Resolución del Secretario General de Medio Ambiente, Universidades, Investigación y Mar Menor, por la que se acuerda la publicación del Contrato-Programa para 2024 entre la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, a través de la Consejería de Medio Ambiente, Universidades, Investigación y Mar Menor, y la Fundación Séneca-Agencia de Ciencia y Tecnología de la Región de Murcia.

I. Comunidad Autónoma

3. Otras disposiciones

Consejería de Medio Ambiente, Universidades, Investigación y Mar Menor

2072 Resolución del Secretario General de Medio Ambiente, Universidades, Investigación y Mar Menor, por la que se acuerda la publicación del Contrato-Programa para 2024 entre la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, a través de la Consejería de Medio Ambiente, Universidades, Investigación y Mar Menor, y la Fundación Séneca-Agencia de Ciencia y Tecnología de la Región de Murcia.

Visto el contrato-programa para 2024 entre la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, a través de la Consejería de Medio Ambiente, Universidades, Investigación y Mar Menor, y la Fundación Séneca-Agencia de Ciencia y Tecnología de la Región de Murcia, suscrito por ambas partes el 27 de abril de 2024, teniendo en cuenta qué tanto el objeto del Contrato Programa como las obligaciones establecidas en el mismo regulan un marco de colaboración que concierne al interés público de esta Consejería, y a los efectos de lo dispuesto en el artículo 14 del Decreto Regional 56/1996, de 24 de julio, sobre tramitación de los convenios en el ámbito de la Administración Regional.

Resuelvo:

Ordenar la publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia del contrato-programa para 2024 entre la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, a través de la Consejería de Medio Ambiente, Universidades, Investigación y Mar Menor y la Fundación Séneca-Agencia de Ciencia y Tecnología de la Región de Murcia, que se inserta a continuación.

Murcia, 29 de abril de 2024. El Secretario General, Enrique Ujaldón Ibánez.


Contrato Programa para 2024 entre la Consejería de Medio Ambiente, Universidades, Investigación y Mar Menor y la Fundación Séneca-Agencia de Ciencia y Tecnología de la Región de Murcia

En Murcia, 27 de abril de 2024

Partes intervinientes

De una parte, el Excmo. Sr. D. Juan María Vázquez Rojas, en su condición de titular de la Consejería de Medio Ambiente, Universidades, Investigación y Mar Menor adquirida en virtud del Decreto del Presidente n.º 31/2023, de 14 de septiembre (BORM núm. 213, de 14 de septiembre de 2023) modificado por Decreto del Presidente n.º 42/2023, de 21 de septiembre (BORM núm. 220, de 22 de septiembre de 2023), de reorganización de la Administración Regional, Consejería de la que depende funcionalmente la Fundación Séneca-Agencia de Ciencia y Tecnología de la Región de Murcia, coadyuvando a la consecución de sus fines (art. 128.2.2º de la Ley 40/2015, de 1 de octubre).

De otra parte, D. Antonio González Valverde, Director de la Fundación Séneca- Agencia de Ciencia y Tecnología de la Región de Murcia, en nombre y representación de la misma, en virtud de autorización otorgada por Acuerdo del Patronato de la Fundación de fecha 13/12/2023 y 25/3/2024.

Intervienen en función de sus respectivos cargos y en ejercicio de las facultades que a cada uno le están conferidas y con plena capacidad para formalizar el presente Contrato-Programa.

A tal efecto,

Exponen:

Primero.- La Ley 7/2004, de 28 de diciembre, de Organización y Régimen Jurídico de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia establece en su Disposición Adicional Sexta ("Medidas de control de los entes instrumentales"), apartado 2º ("Contrato programa") que "Anualmente deberá suscribirse un contrato programa entre cada Consejería y los entes del sector público que a ella estén adscritos, para determinar los objetivos a alcanzar y los recursos que se ponen a su disposición, con expresión de indicadores que permitan medir su grado de consecución".

