 4/2007) y ambiental. La importancia y el significado de los valores patrimoniales que atesora permiten asegurar que hay indicios suficientes para justificar su incoación como bien de interés cultural con la categoría de Lugar de Interés Etnográfico. Sin duda, se trata de un ejemplo único de ingeniería hidráulica todavía en funcionamiento que representa una cultura del agua heredada de época andalusí y vinculada al trabajo de extracción, transporte y almacenamiento para su uso.
Visto el informe técnico del Servicio de Patrimonio Histórico, de fecha 17 de abril de 2024, favorable al inicio del procedimiento para la clasificación como bienes integrantes del patrimonio cultural de la Región de Murcia con la categoría de bien de interés cultural, bajo la figura de Lugar de Interés Etnográfico, del Caño Espuña, y en el que se justifica los excepcionales valores del bien establecidos en el artículo 3 de la Ley 4/2007.
Considerando lo que dispone el artículo 13 de la Ley 4/2007, de 16 de marzo, de Patrimonio Cultural de la Región de Murcia, y en virtud de las atribuciones que me confiere el Decreto de Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia n.º 243/2023, de 22 de septiembre, por el que se establecen los Órganos Directivos de la Consejería de Turismo, Cultura, Juventud y Deportes,
Resuelvo:
1) Declarar expresamente iniciado el procedimiento de declaración de Bien de Interés Cultural, bajo la figura de Lugar de Interés Etnográfico, a favor del Caño de Espuña, en los términos municipales de Totana y Alhama de Murcia, cuya identificación y delimitación figuran en el anexo de esta resolución, así como sus valores y criterios de protección (expediente administrativo DBC 000001/2017).
2) De conformidad con lo dispuesto en el artículo 13.4 de la Ley 4/2007, determinar la aplicación provisional del mismo régimen de protección previsto para los bienes declarados de interés cultural al bien afectado por esta resolución de incoación.
3) Dar traslado de esta resolución al Ayuntamiento de Alhama de Murcia y al Ayuntamiento de Totana y hacerle saber que, según lo dispuesto en los artículos 13.4, 14, 15, 43 y 46.1 de la Ley 4/2007, de 16 de marzo, todas las actuaciones que hayan de realizarse en el lugar de interés etnográfico cuya declaración se pretende, no podrán llevarse a cabo, sin la previa autorización expresa de la Dirección General de Patrimonio Cultural, quedando en suspenso, en su caso, los efectos de las licencias ya otorgadas, así como la prohibición del otorgamiento de nuevas licencias urbanísticas, (salvo que se trate de obras por fuerza mayor, las cuales precisarán también la autorización de esta Dirección General). Será preceptiva la misma autorización para colocar cualquier clase de rótulo, señal o símbolo.
De acuerdo con lo que dispone el artículo 13.5 de la Ley 4/2007, esta resolución deberá ser notificada a las personas interesadas en el expediente, al Ayuntamiento de Alhama de Murcia y al Ayuntamiento de Totana, y publicada en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.
La presente resolución no pone fin a la vía administrativa y contra la misma puede interponerse ante la Excma. Sra. Consejera de Turismo, Cultura, Juventud y Deportes en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a su notificación o publicación, según lo dispuesto en el artículo 122.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en el artículo 13.2 de la Ley 4/2007.
Lo que se hace público a los efectos oportunos.
En Murcia, 19 de abril de 2024. El Director General de Patrimonio Cultural, José Francisco Lajara Martínez.
Anexo a la Resolución de la Dirección General de Patrimonio Cultural, por la que se incoa procedimiento de declaración de Bien de Interés Cultural, bajo la figura de Lugar de Interés Etnográfico, a favor del Caño de Espuña, en los términos municipales de Totana y Alhama de Murcia
1. Datos sobre el bien objeto de declaración.
1.1. Denominación.
Caño de Espuña (términos municipales de Totana y Alhama de Murcia)
1.2. Localización.
El Caño de Espuña se localiza en el corazón del Parque Regional de Sierra Espuña, espacio natural protegido de la Red Natura 2000 considerado Lugar de Importancia Comunitaria (LIC) y Zona de Especial Protección para las Aves (ZEPA). Aunque el caño tiene su inicio dentro del término municipal de Totana (Fuente del Sol), es en tierras alhameñas donde discurre prácticamente la totalidad de su largo trazado.
Situación en el Parque Regional.
