Directrices generales que informan el Plan de Control Tributario del Ayuntamiento de Lorca para el año 2024.

IV. Administración Local

Lorca

2054 Directrices generales que informan el Plan de Control Tributario del Ayuntamiento de Lorca para el año 2024.

La Junta de Gobierno Local del Excmo. Ayuntamiento de Lorca, en sesión celebrada el día 5 de abril de 2024, a propuesta del Servicio de Inspección y Sanciones, ha adoptado el acuerdo de aprobar y publicar las directrices generales del Plan de Control Tributario del año 2024.

El fraude fiscal genera desconfianza entre los ciudadanos, distorsiona la competencia y el buen funcionamiento de la actividad económica. Por ello, la prevención y la lucha contra el fraude fiscal en el término municipal de Lorca son objetivos estratégicos fundamentales de la Agencia Tributaria.

Desde el punto de vista del control, las actuaciones de comprobación e investigación se desarrollarán sobre los obligados tributarios en los que concurran los perfiles de riesgos definidos en los instrumentos de planificación y, más concretamente, en el Plan de Control Tributario, al que el artículo 116 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre y en los mismos términos, el artículo 170 del Real Decreto 1.065/2007, de 27 de julio le atribuyen carácter reservado, sin perjuicio de la publicidad de las directrices generales que lo informan.

Las directrices generales del Plan de Control Tributario de 2024, que contienen una referencia a las líneas de actuación de prevención y control del fraude más relevante, refuerzan las actuaciones desarrolladas en los cuatro años anteriores e incorporan otras nuevas, en línea con el contexto económico-social y normativo en el que el Área Tributaria desarrolla su actividad.

Estas directrices giran en torno a tres grandes pilares: la comprobación e investigación del fraude tributario, el control del fraude en fase recaudatoria y la colaboración entre la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT), la Administración Tributaria de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia (ATRM) y la Gerencia Regional del Catastro de Murcia (GRCM).

En virtud de lo expuesto se procede a la publicación de las directrices que informan el Plan de Control Tributario para 2024 para el municipio de Lorca, que son las siguientes:

a) Planificación integral del control tributario, dando especial relevancia a la coordinación entre los servicios municipales competentes, tanto en la selección de contribuyentes a revisar como en la realización concreta de las actuaciones.

b) Mejora en la obtención, análisis y explotación de la información y en la calidad de la misma para aumentar la eficacia en el control tributario.

c) Puesta en marcha de procedimientos ágiles de comunicación con Notarios y Registradores de la Propiedad, al objeto de facilitar a los contribuyentes el cumplimiento de sus obligaciones de declaración y autoliquidación de los tributos locales.

d) Intensificación de la colaboración con otras Administraciones Públicas tributarias, especialmente con la AEAT y ATRM, con las que se mantienen convenios de colaboración en materia de intercambio de información tributaria y gestión recaudatoria en periodo ejecutivo.

e) Colaboración especial con la Dirección General del Catastro, a través de la GRCM, con la que se mantiene el convenio de colaboración en materia de gestión catastral, en materia de detección de omisiones en la regularización de bienes inmuebles, mediante trabajos de campo.

f) Mejora de la coordinación con otras áreas del Ayuntamiento en materia de: licencias de edificación, inspección urbanística, licencias de actividad, inspección de consumo, policía local, así como todos los servicios gestores cuyas prestaciones están sujetas al cobro de precios públicos, promoviendo la formación de las personas en las áreas técnico tributaria y de procedimientos y mejores prácticas, e impulsando, en su caso, modificaciones de ordenanzas y procedimientos que permitan gestionar más ágilmente y con información más clara al contribuyente de sus obligaciones en el ámbito de los ingresos municipales.

g) Máximo aprovechamiento de los medios informáticos de tratamiento de la información y de las comunicaciones para la prestación de soluciones básicas de administración electrónica, entre la Consejería de Hacienda y Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y el Ayuntamiento de Lorca.

h) Gestión común de aplicaciones informáticas en las que se trata la información procedente de las autoliquidaciones y declaraciones tributarias, de las licencias solicitadas, declaraciones responsables y comunicaciones previas, tanto en el ámbito urbanístico como de actividades, de los expedientes sancionadores incoados en materia de ocupación de vía pública con mesas y sillas, barras, contenedores, por actividades de comercio u otras sin licencia de actividad, locales a los que se suministra agua potable y que no tributan por la tasa de basura, etc., así como con otras fuentes de información, tales como el Registro Mercantil o las que legalmente deben suministrar los Notarios.

i) Implementar las actuaciones de comprobación previa necesarias para asegurar la correcta aplicación de los beneficios fiscales.

j) Regularización de las autoliquidaciones y declaraciones no presentadas o presentadas incorrectamente.

k) Velar por los derechos de los contribuyentes.

l) Facilitar y simplificar al máximo las gestiones a llevar a cabo por los contribuyentes.

m) Realizar las labores de la inspección con la mayor diligencia y eficacia posibles.

En Lorca, 11 de abril de 2024. La Concejal Delegada de Economía, Hacienda y Presupuesto, María Belén Pérez Martínez.

NPE: A-290424-2054


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