Orden de 19 de abril de 2024 de la Consejería de Educación, Formación Profesional y Empleo por la que se aprueba la relación de personas que han superado los estudios conducentes a la obtención del "Certificado oficial de formación pedagógica y didáctica equivalente" en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, en su décima edición.

I. Comunidad Autónoma

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación, Formación Profesional y Empleo

2077 Orden de 19 de abril de 2024 de la Consejería de Educación, Formación Profesional y Empleo por la que se aprueba la relación de personas que han superado los estudios conducentes a la obtención del "Certificado oficial de formación pedagógica y didáctica equivalente" en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, en su décima edición.

El día 23 de septiembre de 2011 se publicó la Orden EDU/2645/2011 por la que se establece la formación equivalente a la formación pedagógica y didáctica exigida para aquellas personas que, estando en posesión de una titulación declarada equivalente a efectos de docencia, no pueden realizar los estudios de máster. Esta orden define los requisitos de los estudios que conducen a la formación pedagógica y didáctica equivalente, correspondiendo a las Administraciones Educativas, entre otros aspectos, la determinación de las instituciones educativas que puedan ofertar estos estudios en su ámbito de gestión, así como la emisión de un certificado oficial, con validez en todo el territorio nacional, que acredite la posesión de la referida formación.

La Orden de 28 de marzo de 2012, de la Consejería de Educación, Formación y Empleo, determina las instituciones educativas que, en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, pueden ofertar los estudios conducentes a obtener la certificación oficial que acredite estar en posesión de la formación equivalente a la formación pedagógica y didáctica exigida en el artículo 100 de la Ley Orgánica 2/2006 de 3 de mayo, de Educación, para aquellas personas que, por razones derivadas de su titulación, no puedan acceder a los estudios de máster, y establece el modelo de dicha certificación oficial. En el dispongo segundo de la orden anterior, en su redacción dada por la Orden de 24 de enero de 2020, que la modifica, se establece que la consejería con competencias en educación publicará en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, un máximo de dos órdenes para cada edición de los mencionados estudios con la relación de las personas que han superado los mismos con evaluación positiva. Además, emitirá para dichas personas un certificado oficial con validez en todo el territorio nacional.

La citada orden, además, autoriza a la Universidad de Murcia y la Universidad Politécnica de Cartagena para impartir en la Región de Murcia los estudios del "Certificado oficial de formación pedagógica y didáctica equivalente".

Con fecha 23 de noviembre de 2017 se suscribe el convenio de colaboración entre la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, a través de la Consejería de Educación, Juventud y Deportes, la Universidad de Murcia y la Universidad Politécnica de Cartagena, para la impartición de los estudios conducentes a la obtención del "Certificado oficial de formación pedagógica y didáctica equivalente". Al amparo de lo establecido en su cláusula octava, este convenio es prorrogado por un periodo de cuatro años adicionales por todas sus partes con fecha de 22 de noviembre de 2021.

Las universidades autorizadas, al amparo del mencionado convenio, convocaron conjuntamente y de manera semipresencial, el curso para la obtención de la certificación oficial de formación pedagógica y didáctica equivalente, constando de 60 ECTS.

Asimismo, tal y como se indica en la cuarta cláusula del mencionado convenio, las universidades convocantes han remitido a la Consejería de Educación, Formación Profesional y Empleo el acta con la relación de personas que han superado los estudios y reúnen los requisitos para la expedición del "Certificado oficial de formación pedagógica y didáctica equivalente" en su décima edición celebrada en el periodo comprendido entre el 30 de septiembre de 2023 y el 31 de marzo de 2024.

En su virtud, y a propuesta de la Dirección General de Recursos Humanos, Planificación Educativa e Innovación


Dispongo:

Primero.- De conformidad con el expediente remitido a esta Consejería por parte de las universidades convocantes, aprobar la relación de alumnado que ha obtenido la calificación de apto en los citados estudios en su décima edición, y que figura como anexo a esta orden.

Segundo.- Proceder a la emisión de los certificados correspondientes, con validez en todo el territorio nacional, que acredita haber superado los mencionados estudios y poseer la formación pedagógica y didáctica equivalente a la exigida en el artículo 100.2 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.

Contra la presente orden, que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante esta misma Consejería en el plazo de un mes desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, en virtud de los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien formular recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de su publicación, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, de acuerdo con los artículos 8.2 c) y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosa-Administrativa, todo ello sin perjuicio de que la persona interesada interponga cualquier otro que considere oportuno para la defensa de sus derechos.

Murcia, 19 de abril de 2024. El Consejero de Educación, Formación Profesional y Empleo, Víctor Javier Marín Navarro.


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