Sierra Espuña es un territorio singular en la Región de Murcia por su riqueza biológica, geológica y también por su importancia en la historia de la gestión forestal española. Como buena parte de las montañas mediterráneas, su influencia en la historia y cultura de sus poblaciones interiores y limítrofes ha sido determinante como fuente de recursos imprescindibles. Los habitantes de Aledo, Alhama, Mula, Pliego y Totana, sus pedanías y caseríos aprovecharon como medio de subsistencia su madera, suelos fértiles, rocas, aguas y otros beneficios obtenidos de la naturaleza a través del ingenio humano.
El Parque Regional de Sierra Espuña por cuyo ámbito discurre buena parte del Caño de Espuña se caracteriza por presentar un paisaje forestal dominado por pino carrasco (Pinus halepensis) con comunidades vegetativas de carrascales en umbrías de calizas y dolomías, jarales en sustratos metamórficos y vegetación freatófila de ramblas y barrancos. En el Parque existen unas 915 especies de flora vascular inventariadas, 96 se encuentran protegidas a nivel regional, y unas 200 especies de vertebrados. Entre los invertebrados destacan 9 ortópteros endémicos del Sureste Español, y entre los lepidópteros el endemismo ibérico Aricia morronensis y el murciano Cupido carswelli.
La conservación de los valores naturales de este Espacio Protegido se remonta a 1917 con la inclusión de Sierra Espuña en el Catálogo Nacional de Espacios Naturales. En 1931 se nombra Sitio Natural de Interés Nacional y Parque Natural en 1978. En 1992 se declara el Parque Regional de Sierra Espuña por la Ley 4/1992 de Ordenación y Protección del Territorio de la Región de Murcia y su PORN es aprobado por Decreto en 1995. La singularidad ambiental de este Parque Regional ha motivado la propuesta para su incorporación en la Red Natura 2000, siendo Lugar de Importancia Comunitaria y Zona de Especial Protección para las Aves.
1.3. Descripción.
a) Inmueble objeto de la declaración.
El Caño de Espuña es una infraestructura hidráulica realizada de mampostería y mortero de cal. Nace en la Fuente de Espuña, junto al refugio de Fuente del Sol, y atraviesa a lo largo de su trazado los parajes del Río Espuña, la Fuente del Hilo, la Casa forestal de Huerta Espuña, la Fuente de la Sufría, la Fuente de la Teja, Fuente Bermeja, los Collados, Carmona, el Paso de Mula y Los Molinos de Alhama. En total presenta una longitud aproximada de 22 kilómetros, siendo la suma de varios tramos de caño al aire libre con algún sector puntual de galería subterránea.
Hay que señalar que la idea más generalizada y divulgada del Caño de Espuña es la de un canal de agua que se inicia en el corazón de la sierra, concretamente en la fuente del Sol, donde está la parte alta del río Espuña, y que desde ahí va descendiendo a lo largo de todo su recorrido hasta llegar al paraje de los Molinos donde está la gran balsa de Espuña, cerca ya de la población de Alhama. Sin embargo, atendiendo a su antigüedad y origen, podemos describirlo mejor identificando tres tramos bien diferenciados:
- El Caño Viejo. Esta obra se estima que data, al menos, del siglo XVI. Nace en el paraje de Carmona, en la presa vieja que hay en el lecho de la que, aproximadamente desde ahí, se conoce como rambla de los Molinos y que previamente a ese lugar se conoce como río Espuña. Es la obra hidráulica conocida más antigua, estrechamente ligada a la existencia de los aprovechamientos del agua de la cuenca del citado río desde el reinado de Alfonso X El Sabio. Sin embargo, podría datar de fechas anteriores, seguramente vinculados a los asentamientos musulmanes en la parte alta de la sierra (siglos XII-XIII), en el cabezo de los Castillicos, en el cabezo de la Mezquita o en el yacimiento del Molinico, junto al manantial de la Sufría (Azud Fría).
A continuación se plantean dos zonas de captación de la corriente de aguas del río Espuña, la zona alta de captación, entre la fuente del Sol y la del Perdigón y el barranco del Gallego y fuente Rubeos, y la zona media de captación, entre fuente Rubeos y Carmona, frente a la antigua central eléctrica. Ambas zonas describen el llamado caño de Huerta Espuña (1821), que las une para un mejor aprovechamiento de las aguas que se perdían por el lecho del río antes de la existencia de dicho caño.