Segundo.- La Ley 14/2012, de 27 de diciembre, de medidas tributarias, administrativas y de reordenación del sector público regional, atribuye en su artículo 14 a la Consejería competente en materia de hacienda la facultad de dictar instrucciones de obligado cumplimiento, con carácter particular o general, para los entes a los que resultan de aplicación lo previsto en el Título III de esta ley ("Reordenación del Sector Público Regional"), en las materias objeto de su competencia y, en particular "sobre contratos programa a suscribir con la Consejería a la que estén adscritos" (letra e).

Tercero. - Los contratos programa constituyen el instrumento adecuado de relación entre los entes creados por la Administración para cumplir de forma eficiente con unos objetivos acordes con su objeto social y el de los órganos (Consejerías) que tienen atribuido el control de aquéllos y el seguimiento del cumplimiento de los mismos. El contrato programa debe elaborarse aplicando su normativa específica (Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones y Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento que la desarrolla).

Asimismo, la Disposición Adicional Trigésima Cuarta de la Ley 4/2023, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2024, dispone que "Durante el año 2024 las entidades dependientes o vinculadas a la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia deberán relacionarse con ella, a través de la Consejería de la que dependan, mediante la suscripción de un contrato-programa en el que se concreten, entre otros aspectos, los objetivos que se asignen, así como las estrategias y su correspondiente financiación. El control de su cumplimiento corresponderá a la consejería que lo haya suscrito, sin perjuicio del que pueda ejercer la consejería competente en materia de hacienda".

Cuarto?.- El Decreto del Presidente n.º 42/2023, de 21 de septiembre, de reorganización de la Administración Regional, atribuye en su artículo 8 a la Consejería de Medio Ambiente, Universidades, Investigación y Mar menor, "la propuesta, desarrollo y ejecución de las directrices generales del Consejo de Gobierno en materia de Universidades, y de fomento y coordinación general de la investigación y el desarrollo científico y técnico, así como la innovación científica y la promoción de la transferencia de conocimiento, la generación de valor desde la ciencia hacia la sociedad, fomentando la conexión de los resultados de la investigación desde los organismos públicos y privados de I+D con la sociedad y el mercado a través de la I+D+I científico tecnológica".

Quinto.- La Fundación Séneca-Agencia de Ciencia y Tecnología de la Región de Murcia (en adelante, Fundación Séneca) es una entidad del sector público autonómico, sin ánimo de lucro, constituida por la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia en escritura pública de fecha 20 de diciembre de 1996 ante el Notario de Murcia D. Carlos Peñafiel del Río, con el número 3425/96 de su protocolo, como Fundación docente, y con número 15 de inscripción en el Registro de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

El objeto de la Fundación Séneca, según el artículo 6 de sus Estatutos y el artículo 14 de la Ley 8/2007, de 23 de abril, de Fomento y Coordinación de la Investigación, el Desarrollo Tecnológico y la Innovación de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, es "contribuir al fomento y ejecución de la investigación científica y tecnológica de excelencia en todos los ámbitos del conocimiento, de la transferencia y aplicación de los resultados de la actividad investigadora y del aprecio social por la ciencia y la tecnología, como uno de los Agentes del Sistema Regional de Ciencia, Tecnología y Empresa".

El Patronato de la Fundación Séneca, en reunión de 13 de diciembre de 2023 (con las modificaciones introducidas en el patronato de 25 de marzo de 2024), aprobó el Plan de Actuación correspondiente al ejercicio 2024, sometiéndose a su consideración las líneas del Contrato-programa y recabándose del mismo, autorización para su suscripción por el Director de esta entidad, autorización, que fue concedida.

