Resolución provisional de las diferentes líneas de ayudas, convocadas en la Orden de 4 de mayo de 2023, de la Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería, y Pesca, por la que se aprueba de la convocatoria del año 2023 de las líneas de ayuda correspondientes a las distintas submedidas de la medida 13 "Pagos compensatorios en zonas de montaña y pagos compensatorios en zonas con limitaciones naturales" del Programa de Desarrollo Rural de la Región de Murcia 2014-2022.

I. Comunidad Autónoma

3. Otras disposiciones

Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería y Pesca

1804 Resolución provisional de las diferentes líneas de ayudas, convocadas en la Orden de 4 de mayo de 2023, de la Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería, y Pesca, por la que se aprueba de la convocatoria del año 2023 de las líneas de ayuda correspondientes a las distintas submedidas de la medida 13 "Pagos compensatorios en zonas de montaña y pagos compensatorios en zonas con limitaciones naturales" del Programa de Desarrollo Rural de la Región de Murcia 2014-2022.

En cumplimiento del artículo 18 de las bases reguladoras de las líneas de ayuda convocadas para el año 2023, mediante Orden de 4 de mayo de 2023, del Consejero de Agua, Agricultura, Ganadería, y Pesca, se pone en conocimiento de los interesados que, la Directora General de Política Agraria Común, ha dictado la Propuesta de Resolución Provisional correspondiente a dichas líneas de ayuda, en los siguientes términos:

Primero.- Vista la Orden de 4 de marzo de 2016, de la Consejería de Agua, Agricultura y Medio Ambiente, por la que se establecen, en la Región de Murcia, las bases reguladoras de determinadas líneas de ayuda correspondientes a la medida 13 "Pago a zonas con limitaciones naturales u otras limitaciones específicas" del Programa de Desarrollo Rural de la Región de Murcia 2014-2020 (BORM n.º 57 de 2016), y vista la Orden de 24 de mayo de 2019, de la Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería y Pesca, por la que se modifica la Orden de 4 de marzo de 2016, de la Consejería de Agua, Agricultura y Medio Ambiente, por la que se establecen las bases reguladoras de las líneas de ayuda correspondientes a la medida 13 "pagos a zonas con limitaciones naturales u otras limitaciones específicas" del Programa de Desarrollo Rural de la Región de Murcia 2014-2022. (BORM n.º 122 de 29 de mayo de 2019).

Segundo.- Vista la Orden de la Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería, Pesca y Medio ambiente, por la que se aprueba la Convocatoria del año 2023 de las líneas de ayuda correspondientes a las distintas submedidas de la medida 13 "Pagos compensatorios en zonas de montaña y en zonas con limitaciones naturales" del Programa de Desarrollo Rural de la Región de Murcia 2014-2022 de fecha de 4 de mayo de 2023, (extracto en BORM n.º 108 de 2023) y en virtud de lo contemplado en su artículo 5.

Tercero.- Conforme al artículo 14 de las bases reguladoras de las ayudas, establecidas mediante Orden de 4 de marzo de 2016, de la Consejería de Agua, Agricultura y Medio Ambiente, por la que se establecen las bases reguladoras de las líneas de ayuda correspondientes a la medida 13 "Pagos a zonas con limitaciones naturales u otras limitaciones específicas" del Programa de Desarrollo Rural de la Región de Murcia 2014-2022, se concederán las ayudas, hasta el límite del crédito presupuestario afectado por la convocatoria, a quienes reúnan los requisitos establecidos en el artículo 6 de las bases reguladoras, sin que sea necesario establecer la comparación de las solicitudes ni la prelación entre las mismas.

Cuarto.- En cumplimiento de lo establecido en el artículo 18 de las bases reguladoras, (Orden de 4 de marzo de 2016) y tras efectuarse los controles administrativos de las solicitudes, se emitió, por el Jefe del Servicio de Mejora del Entorno Rural, informe técnico de fecha 12/04/2024 de las respectivas submedidas, en el que se hicieron constar los solicitantes que cumplían los requisitos y condiciones exigidos por la normativa reguladora de las ayudas para ser beneficiario de las mismas.