- La zona alta de captación. En un recurso que dirigido por Francisco Giménez Castañeda, procurador síndico de la villa, en nombre de la villa de Alhama, el cual es dirigido a rey Carlos III en 1787 y cuyo fin es solicitar ayuda para el abastecimiento de agua desde Espuña, encontramos la pista que confirma que los aprovechamientos humanos de las aguas de la sierra datan de, al menos, siglos anteriores. En ese momento las aguas se canalizaban en cortos tramos hasta alcanzar el lecho del río, con una primera parte de obra para llevarlas e "incorporarlas en el río a la parte de arriba del Azud viejo", donde se unen las aguas de la fuente de la Sufría y donde proponen añadir obras para enlazar en este punto unas nuevas cañerías que habría que hacer provenientes de las tres fuentes de la Carrasca, del Marqués y del Hilo.
- En la parte media de la cuenca. Con anterioridad al siglo XX el agua seguía bajando río abajo, serpenteando por toda la umbría del Turullón y de los cabezos de Los Collados, bajo la solana de Cuevas Blancas y de Cueva Luenga, hasta llegar al paraje de Carmona por uno de los paisajes más extraordinarios de la sierra, donde está el origen del Caño Viejo o de los aprovechamientos ancestrales de las aguas de Espuña. En la entrada norte de Carmona, desde el río, es donde se concentra el sistema de captación de aguas pluviales y subterráneas de Espuña que va a dar lugar a esta importante obra hidráulica.
- El nuevo Caño de Espuña (1905-1912). Cuando se constituyó la Sociedad Eléctrica Alhameña (1904) se ideó la creación de un caño que evitase completamente el cauce y llevara el agua siempre por una gran obra hidráulica atravesando la sierra entre la fuente del Sol y el paraje de Los Molinos en Alhama. En él se distinguen a su vez tres secciones:
- Primera Sección: Desde la fuente del barranco de las sobrantes de Leiva a la fuente de la Teja, y desde ésta a la presa de Carmona. Desde la misma boca de la mina de la fuente de la Teja, donde el canal cruza el lecho de río, por toda la umbría del Turullón, con una extraordinaria vegetación de ribera y un ambiente húmedo de gran belleza natural, hasta llegar a Los Collados, paraje donde se encuentra el cruce de caminos entre La Bermeja, el collado Ballesteros y la desaparecida fuente del Paleto. Desde aquí va por la solana del cabezo de Carmona hasta lo alto de este paraje, donde empieza el gran salto de más de 210 metros de desnivel que llega al río Espuña, donde éste pierde su nombre para denominarse rambla de Los Molinos. Destacar en este canal el mayor acueducto de todo el sistema. Localizado en el cabezo de Carmona, concretamente en lo alto de la solana de Los Pechos, presenta una longitud de 90 metros y 2,90 de altura en su centro, cuenta con 19 ojos y fue construido en 1905. Asimismo, se localiza el depósito alto de Carmona, construido en 1912 para mantener y mejorar la regularidad del agua para la central eléctrica que se encuentra al pie del monte. Tiene una extensión de 514 metros cuadrados de planta irregular.
- Segunda Sección: Desde la fuente del Sol a la fuente de la Teja. El caño aquí cuenta con una galería en la que hay un importante alumbramiento de aguas, parte de cuyo caudal se aprovecha en la actualidad por las instalaciones del Parque Regional. Para librar el barranco de Argüelles se construyó un pequeño acueducto, siguiendo el canal hasta la fuente del Hilo y más adelante hasta la casa forestal de Huerta Espuña, donde se localiza un partidor que dirigía el agua a los viveros. El caño sigue rodeando el cabezo de los Castillicos, lugar de interés arqueológico, para caer al collado de la Mezquita y posteriormente a la fuente de la Sufría. Un acueducto salva el paso del río Espuña y permite seguir en dirección a la Bermeja. Tras un salto de 126 metros, el canal desciende directamente hasta la fuente de la Teja, último punto de esta sección.
- Tercera Sección: Desde la presa de Carmona a la balsa donde se depositan las aguas en el paraje de Los Molinos. En 1911 se inician las obras de construcción del canal, del salto y de la central eléctrica en la falda oeste de la sierra de La Muela. Finalmente los trabajos terminaron en 1912 con un canal que mide una longitud de 5.740 metros desde la Central de Carmona a la Parada de Valero, en el lomo de la sierra que está en las proximidades del Molino Nuevo.
b) Delimitación del bien afectado.