Por todo lo anteriormente expuesto, ambas partes acuerdan suscribir el presente Contrato-Programa para 2024 como herramienta que ha de guiar la actuación y la gestión de los responsables de la Fundación Séneca y del conjunto de profesionales de la organización, y que se dirige a la consecución de una serie de prioridades definidas y objetivos de esta entidad, de conformidad con las siguientes,


Cláusulas

Primera. Objeto del contrato-programa.

El presente Contrato-programa tiene por objeto regular la relación entre las partes para hacer efectiva la contribución de la Fundación Séneca al "fomento y ejecución de la investigación científica y tecnológica de excelencia en todos los ámbitos del conocimiento, de la transferencia y aplicación de los resultados de la actividad investigadora y del aprecio social por la ciencia y la tecnología, como uno de los Agentes del Sistema Regional de Ciencia, Tecnología y Empresa", tal como establece el art. 14.2.e) de la Ley 8/2007, de 23 de abril, de Fomento y Coordinación de la Investigación, el Desarrollo Tecnológico y la Innovación de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y conforme a su propia misión institucional, recogida en sus vigentes estatutos.

Dicha contribución se concreta en un conjunto de actuaciones incluidas en su Plan de Actuación anual 2024, aprobado en la reunión del Patronato de 13 de diciembre de 2023, y que forman parte integrante del presente Contrato-programa en los anexos adjuntos (I y II), en los que se describen las áreas operativas, las líneas y objetivos a desarrollar, se establecen los indicadores para el seguimiento de las mismas y se especifica la financiación prevista.

Segunda. Ámbito.

Constituye el ámbito del presente Contrato-programa el establecimiento de los objetivos a alcanzar por la Fundación Séneca a través de su Plan de Actuación 2024, los indicadores que permitan medir su grado de consecución y los recursos que con este fin se ponen a su disposición.

Tercera. Obligaciones de las partes.

A. Son obligaciones de la Fundación Séneca en relación con el presente Contrato-programa las siguientes:

• Hacer el seguimiento semestral o anual, según los casos, de los objetivos de los Planes Anuales de Actuación, elaborar de forma veraz y fidedigna los indicadores de ejecución de objetivos y facilitarlos a la Consejería de adscripción o a la Consejería competente en materia de hacienda o función pública.

• Cumplir diligentemente y en el menor plazo posible las peticiones de información y/o documentación que se reciban de la Consejería de adscripción o de la Consejería competente en materia de hacienda o función pública.

• Actuar con total transparencia en sus relaciones con otros agentes del Sistema y los ciudadanos en general, muy particularmente con la Consejería de adscripción, facilitando sin reservas la totalidad de la documentación, información, datos, estadísticas, cuentas y cuantos datos y documentos le sean requeridos.

• Mantener actualizada la página web corporativa de la Fundación, en la que se publiquen, además de los contratos programa, perfil del contratante, adjudicaciones y formalización de contratos, convocatorias de ayudas a la investigación y su resolución, memorias anuales de actividad, cuentas anuales y todas las actuaciones realizadas por la Fundación en el marco de su Contrato-programa.

• Elaborar anualmente, a través del Observatorio de Ciencia y Tecnología de la Fundación Séneca, y de conformidad con el artículo 33 de la Ley 8/2007, de 23 de abril, "un informe sobre el estado de la ciencia y la tecnología en la Región de Murcia" en el que se recojan los principales indicadores de la actividad científica y tecnológica de la Región. Dicho informe podrá ser solicitado por la Consejería competente en materia de política científica.

• Asumir la gestión de la comunicación, seguimiento y evaluación de las actuaciones de la Comunidad Autónoma en el marco de los Planes Complementarios en los términos de los Decretos 300/2021 y 301/2021, de 23 de diciembre, del Consejo de Gobierno de la CARM.

B. Son obligaciones de la Consejería de Medio Ambiente, Universidades, Investigación y Mar Menor, en relación con el presente Contrato-programa las siguientes:

• Proporcionar un interlocutor institucional en la Consejería, habilitado para ello y designado por la Dirección General competente en materia de fomento, coordinación y seguimiento de la política científica y de investigación, que represente un cauce abierto y permanente de consultas y aclaraciones sobre el modo de ejecutar el Contrato-programa y el Plan Anual de Actuación de la Fundación.

