Adenda al convenio de colaboración suscrito entre la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, a través del Instituto Murciano de Acción Social y el Ayuntamiento de Puerto Lumbreras, para la prestación del servicio de desarrollo infantil y atención temprana (Servicio de Atención Temprana) en el municipio de Puerto Lumbreras.

I. Comunidad Autónoma

3. Otras disposiciones

Consejería de Política Social, Familias e Igualdad

1842 Adenda al convenio de colaboración suscrito entre la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, a través del Instituto Murciano de Acción Social y el Ayuntamiento de Puerto Lumbreras, para la prestación del servicio de desarrollo infantil y atención temprana (Servicio de Atención Temprana) en el municipio de Puerto Lumbreras.

Resolución:

Visto el "Adenda al convenio de colaboración suscrito entre la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, a través del Instituto Murciano de Acción Social y el Ayuntamiento de Puerto Lumbreras, para la prestación del servicio de desarrollo infantil y atención temprana (Servicio de Atención Temprana) en el municipio de Puerto Lumbreras", y teniendo en cuenta que tanto el objeto del Convenio como las obligaciones establecidas en el mismo regulan un marco de colaboración que concierne al interés público de esta Consejería, y a los efectos de lo dispuesto en el artículo 14 del Decreto Regional 56/1996, de 24 de julio, sobre tramitación de los Convenios en el ámbito de la Administración Regional,

Resuelvo:

Publicar en el Boletín Oficial de la Región de Murcia el texto de "Adenda al convenio de colaboración suscrito entre la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, a través del Instituto Murciano de Acción Social y el Ayuntamiento de Puerto Lumbreras, para la prestación del servicio de desarrollo infantil y atención temprana (Servicio de Atención Temprana) en el municipio de Puerto Lumbreras", suscrito por la Consejera de Política Social, Familias e Igualdad de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, por la Alcaldesa-Presidenta del Excmo. Ayuntamiento de Puerto Lumbreras, y por el Secretario del Excmo. Ayuntamiento de Puerto Lumbreras, en calidad de Fedatario, en fecha 25 de marzo de 2024.

Murcia, a 3 de abril de 2024. El Secretario General, Leopoldo Olmo Fernández-Delgado.

Adenda de modificación del convenio de colaboración suscrito entre la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, a través del Instituto Murciano de Acción Social, IMAS-, y el Ayuntamiento de Puerto Lumbreras, para la prestación del servicio de desarrollo infantil y atención temprana (Servicio de Atención Temprana) en el municipio de Puerto Lumbreras

De una parte, la Excma. Sra. D.ª Concepción Ruiz Caballero, Consejera de Política Social, Familias e Igualdad de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, actuando en nombre y representación de la citada Consejería, por su nombramiento mediante Decreto del Presidente nº 33/2023, de 14 de septiembre, y en virtud de la competencia que tiene atribuida como tal por los artículos 7.2 y 16.2.a) y ñ) de la Ley 7/2004, de 28 de diciembre, de Organización y Régimen Jurídico de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, y autorizada la celebración de la presente adenda de modificación del convenio de colaboración suscrito en su día, por Acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 21 de marzo de 2024.

De otra, D.ª M.ª Ángeles Túnez García, Alcaldesa del Ayuntamiento de Puerto Lumbreras, en representación de dicha entidad, con N.I.F. P3000330E, en virtud de Acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 5 de marzo de 2024, asistida por D. Antonio Segura Martínez, Secretario de dicha corporación, como fedatario para la formalización de la presente adenda de modificación del convenio de colaboración suscrito en su día, de conformidad con lo dispuesto por el art.3.2.i) del Real Decreto n.º 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el Régimen Jurídico de los funcionarios de la Administración Local con habilitación de carácter nacional.

Manifiestan

Primero: Que con fecha 31 de mayo de 2023 se suscribe convenio de colaboración entre la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, a través del Instituto Murciano de Acción Social (IMAS), y el Ayuntamiento de Puerto Lumbreras, a fin de que dicha entidad local preste el servicio de desarrollo infantil y atención temprana (servicio de atención temprana) en el Centro de Desarrollo Infantil y Atención Temprana (CDIAT) sito en Puerto Lumbreras.

