Anuncio de ampliación del plazo de ingreso en periodo voluntario de pago de recibos del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica del ejercicio 2024.
I. Comunidad Autónoma
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Consejería de Economía, Hacienda y Empresa
Agencia Tributaria de la Región de Murcia
1809 | Anuncio de ampliación del plazo de ingreso en periodo voluntario de pago de recibos del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica del ejercicio 2024. |
La Jefa de Servicio de Gestión de Recursos de Otros Entes de la Agencia Tributaria de la Región de Murcia, en virtud de las competencias delegadas a esta Agencia por los Convenios de colaboración tributaria suscritos con Ayuntamientos de la Región de Murcia, pone en conocimiento de los obligados al pago que:
El plazo para el ingreso en periodo voluntario de pago de los recibos correspondientes al Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica del ejercicio 2024 del municipio de Molina de Segura, que finalizaba el 06 de mayo, queda ampliado hasta el 20 de mayo de 2024.
El pago podrá realizarse con cualquier tarjeta de crédito o débito emitida por Visa o Mastercard o mediante la aplicación BIZUM, en ambos casos a través de Internet en la dirección https://agenciatributaria.carm.es/pasarelapagos. Para realizar el pago a través de estos medios no es necesario identificarse electrónicamente ni disponer de ningún sistema de firma electrónica, pudiendo hacerlo además a través del teléfono gratuito 900 878 830. Así mismo, el pago podrá realizarse presentando el documento de pago en cualquiera de las siguientes entidades colaboradoras a través de los medios y horarios habilitados por ellas: BBVA, CAIXABANK, CAJAMAR, CAJA RURAL CENTRAL, CAJA RURAL SAN AGUSTÍN, TARGOBANK, BANCO SABADELL, BANCO SANTANDER y BANKINTER. Para más información acerca de los medios de pago disponibles puede visitar la siguiente dirección https://agenciatributaria.carm.es/web/guest/donde-y-como-puedo-pagar
Los contribuyentes que por cualquier circunstancia no dispongan del documento de pago, podrán obtener un duplicado, dentro del período voluntario de pago, llamando al teléfono gratuito 900 878 830, a través de la página web https://agenciatributaria.carm.es, o acudiendo a cualquiera de las oficinas de la Agencia Tributaria de la Región de Murcia, que podrán ser consultados en dicha página web
Municipio | Domicilio |
Abanilla | Calle Francisco Salzillo, 17 (30640) |
Abarán | Calle Compositor David Templado, 54 (30550) |
Águilas | Calle Floridablanca, 9 (30880) |
Albudeite | Plaza Constitución, 2 (30190) |
Aledo | Plaza Ayuntamiento, 2 (30859) |
Altorreal | Avenida Reino de Murcia 35-37 (30506) |
Beniel | Av del Reino, 22 - Beniel (30130) |
Blanca | Plaza del Ayuntamiento, 2 Bajo (30540) |
Bullas | Calle Rosario s/n. Edif. Pepe Marsilla 2.ª planta (30180) |
Calasparra | Avenida Primero de Mayo, 30 bajo (30420) |
Caravaca | Avenida Carretera de Granada, 13 bajo (30400) |
Municipio | Domicilio |
Cartagena | Calle Campos, 4 Ed. Foro (30201) |
Campos del Río | Avenida de la Constitución, 11 (30191) |
Cehegín | Plaza Alpargatero S/N (30430) |
Cieza | Calle Pérez Cervera, 76 (30530) |
Fortuna | Calle Carmen Conde, 2 bajo (30620) |
Fuente Álamo | Calle Maestros Alfareros, 2 (30320) |
Jumilla | Calle Antonio Machado, 2 (30520) |
La Unión | Calle Siete de Marzo, 78 (30360) |
Librilla | Carretera Casas Nuevas, 1 - Librilla (30892) |
Lorca | Calle Diego Pallares Cacha S/N - Lorca (30800) |
Los Alcázares | Avenida de la Libertad, 40 (30710) |
Mazarrón | Calle del Pino, 5 (30870) |
Molina de Segura | Pasaje Santa Cecilia s/n (30500) |
Moratalla | Calle Constitución, 17 2.ª planta (30440) |
Mula | Calle Picasso, 4 bajo 1 (30170) |
Murcia | Paseo Teniente Flomesta, 3 (30001) |
Pliego | Calle Mayor, 2 (30176) |
Puerto Lumbreras | Plaza Maestro Fulgencio Romera, 1 Bajo (30890) |
San Pedro del Pinatar | Plaza Constitución, 13 (30740) |
Santomera | Calle Cuatro Esquinas, 58 - Casagrande (30140) |
Torre Pacheco | Plaza Alcalde Pedro Jiménez, 1 (30700) |
Yecla | Plaza Parque de la Constitución, 1 (30510) |
Asimismo, los contribuyentes podrán domiciliar las deudas para los sucesivos periodos impositivos, en cuentas abiertas en entidades de crédito, llamando al teléfono gratuito 900 878 830, a través de la página web https://agenciatributaria.carm.es, o acudiendo a cualquiera de las oficinas arriba relacionadas.
La no recepción del documento de pago no exime de la obligación de efectuar el pago en el plazo establecido para el periodo voluntario de pago. Se advierte que vencido el plazo de pago sin que se haya realizado éste, se abrirá el periodo ejecutivo y se devengarán los intereses de demora, los recargos de dicho período ejecutivo y costas del procedimiento, en la forma legalmente establecida.
Lo que se hace público, para general conocimiento en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 62.3 y 102.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, 24 del Real Decreto 939/2005, de 29 de julio por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación y 14.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
Murcia, a 11 de abril de 2024. La Jefa del Servicio de Gestión de Recursos de Otros Entes de la Agencia Tributaria de la Región de Murc?ia, Gisela Milán Muñoz.
NPE: A-170424-1809