Con fecha 12 de abril de 2024 la Directora General de Política Agraria Común ha dictado la Resolución de Propuesta Provisional de Concesión de las diferentes líneas de ayudas, convocadas en la Orden de 4 de mayo de 2023 de la Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería, Pesca y Medio Ambiente por la que aprueba la convocatoria del año 2023 de las líneas de ayuda de la medida 13 "Pagos compensatorios en zonas de montaña y pagos compensatorios en zonas con limitaciones naturales "del Programa de Desarrollo Rural de la Región de Murcia 2014-2022.

En virtud de todo lo anterior, y en cumplimiento de lo dispuesto en Orden de 4 de marzo de 2016, de la Consejería de Agua, Agricultura y Medio Ambiente, por la que se establecen las bases reguladoras de las líneas de ayuda correspondientes a la medida 13 "Pagos a zonas con limitaciones naturales u otras limitaciones específicas" del Programa de Desarrollo Rural de la Región de Murcia 2014-2022, se procede por el presente anuncio a la publicación de lo resuelto en dicha propuesta provisional:

Primero.- Conceder las ayudas convocadas para el año 2023, mediante Orden de 4 de mayo de 2023, del Consejero de Agua, Agricultura, Ganadería, y Pesca, a los solicitantes que figuran en la relación que se adjunta, para cada línea de ayuda, como Anexo 1.

Segundo.- Desestimar, las ayudas convocadas para el año 2023, mediante Orden de 4 de mayo de 2023, del Consejero de Agua, Agricultura, Ganadería, y Pesca, por incumplir los requisitos para ser beneficiario de las ayudas que en cada caso se indiquen, correspondientes a los solicitantes que figuran en la relación que se adjunta como Anexo 2.

Tercero.- Se adjunta relación de expedientes para archivar como Anexo B, con indicación del motivo del archivo.

Cuarto.- En el Anexo A, figuran las claves interpretativas de los anexos 1 y 2 antes citados.

Quinto.- De conformidad con el artículo 18 de las bases reguladoras de las ayudas, se concede a los interesados trámite de audiencia, por un plazo de diez días hábiles a contar desde el día siguiente al de publicación de esta propuesta, para presentar alegaciones.

Los importes de las primas que figuran en el Anexo 1, han sido prorrateados en virtud de crédito disponible en la convocatoria y de los beneficiarios que reúnen los requisitos establecidos en el artículo 6 de las bases reguladoras, pudiendo sufrir variación en función de la resolución de las alegaciones recibidas.

A los efectos anteriores se incluye en el Anexo A cuadro descriptivo de los diferentes controles y la documentación que se debe aportar, junto a las alegaciones, en cada caso.

Todas las alegaciones deben ser presentadas preferentemente en la sede electrónica de la CARM procedimiento 1184 "Ayudas al Desarrollo Rural 2014/2020. (https://sede.carm.es/web/pagina?IDCONTENIDO=1184&IDTIPO=240&RASTRO=c$m40288)

La información actualizada de los expedientes estará a disposición de los interesados en el portal ciudadano de las ayudas PAC en la página WEB de la Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería, Pesca y Medio Ambiente (https://sede.carm.es/SgaGpi/inicio/inicioAplicacion.action).

Sexto.- Las propuestas provisionales de la Orden de Concesión no crean derecho alguno a favor del beneficiario propuesto frente a la Administración, mientras no se le efectúe y notifique la Orden de concesión.

Murcia, a 12 de abril de 2024. La Directora General de Política Agraria Común, Ana García Anciones.


AVISO: Este anuncio contiene uno o más anexos que no se muestran aquí. Acceda a la versión del anuncio en PDF para verlos


NPE: A-170424-1804


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