• Transferir a la Fundación Séneca un total de 9.843.612,00 €, imputándose a la partida presupuestaria 16.06.00.542D.431.03, proyectos 32004 (A FUNDACIÓN SÉNECA. GTOS GENERALES DE FUNCIONAMIENTO: 967.945,00 €); 50886 (A LA F. SENECA-PLAN ACCION-PGMA REG. DE CULTURA CIENTIFICA E INNOVADORA: 300.000 €); 50888 (R.M. A LA F. SÉNECA - PLAN ACCIÓN OBSERVATORIO CIENCIA Y TECNOLOGÍA R.M.: 100.000 €); 50889 A LA F. SÉNECA - PLAN ACCIÓN - PGMA FORTALEC INSTITUC - DES. SISTEMA REG CIENCIA, TE: 100.000 €); 50890 (A LA F. SÉNECA -PLAN ACCIÓN - PLANES COMPLEMENT. MRR. AUDITORÍA, CONSULTORÍA Y COMU: 100.000 €); 52114 (A LA FUNDACIÓN SÉNECA - CRECIMIENTO GENERAL RETRIBUTIVO 2024: 15.667,00 €); 50883 (A LA FUND SENECA-PLAN ACCION-PROG. REG. TALENTO INVESTIGADOR Y EMPLEABILIDAD: 2.440.000,00 €); 50884 (A LA FUND SENECA-PLAN ACCION-PROG. REG. FOMENTO INV.CIENTIFICA Y TECNICA DE EXCELENCIA: 5.000.000,00 €); 50885 (A LA FUND SENECA-PLAN ACCION-PROG. REG. APOYO TRANSF.Y VALORIZ.CONOC.Y EMPRENDIM.CIENTIF.: 500.000,00 €); 50887 (A LA FUND SENECA-PLAN ACCION-MOVI.,COLABORA INTERNAC E INTERCAMBIO DE CONOCIMIENTO: 320.000 €); de los Presupuestos Generales de la CARM del año 2024.

Las transferencias deberán hacerse efectivas de modo que permitan la disponibilidad en plazo de los fondos destinados a las Áreas Operativas relacionadas en los anexos I y II integrantes del Plan de Actuación de la Fundación Séneca para 2024, teniendo en cuenta su proceso de elaboración, publicación, evaluación y resolución.

• Asistir, informar y asesorar por los servicios técnicos, jurídicos, económicos e informáticos de la Consejería en todos los proyectos en los que el ente solicite su asistencia.

• Controlar la ejecución del presente contrato programa y los indicadores de cumplimiento de sus objetivos.

Cuarta. Plan anual de actuación.

La Fundación Séneca tiene como principal función el cumplimiento del objeto y fines recogidos en el art. 6 de sus Estatutos, plasmados en el Plan de Actuación que anualmente aprueba su Patronato.

El Plan de Actuación para año 2024 tiene previsto el desarrollo de acciones en las siguientes Áreas Operativas:

• 35-0-24-FUND-A01: Programa Regional de Talento Investigador y su Empleabilidad. Dotación inicial: 2.440.000,00 €.

• 35-0-24-FUND-A02: Programa Regional de Fomento de la Investigación Científica y Técnica de Excelencia. Dotación inicial: 5.000.000,00 €.

• 35-0-24-FUND-A03: Programa Regional de Movilidad, Colaboración Internacional e Intercambio de Conocimiento "Jiménez de la Espada". Dotación inicial: 320.000,00 €.

• 35-0-24-FUND-A04: Programa Regional de Apoyo a la Transferencia y Valorización del Conocimiento y el Emprendimiento Científico. Dotación inicial: 500.000,00 €.