El bien que, bajo la figura de bien de interés cultural con categoría de Lugar de Interés Etnográfico, se considera necesario proteger está constituido por el propio trazado del Caño de Espuña que presenta una longitud construida de 22 kilómetros y cuya delimitación viene definida por las siguientes coordenadas de vértice U.T.M. Huso: 30 ETRS89, reflejadas en los planos de situación que se acompañan:
Vértice | Coordenadas X | Coordenadas Y |
1 | 628.337.660 | 4.191.113.707 |
2 | 629.495.788 | 4.191.270.455 |
3 | 630.736.477 | 4.191.047.965 |
4 | 631.661.544 | 4.191.752.590 |
5 | 632.989.785 | 4.192.191.590 |
6 | 633.612.676 | 4.191.879.991 |
Vértice | Coordenadas X | Coordenadas Y |
7 | 634.718.461 | 4.193.018.678 |
8 | 635.181.305 | 4.193.250.112 |
9 | 635.449.212 | 4.193.008.399 |
10 | 635.837.686 | 4.192.774.336 |
11 | 635.288.740 | 4.192.299.799 |
12 | 635.777.790 | 4.191.706.533 |
13 | 635.924.813 | 4.190.907.712 |
14 | 636.078.248 | 4.190.073.211 |
c) Enumeración partes integrantes.
El bien objeto de protección se compone del propio canal del Caño de Espuña, así como de una serie de elementos inmuebles que se encuentran a su paso a lo largo de todo su recorrido y que, por su vinculación con el citado canal, se incorporan a la declaración. Se trata de azudes, depósitos, piletas, tomas de agua, balsones y balsas, evacuadores, arquetas de contención de elementos sólidos, rampas para anfibios, presas, lumbreras, acueductos, puentes de paso, fuentes, sifones, lavaderos, partidores, saltos y escalones, así como el molino nuevo y los molinos del Marqués y la central de la Sociedad Eléctrica Alhameña.
1.4 Datos históricos.
El Caño de Espuña es una infraestructura hidráulica que reúne indicios fehacientes de su existencia desde el siglo XII y que ha sido modificado a los largo de los años, adecuándose a los tiempos según costumbres y necesidades de los herederos constituidos en el Heredamiento de la corriente de aguas de la vertiente de Espuña. Esta infraestructura histórica no ha tenido siempre la misma base ni idéntica estructura, ya que ha ido evolucionando en su construcción adaptándose a los medios disponibles y los conocimientos evolucionados de sus gestores y principales aprovechamientos.
A lo largo del tiempo, esta obra se ha ido conociendo de distintas formas. Los estudios documentados empiezan a aparecer a partir del siglo XIV cuando Alfonso XI habla en el "Libro de la Montería" habla de las fuentes de Sierra Espuña, de lo que se deduce que, al ser conocidas, habrían suscitado interés tanto a nivel local como general, ya que la villa de Alhama había sido de realengo y pasa a formar parte de las posesiones de la familia Fajardo por donación del rey Juan I de Castilla en 1387.
Nunca el clima fue favorable en esta parte de la península ibérica para facilitar el desarrollo relacionado con el agua, pero la pertinaz insistencia de sus pobladores no ha cedido nunca en el empeño. Lo podemos apreciar en el caso del pleito que mantuvieron en 1589 en la chancillería de Granada los vecinos de Alhama de Murcia y el Señor de la Villa, el marqués de los Vélez por causa de "...la propiedad de las aguas de las fuentes de Espuña...". De lo que ahí se relata ya se da cuenta de que existía una infraestructura hidráulica para traer las aguas de Espuña a la huerta de la villa, señalando también la balsa y el molino del Marqués, el denominado "Caño Viejo" en los documentos revisados.
A partir de este momento sabemos que ya existe una organización de los vecinos del pueblo y que, muy probablemente, venga de tiempo atrás, a falta de encontrar las referencias que nos lo vaya confirmando, del periodo precristiano.
En 1699 se promulgan las "Ordenanzas para la guarda y conservación de la huerta y regadíos de Alhama" con la intención de que tanto la Justicia del Concejo como los vecinos de la villa guarden y observen lo que en ella se manda. La edita el Corregidor S. Ojeda en nombre del rey Carlos II El Hechizado. Los capítulos de dichas Ordenanzas fueron leídos en la plaza pública para ser oída por todos los vecinos del pueblo el diez de agosto de 1699, previa convocatoria pública por parte de pregones y tocada de campana.