De acuerdo con la cláusula primera del convenio, el número de sesiones a convenir era de 4.922 anuales, con un número máximo de 19.688 sesiones.

Segundo: Que en la Cláusula Decimoprimera del citado convenio, relativa a la vigencia, modificación y prórroga, se establece lo siguiente:

"El presente convenio extenderá su vigencia desde 1 de junio de 2023 (salvo firma posterior) hasta 31 de mayo de 2027.

De conformidad con lo dispuesto en el número 2.º del apartado h) del artículo 49 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en cualquier momento antes de la finalización del plazo previsto en el párrafo anterior, los firmantes del convenio podrán acordar unánimemente su prórroga, por un período adicional máximo de 4 años.

Asimismo, a propuesta del IMAS o de la entidad local, y previo acuerdo de las partes, se podrá modificar mediante adenda al presente convenio el número de sesiones conveniadas, cuando se produzca un aumento o disminución en la demanda del servicio, así como los demás términos del presente convenio, por cualquier situación imprevista sobrevenida.

Tanto las prórrogas como las modificaciones estarán supeditadas, en cualquier caso, a la existencia de crédito al efecto en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia en cada uno de los correspondientes ejercicios de vigencia del presente convenio."

Tercero: Que las circunstancias que sirvieron de base para la suscripción del citado convenio han sufrido variaciones, ya que conforme al número de sesiones necesarias para los menores que precisan atención temprana en el municipio, resulta imprescindible incrementar el número de sesiones conveniadas. Por ello, procede volver a valorar el crédito necesario para que la entidad local preste el servicio de centro de desarrollo infantil y atención temprana en el municipio de Puerto Lumbreras.

Cuarto: Por todo lo expuesto, y de conformidad con lo dispuesto en la Ley 7/2004, de 28 de diciembre, de Organización y Régimen Jurídico de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, artículos 5 a 8, y estando las partes conformes con la suscripción de la presente adenda

Acuerdan

Primero.- La presente adenda tiene por objeto incrementar en 1.436 el número máximo anual de sesiones establecido en la cláusula primera, de manera que el número máximo anual de sesiones será de 6.358, y en consecuencia, incrementar el número de sesiones de atención temprana a convenir en 4.435, con efectos desde 1 de abril de 2024 (salvo firma posterior) hasta 31 de mayo de 2027.

Segundo.- En consecuencia, la presente adenda modifica el coste total máximo del convenio, establecido en la Cláusula Octava B), con un incremento máximo de CIENTO CUARENTA Y NUEVE MIL DIECISÉIS EUROS (149.016,00 €), según el siguiente detalle:

Ejercicio presupuestario/
Periodo
N.º sesiones Importe Coste del servicio
2024
(de 1/04/2024 a 30/11/2024 )
989 33,60 € 33.230,40 €
2025
(de 1/12/2024 a 30/11/2025 )
1.436 33,60 € 48.249,60 €
2026
(de 1/12/2025 a 30/11/2026 )
1.436 33,60 € 48.249,60 €
2027
(de 1/12/2026 a 31/05/2027 )
574 33,60 € 19.286,40 €
TOTAL 4.435 149.016,00 €

La aportación económica que deba efectuar el Instituto Murciano de Acción Social (IMAS), se realizará con cargo a la aplicación presupuestaria 51.02.00 313F.260.10, código de proyecto 51244.

Tercero.- En lo concerniente a las demás cláusulas del convenio, ambas partes convienen en mantenerlas vigentes en todos sus extremos.

Y en señal de plena conformidad se procede a suscribir la presente adenda por la Consejera de Política Social, Familias e Igualdad de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, por la Alcaldesa-Presidenta del Excmo. Ayuntamiento de Puerto Lumbreras? y por el Secretario del Excmo. Ayuntamiento de Puerto Lumbreras, en calidad de Fedatario, en fecha 25 de marzo de 2024.

Por la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, la Consejera de Política Social, Familias e Igualdad, Concepción Ruiz Caballero. Por el Ayuntamiento de Puerto Lumbreras, la Alcaldesa, M.ª Ángeles Túnez García. En calidad de fedatario, el Secretario, Antonio Segura Martínez.

NPE: A-180424-1842


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