• 35-0-24-FUND-A05: Programa Regional de Cultura Científica e Innovadora. Dotación inicial: 300.000,00 €.

• 35-0-24-FUND-A06: Observatorio de Ciencia y Tecnología de la Región de Murcia. Dotación inicial: 100.000,00 €.

• 35-0-24-FUND-A07: Fortalecimiento Institucional. Dotación inicial: 100.000,00 €.

• 35-0-24-FUND-A08: Comunicación, Seguimiento y Evaluación de los planes complementarios. Dotación: 100.000,00 euros.

La terminología utilizada en el Plan de Actuación se ha adaptado a la utilizada por la CARM en sus contratos-programa, de modo que los Programas Regionales se corresponderían con las Áreas Operativas (A), los Subprogramas con las Líneas de Actuación (L), y las Acciones con los Objetivos (OB).

El Contrato-programa tendrá un carácter flexible, de manera que podrá ir adaptándose al cumplimiento de los objetivos anuales previstos inicialmente y a las nuevas necesidades de programación, actividades y/o líneas de actuación que puntualmente puedan surgir. Con el fin de facilitar dicha adaptación, la Fundación deberá poner en conocimiento de la Consejería dichas modificaciones así como, la necesidad, en su caso, de su aprobación urgente.

El Plan de Actuación y la Planificación Estratégica para 2024 incluyen las acciones clave en investigación en los Programas citados, que se desarrollarán en línea con los instrumentos estratégicos y de planificación de las políticas de investigación e innovación que impulsa la Consejería de Medio Ambiente, Universidades, Investigación y Mar? Menor. La financiación de las ayudas que se concedan con cargo a los programas y acciones previstos en este contrato-programa se imputarán a las aplicaciones de los presupuestos de la Fundación Séneca para el año 2024. Las convocatorias quedan condicionadas a la existencia de crédito adecuado y suficiente. Las ayudas que tengan carácter plurianual quedan condicionadas a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el presupuesto de la Fundación en la anualidad correspondiente en que deban satisfacerse.

Quinta. Descripción de áreas operativas, líneas de actuación y objetivos.

Se incluye como Anexo I la descripción de las Áreas Operativas, las Líneas de Actuación y los Objetivos, que incorporan los indicadores establecidos para el seguimiento de las actuaciones puestas en marcha y la evaluación de los resultados.


Sexta. Resumen de costes y financiación por líneas de actuación.

Se incluye como Anexo II el Cuadro Resumen de costes y financiación de las Líneas de Actuación incluidas en el Plan Anual de Actuación, según la estructura económica de gastos e ingresos del presupuesto de la Fundación Séneca para 2024.

Los recursos económicos correspondientes se coordinarán con el contenido del Programa de Actuación, Inversiones y Financiación (PAIF, en adelante) de la Fundación para el año 2024.

Séptima. Publicación del contrato-programa, seguimiento y control de cumplimiento de objetivos.

Una vez suscrito por las partes, el presente Contrato-programa será objeto de publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, así como en el Portal de la Transparencia de la CARM creado por Acuerdo de Consejo de Gobierno de 30 de mayo de 2014.

Dentro del mes siguiente a la finalización de cada semestre natural, la Fundación Séneca elaborará un informe de seguimiento del presente Contrato-programa en el que se determinarán los indicadores de ejecución y se analizarán las causas y circunstancias más relevantes del resultado, que será remitido a la Consejería de Medio Ambiente, Universidades, Investigación y Mar Menor.

Y en prueba de conformidad con lo expuesto, ambas partes firman el presente Contrato programa para 2024, en el lugar y fecha de la firma electrónica.

Por la Consejería de Medio Ambiente, Universidades, Investigación y Mar Menor, el Consejero, Juan María Vázquez Rojas.

Por la Fundación Séneca-Agencia de Ciencia y Tecnología de la Región de Murcia, el Director, Antonio González Valverde.

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