Extracto del acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 21 de marzo de 2024 del Ayuntamiento de Cartagena de concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva entre los titulares de licencias de autotaxi del Ayuntamiento de Cartagena para la adquisición de taxímetros.

IV. Administración Local

Cartagena

2025 Extracto del acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 21 de marzo de 2024 del Ayuntamiento de Cartagena de concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva entre los titulares de licencias de autotaxi del Ayuntamiento de Cartagena para la adquisición de taxímetros.

BDNS (Identif.): 756058

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/756058)

Objeto de la convocatoria.

La presente convocatoria tiene por objeto regular la concesión de subvenciones para facilitar a los profesionales del taxi de la ciudad de Cartagena la adquisición de taxímetros, así como el coste de la instalación y documentación necesaria, que cumplan los requisitos establecidos en el art. 21 de la Ley 10/2014 de 27 de noviembre, reguladora del transporte público de personas en vehículos de turismo por medio de taxi de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Régimen aplicable

La presente convocatoria se regularán, además de por lo establecido en estas bases, por lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, Ley General de Subvenciones; en el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones; en las Bases de Ejecución del Presupuesto General del Ayuntamiento de Cartagena, así como el resto de las disposiciones que resulten aplicables.

Beneficiarios y requisitos.

Podrán tener la condición de beneficiarios en esta convocatoria los profesionales que, ala fecha de la publicación de la misma en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, por conducto de la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS), sean titulares en activo de una licencia de taxi en el T.M. de Cartagena.

El beneficiario no podrá estar incurso en ninguna de las causas de prohibición para percibir subvenciones a que se refiere el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Asimismo, el beneficiario deberá hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, así como con el Ayuntamiento de Cartagena.

Disponibilidad económica y máximo a subvencionar.

La presente convocatoria se financiará con cargo a los créditos establecidos en el Presupuesto General del Ayuntamiento de Cartagena. Para atender el importe previsto, existe crédito presupuestario retenido por importe de 15.000,00€. El número máximo de taxímetros subvencionados es de TREINTA. El Ayuntamiento de Cartagena aportará un importe máximo de QUINIENTOS EUROS por la adquisición de un taxímetro.

Lugar, plazo y forma de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días hábiles, comenzando a contar a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, por conducto de la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS). La solicitud deberá presentarse por el Registro Electrónico y deberá contener cumplimentados los anexos que se adjuntan a la presente convocatoria.

Forma de pago y justificación.

El pago de la subvención se realizará con carácter anticipado por el 100% de la ayuda concedida, tramitándose de oficio por el órgano instructor, tras la notificación de la concesión de la subvención.

Se establece como periodo o lapso de tiempo para que la adquisición del taxímetro sea subvencionable desde el 1 de enero de 2024 a 30 de junio de 2024. La justificación de la subvención concedida deberá realizarse, en cualquier caso, en el plazo máximo de tres meses desde la adquisición del taxímetro, en caso de que ésta sea posterior a la convocatoria de la subvención; y, en todo caso, antes del 30 de septiembre de 2024.

Cartagena, 21 de marzo de 2024. El Concejal Secretario de la Junta de Gobierno Local del Excmo. Ayuntamiento de Cartagena, Álvaro Valdés Pujol.

NPE: A-260424-2025


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