Exposición pública del padrón de carga y descarga de mercancías de cualquier clase, correspondiente al año 2024 y anuncio de cobranza.

IV. Administración Local

San Javier

1888 Exposición pública del padrón de carga y descarga de mercancías de cualquier clase, correspondiente al año 2024 y anuncio de cobranza.

Aprobado por Decreto del Concejal Delegado de Hacienda número 2024-2301 de fecha 5 de abril, el Padrón de carga y descarga de mercancías de cualquier clase correspondiente al ejercicio 2024; se expone al público, en el Negociado de Gestión Tributaria de este Ayuntamiento, durante UN MES, contado a partir del día siguiente al de publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, al objeto de que pueda ser examinado por los contribuyentes, pudiendo interponerse ante esta Corporación recurso de reposición en el plazo de UN MES, contado a partir del día siguiente a la finalización del periodo de exposición al público, de conformidad con lo regulado en el artículo 14.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo por la que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales.

El periodo voluntario de pago de las cuotas del padrón aprobado es de DOS MESES, contados a partir del día siguiente al de publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, surtiendo los efectos de notificación a los contribuyentes, de conformidad con lo regulado en el artículo 102.3 de la Ley 58/2003 de 17 de diciembre General Tributaria.

El pago podrá realizarse en las propias oficinas de recaudación del Ayuntamiento mediante tarjeta bancaria, a través del enlace de Pago de impuestos y tasas de la Oficina Virtual del Contribuyente de este ayuntamiento y a través de las entidades colaboradoras, utilizando el documento de ingreso expedido por la Oficina de Recaudación, sita en San Javier, calle Príncipe número 5, bajo, de lunes a viernes, de 08:00 a 15:00 horas..

Se informa a los contribuyentes que pueden domiciliar el pago en cuentas abiertas en entidades de crédito en un único plazo, presentando la correspondiente solicitud al menos dos meses antes del comienzo del periodo de cobro, según lo establecido en los artículos 25.2 y 38 del Real Decreto 939/2005 de 29 de Julio por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación.

Transcurrido el periodo voluntario, las cuotas no pagadas serán exigidas por el procedimiento de apremio, y devengarán el recargo de apremio, los intereses de demora y las costas que se ocasionen.

Lo que se hace público en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 24 del Real Decreto 939/2005 de 29 de Julio por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación.

En San Javier, a 8 de abril de 2024. El Alcalde, José Miguel Luengo Gallego.

NPE: A-190424-1888


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