En ellas se trata de reglamentar todas aquellas cuestiones relacionadas con la tierra y su riego, así como otros usos propios del agua. En primer lugar determina el territorio de huerta donde llega el agua de riego instalando unos mojones para delimitarlo y relata toda una serie de normas de usos de todo lo relacionado con las labores propias.
En un momento determinado incluye cuestiones relacionadas con los molinos de la acequia de Espuña y de su uso como abastecimiento de agua potable a la villa. Esta cuestión hace pensar que ya existe desde al menos el siglo XVIII el Heredamiento de Aguas de Espuña como entidad gestora de las canalizaciones y balsas de las corrientes, bajo el amparo del "Consejo de Justicia del Regimiento de la Villa". También se refieren diversas ordenanzas a la gestión de las acequias, balsas y fuentes.
Aunque gran parte de los regadíos de Alhama han estado ligados a este caño, en 1760 se incorporó un nuevo aprovechamiento, la molienda del grano, y en 1904 se construyó una central hidroeléctrica para sacar rendimiento al desnivel de 200 metros del caño. Unos años después se construyó la desaparecida central hidroeléctrica de la balsa de Los Pechos.
En este sentido, y a modo de ejemplo del uso de las aguas para riego de los campos de Alhama y su huerta, Ricardo Codorníu escribiría en 1900:
Se hizo presente en la primera memoria que redactamos, que fue la de reconocimiento de la cuenca del Guadalentín, la conveniencia de empezar los trabajos por Espuña, no bajo el punto de su acción en las avenidas e inundaciones de carácter general, sino por ser la sierra donde en más breve tiempo podían emprenderse operaciones de repoblación y en la que por sus condiciones especiales se presentarían y habríamos de resolver cuantos problemas pudiéramos hallar más tarde en el resto de la cuenca, sirviendo de escuela práctica al personal. Añadíamos que serían los trabajos que se efectuaran altamente beneficiosos, ya que en dicha sierra nacen los manantiales que riegan los productivos viñedos de Alhama y los incomparables huertos de naranjos de Totana y por el gran valor que allí tiene el agua para riego.
1.5. Estado de conservación.
A pesar de que el Caño de Espuña presenta en términos generales un buen estado de conservación, se hace necesario un mantenimiento y limpieza permanente de la obra, ya que en todo su recorrido aparecen elementos vegetales que cada año amenazan o dificultan el paso de agua. La caída de tierra al cauce también es una amenaza constante debido fundamentalmente al efecto erosivo de la lluvia. En los tramos de saltos de agua es imprescindible la recuperación de los escalones de servicio. Asimismo, se hacen necesarias intervenciones puntuales de conservación en alguno de los acueductos que presentan pérdidas de fábrica con el fin de garantizar su estabilidad e integridad.
Atendiendo a los distintos tramos y a los elementos presentes en cada uno de ellos, la situación actual del Caño es la siguiente:
- En un primer tramo ha sido afectado por diferentes fases de lluvia torrencial en los últimos años, por lo que ha recibido actuaciones de mantenimiento por acciones de voluntariado en diversas ocasiones. En el año 2015 el Parque Regional de Sierra Espuña realizó un programa de restauración de la obra siguiendo estrictos métodos de obra antigua y tradicional, por lo cual se encuentra en excelente estado de conservación. A raíz de estas actuaciones se ha establecido un plan especial de protección ya que su mayor amenaza es la escasez de agua que de forma natural le nutre en la cabecera.
- Un segundo tramo, el más extenso, está en una situación de subsistencia debido a las aportaciones de caudales de los diferentes manantiales contribuyentes. Soporta acciones básicas de mantenimiento por parte del Heredamiento de Aguas de Espuña, fundamentalmente referidas al aprovechamiento de su agua especialmente. La infraestructura de obra sufre importantes deterioros debidos al abandono de la obra y a la acción natural de la vegetación de su entorno inmediato. El agua circula adecuadamente en general en todo el trayecto.
