Resolución de la Dirección General de Política Agraria Común por la que se establece una excepcionalidad en relación con las ayudas a los regímenes en favor del clima y el medio ambiente presentes en el Plan Estratégico de la Política Agraria Común. Ecorrégimen de agricultura de carbono y agroecología: pastoreo extensivo.

I. Comunidad Autónoma

3. Otras disposiciones

Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería y Pesca

1983 Resolución de la Dirección General de Política Agraria Común por la que se establece una excepcionalidad en relación con las ayudas a los regímenes en favor del clima y el medio ambiente presentes en el Plan Estratégico de la Política Agraria Común. Ecorrégimen de agricultura de carbono y agroecología: pastoreo extensivo.

En conformidad al Artículo 5 del Decreto n.º 432/2023, de 14 de diciembre, por el que se modifica el Decreto n.º 240/2023, de 22 de septiembre, por el que se establecen los Órganos Directivos de la Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería y Pesca, que indica que la Dirección General de Política Agraria Común asume las competencias y funciones en materia de gestión integrada de los pagos directos y de gestión de derechos de pago de las ayudas de la PAC, en medidas de agroambiente y clima, agricultura ecológica y ayudas a las zonas con limitaciones naturales, modernización de explotaciones, creación de empresas por jóvenes agricultores, diversificación de la economía rural, asesoramiento, ordenación de la propiedad rústica, concentración parcelaria y LEADER.

Vista la Disposición adicional primera sobre facultades de cumplimiento de la Orden de 15 de marzo de 2023, de la Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería y Pesca sobre la aplicación en el ámbito de la Región de Murcia de las intervenciones en forma de pagos directos de 2023 a 2027 en el marco del Plan Estratégico de la Política Agraria Común y de otras ayudas, así como sobre el sistema de gestión y control de las mismas.

Visto el artículo 30 - Beneficiarios y descripción de la práctica de pastoreo extensivo, del Real Decreto 1048/2022, de 27 de diciembre, sobre la aplicación, a partir de 2023, de las intervenciones en forma de pagos directos y el establecimiento de requisitos comunes en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común, y la regulación de la solicitud única del sistema integrado de gestión y control, relativo a la descripción de la práctica de Pastoreo extensivo.

En consideración de la singularidad agroclimática presente en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia en el momento actual. Con pluviometrías que dan un Índice de Precipitación Estandarizado tipificado como Seco (Fuente: Agencia Estatal de Meteorología AEMET) dentro del actual Año Hidrológico 2024, con valores del -2.00 a -3 (a marzo 2024) en la mayor parte del ámbito territorial, situándose el resto entre -1,5 a -2. Estando estos datos ratificados localmente por la información obrante en el SIAM, Red del Sistema de Información Agrario de Murcia compuesta de 49 estaciones automáticas, que da una cuantificación pluviométrica media del 0,11% sobre los valores medios anuales existentes en los últimos 5 años, con una dato pluviométrico medio desde el 1 de octubre 2023 al 2 de abril de 2024 de 36,12 mm.

Visto que la coherencia respecto de la estacionalidad pluviométrica en nuestro ámbito territorial obliga a atender la circunstancia de que en los meses estivales no remitirá esta situación, y por tanto, a fecha actual, 17 de abril ya puede afirmarse que la obligatoriedad establecida en el apartado 2.a del Artículo 30 del Real Decreto 1048/2022, que indica que para percibir esta ayuda, sobre las hectáreas subvencionables de pastos permanentes o temporales sobre las que se declare actividad de pastoreo, se deberá realizar el aprovechamiento a diente de estas superficies con animales propios de la explotación durante un período mínimo de 120 días al año de manera continua o discontinua, no podrá ser cumplida por aquellos ganaderos que soliciten esta ayuda, al considerar esta unidad que la masa vegetal habitual presente en los pastos de la Comunidad Autónoma entre el 1 enero de 2024 y abril de 2024 ya ha quedado comprometida por la pluviometría señalada, infiriendo que desde ahora y hasta septiembre de 2024 esta masa vegetal continuará extraordinariamente comprometida para atender la alimentación extensiva del ganado mediante pastoreo, por lo que habrá que confiar en que durante el último trimestre del 2024 se revierta esta situación.

Por todo ello, y en conformidad al artículo 30 del Real Decreto 1048/2022, que reza que si por causas debidamente justificadas y si las condiciones agroclimáticas en una campaña así lo aconsejan, las autoridades competentes de las comunidades autónomas podrán reducir el período mínimo de pastoreo hasta los 90 días y deberán comunicarlo al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación conforme a lo previsto en el anexo II, relativo a las comunicaciones, del Real Decreto 1047/2022, de 27 de diciembre, a la vista del Informe favorable emitido por la Jefatura de Servicio de Intervención y Regulación de Mercados sobre esta excepcionalidad.

Resuelvo, con carácter excepcional para el año 2024 y en tanto en cuanto no reviertan las condiciones agroclimáticas descritas

Primero. La adopción por la Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería y Pesca, en relación con las Disposiciones específicas para el Ecorrégimen de Agricultura de carbono y agroecología: Pastoreo extensivo, en las superficies de pastos del ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, de la siguiente Excepcionalidad en 2024:

Para percibir esta ayuda, sobre las hectáreas subvencionables de pastos permanentes o temporales sobre las que se declare actividad de pastoreo, se deberá realizar el aprovechamiento a diente de estas superficies con animales propios de la explotación durante un período mínimo de 90 días al año de manera continua o discontinua.

Segundo. Eficacia.

Que la resolución surta efectos desde su firma, sin perjuicio de su publicación en el Portal de la Transparencia y en el BORM.

Murcia, 18 de abril de 2024. La Directora General de Política Agraria Común, Ana García Anciones.

NPE: A-250424-1983


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