Resolución de la Presidenta del Instituto de las Industrias Culturales y las Artes de la Región de Murcia, por la que delega la competencia del artículo 26.5.c) de la Ley 12/2014, de 16 de diciembre, de Transparencia y Participación Ciudadana de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, en la persona titular de la Dirección General de la entidad público empresarial.

I. Comunidad Autónoma

2. Autoridades y Personal

Consejería de Turismo, Cultura, Juventud y Deportes

Instituto de las Industrias Culturales y las Artes de la Región de Murcia

1775 Resolución de la Presidenta del Instituto de las Industrias Culturales y las Artes de la Región de Murcia, por la que delega la competencia del artículo 26.5.c) de la Ley 12/2014, de 16 de diciembre, de Transparencia y Participación Ciudadana de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, en la persona titular de la Dirección General de la entidad público empresarial.

La Ley 14/2012, de 27 de diciembre, de medidas tributarias, administrativas y de reordenación del sector público regional, crea el Instituto de las Industrias Culturales y las Artes de la Región de Murcia, tras la extinción de la "Dirección General de Industrias Culturales y de las Artes", y la empresa pública regional "Murcia Cultural S.A.".

De acuerdo con el artículo 46 de la citada Ley, al Instituto le corresponden como fines generales, la ordenación, planificación, programación, dirección y coordinación de las competencias de la Región de Murcia en materia de promoción cultural, en el marco de la política del Gobierno Regional, para lo que ejercerá las potestad administrativa contractual, subvencional, planificadora y convencional en materia de cultura.

Para el desarrollo de dichas competencias, la citada Ley establece sus órganos directivos, a los que atribuye el ejercicio de distintas funciones a cargo del Instituto.

Con el fin de lograr una mayor agilidad y eficacia en la actuación administrativa, se considera necesario establecer un nuevo régimen de delegación de determinadas competencias propias de la Presidenta del Instituto de las Industrias Culturales y las Artes en otros órganos de la citada entidad, y más concretamente en la Dirección General.

De acuerdo con la letra c) del apartado 5 del artículo 26 de la Ley 12/2014, de 16 de diciembre, de Transparencia y Participación Ciudadana de la Región de Murcia, que regula el procedimiento para el ejercicio del derecho de acceso a información pública en consonancia con lo previsto en la legislación básica estatal, la Presidenta del Instituto de las Industrias Culturales y las Artes de la Región de Murcia es el órgano competente para la resolución del procedimiento de acceso a la información solicitada.

De acuerdo con el artículo 50 de la Ley 14/2012, de 27 de diciembre, la Presidencia del Instituto estará ostentada, con carácter nato y por razón de su cargo, por el Consejero titular del departamento al que estén atribuidas las competencias en materia de cultura. Así pues, la actual Presidenta del Instituto es la titular de la Consejería de Turismo, Cultura, Juventud y Deportes, en virtud de Decreto de la Presidencia n.º 38/2023, de 14 de septiembre (Suplemento n.º 12 del BORM n.º 213 de 14 de septiembre).

En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y en concordancia con la Ley 7/2004, de 28 de diciembre, de Organización y Régimen Jurídico de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia,

Dispongo:

Primero.- Delegar en la persona titular de la Dirección General del Instituto de las Industrias Culturales y las Artes de la Región de Murcia, la competencia para la resolución de las solicitudes de acceso a la información que correspondan a la citada entidad, en virtud de la Ley 12/2014, de 16 de diciembre, de Transparencia y Participación Ciudadana de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Segundo.- La delegación será revocable en cualquier momento por la titular de la Presidencia, pudiendo avocar para sí el conocimiento y resolución de una o varias solicitudes, cuando circunstancias de índole técnica, económica, social, jurídica o territorial lo hagan conveniente.

Tercero.- Eficacia. La presente Resolución surtirá efectos desde el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.

En Murcia, a 4 de abril de 2024. La Presidenta del Instituto de las Industrias Culturales y las Artes de la Región de Murcia, Carmen María Conesa Nieto.

NPE: A-160424-1775


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