Extracto del Acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 4 de abril de 2024 del Ayuntamiento de Cartagena de concesión de subvenciones para financiar proyectos de Bandas de Música y Asociaciones Musicales del municipio de Cartagena, y sus Escuelas de Música.

IV. Administración Local

Cartagena

1816 Extracto del Acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 4 de abril de 2024 del Ayuntamiento de Cartagena de concesión de subvenciones para financiar proyectos de Bandas de Música y Asociaciones Musicales del municipio de Cartagena, y sus Escuelas de Música.

BDNS (Identif.): 754080

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/754080)

La presente convocatoria tiene por objeto regular el régimen y procedimiento aplicable al otorgamiento de subvenciones para el año 2024, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a bandas de música y asociaciones musicales sin ánimo de lucro, que organicen actividades y/o dispongan de Escuelas de Música que faciliten el acceso de los ciudadanos, a lo largo de todo el ciclo de la vida, al conocimiento y aprendizaje de la música.

Podrán ser beneficiarios las bandas de música o asociaciones musicales legalmente constituidas que cumplan las condiciones establecidas en el objeto de la convocatoria.

El régimen jurídico a aplicar en la presente convocatoria de subvenciones será el establecido en las presentes Bases y en las Bases Reguladoras de la Concesión de Subvenciones, incluidas en las Bases de ejecución del Presupuesto Municipal del ejercicio 2024, artículos 39 a 63, sin perjuicio de la aplicación directa de los preceptos básicos de la Ley General de Subvenciones, del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones, de la Ley 7/1985, de 2 de Abril, reguladora de las Bases de Régimen Local así como del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo. En defecto de la normativa anterior serán de aplicación los preceptos no básicos de la Ley General de Subvenciones y su Reglamento, las restantes normas del derecho administrativo y, en su defecto, las normas de derecho privado.

Las subvenciones reguladas en la presente convocatoria se concederán con cargo al presupuesto de gastos de la Delegación de Cultura del Área de Gobierno de Alcaldía, Turismo y Cultura, de la partida presupuestaria 2024/01003/3343/48218, correspondiente a "Otras Transferencias", por un importe total de 130.000,00 € (ciento treinta mil euros), destinados a financiar esta línea de subvenciones para bandas de música y/o asociaciones musicales.

El plazo de presentación de solicitudes acompañadas de la documentación exigida, será de 20 días hábiles a contar desde el siguiente al de la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.

Las solicitudes se formalizarán en el único modelo de instancia que figura como ANEXO I a esta convocatoria, acompañado de toda la documentación relacionada en la cláusula 8.ª1 de las bases reguladoras. Los sujetos que, en virtud del art. 14 de la ley 39/2015, estén obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas, presentarán sus solicitudes debidamente cumplimentadas en el Registro Electrónico General por medios telemáticos. En el caso de que el solicitante se trate de persona física, podrá elegir entre la presentación en papel o en electrónico, pudiendo presentar dicha solicitud en cualquiera de los registros a los que se refiere el art. 16. 4 Ley 39/2015.

Más información en: www.cartagena.es

Cartagena, 4 de abril de 2024. El Concejal Secretario de la Junta de Gobierno Local del Excmo. Ayuntamiento de Cartagena, Álvaro Valdés Pujol.

NPE: A-170424-1816


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