- En el tercer tramo la base estructural del caño está enterrada en parte y en fase de deterioro por abandono debido a que el agua, el objeto principal del mismo, está entubada y oculta. Necesita obras de mantenimiento y puesta en valor de la servidumbre de paso, lo que garantizaría su visibilidad, mantenimiento de obra y aprovechamiento recreativo y patrimonial. Al haber salvaguardado el aprovechamiento del agua por el entubamiento se ha olvidado la conservación de la obra tradicional, objeto esencial de los valores patrimoniales del valor.
- El tramo final, construido a finales del siglo XIX y mediados del XX, tuvo por objeto el aprovechamiento industrial del acueducto, tanto para aprovechamiento para crear energía eléctrica como para el funcionamiento de los molinos de la zona. Su aprovechamiento original ha estado en funcionamiento hasta la mitad del siglo pasado, cuando su utilización del agua dejó de ser necesaria debido al desarrollo de otras infraestructuras energéticas. Su estado es aceptable y puede ser recuperable en todo su recorrido prácticamente.
Señalar en este punto la labor de voluntariado orientada a tareas de conservación y mantenimiento del Caño de Espuña que por parte de Natursport se ha realizado en estos últimos años.
1.6. Uso actual.
Riego y abastecimiento de agua por parte del Heredamiento de Aguas de Espuña. A pesar del tiempo que tiene la obra hidráulica, el Caño de Espuña sigue cumpliendo su finalidad fundamental que es la de conducir el agua a su destino final en Alhama, lo que determina que aún exista la infraestructura histórica, ya que alguno de sus ramales tributarios se encuentran en grave estado y en peligro de desaparición por su falta de uso.
1.7. Criterios de intervención.
Las actuaciones en el Caño de Espuña deberán ir encaminadas a su conservación, consolidación y mejora, conforme a los siguientes criterios:
- Se respetarán las características constructivas esenciales del bien, sin perjuicio de que pueda autorizarse el uso de elementos, técnicas y materiales actuales.
- Se conservarán las características volumétricas y espaciales definidoras del bien, así como las aportaciones de distintas épocas cuando no sean degradantes para el bien. No obstante, excepcionalmente, podrán autorizarse modificaciones volumétricas y espaciales debidamente justificadas.
- Se evitará la reconstrucción total o parcial del bien, excepto en los casos en que se utilicen partes originales, así como las adiciones miméticas que falseen su autenticidad histórica. No obstante, se permitirán las reconstrucciones totales o parciales de volúmenes primitivos que se realicen a efectos de percepción de los valores culturales y del conjunto del bien. Del mismo modo, se admitirán las reconstrucciones que se realicen para corregir los efectos del vandalismo, de las inclemencias naturales, del incumplimiento del deber de conservación o de obras ilegales.
- Una vez finalizada la intervención, el director técnico entregará a la dirección general con competencias en materia de patrimonio cultural una memoria detallada de la actuación ejecutada y de los tratamientos aplicados, así como documentación gráfica del proceso.
1.8. Justificación.
El Caño de Espuña constituye un ejemplo de patrimonio hidráulico único formado por el propio canal, acueductos, depósitos, presas, molinos y un buen número de obras ligadas al transporte y almacenamiento de agua desde el corazón de Sierra Espuña, un recurso indispensable para interpretar el asentamiento y aprovechamiento humano por las poblaciones medievales del entorno de Alhama, tal y como revelan yacimientos como Los Castillicos, el cabezo de La Mezquita o Cequicas en El Berro.
Se trata de uno de los conjuntos hidráulicos de mayor relevancia histórica y monumentalidad de la Región, con un elevado interés patrimonial por su extensión territorial, riqueza y número de elementos que lo integran, y su destacado papel como canal de riego y abastecimiento desde época medieval.
El Caño de Espuña posibilitó un modelo de ocupación agrícola y de aprovechamiento (producción de cereal; energía eléctrica) cuya herencia es todavía reconocible, no solo por los elementos que lo conforman, sino también por las particulares formas del uso del agua y del suelo que han tenido lugar a lo largo de los siglos.
Con el tiempo sus infraestructuras han ido evolucionando, permaneciendo en uso hoy día con un estado de conservación satisfactorio. Además, presenta unas buenas condiciones de observación, accesibilidad y disfrute en un valioso enclave ambiental, un potencial de uso entre los visitantes del Parque Regional que le atribuye un interés añadido.
Concurren por tanto en este bien una serie de valores no solo intrínsecamente históricos y patrimoniales, sino también otros de naturaleza simbólica, cultural, paisajística, ambiental y etnográfica.