Resolución de la Directora Gerente del Servicio Murciano de Salud por la que se convoca para su provisión, mediante procedimiento de libre designación, un puesto directivo de Director/a Médico categoría 3 de la Gerencia del Área de Salud V (Altiplano).

I. Comunidad Autónoma

2. Autoridades y Personal

Consejería de Salud

Servicio Murciano de Salud

1749 Resolución de la Directora Gerente del Servicio Murciano de Salud por la que se convoca para su provisión, mediante procedimiento de libre designación, un puesto directivo de Director/a Médico categoría 3 de la Gerencia del Área de Salud V (Altiplano).

La Ley 5/2001, de 5 de diciembre, de personal estatutario del Servicio Murciano de Salud, en su Disposición adicional decimotercera dispone que:

"1. La provisión de aquellos puestos de las gerencias del Servicio Murciano de Salud que hayan sido calificados como directivos en la plantilla correspondiente, se someterá a los requisitos y procedimientos establecidos en esta disposición.

2. Los puestos de dirección deberán ser convocados para su provisión por el procedimiento de libre designación por personal estatutario fijo o funcionario de carrera.

3. Dicha convocatoria, que se regirá por lo establecido en los artículos 45 y 47 de esta Ley y demás normas de aplicación, será publicada en el Boletín Oficial de la Región de Murcia y concederá el plazo de 10 días para que los interesados puedan presentar la solicitud y los méritos que estimen oportunos, que habrán de ser acreditados en los términos que fije la misma.

4. Podrán acceder a los puestos de dirección aquellos que pertenezcan al grupo o subgrupo exigido en la correspondiente plantilla. Además de este requisito, atendiendo a la naturaleza del puesto a cubrir se podrá exigir aquellos otros de carácter académico o profesional que se considere conveniente para asegurar que el candidato seleccionado pueda desempeñar adecuadamente el puesto de trabajo, en función de sus méritos y capacidad.

5. De conformidad con la Ley 55/2003, de 16 diciembre, del Estatuto Marco del Personal Estatutario de los Servicios de Salud y con el Real Decreto Legislativo 5 /2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, el personal estatutario que sea nombrado como personal directivo será declarado en situación de servicios especiales. A tal efecto, tendrá derecho al cómputo de tiempo a efectos de antigüedad, reconocimiento de trienios, carrera y derechos pasivos, así como la reserva de la plaza de origen.

Percibirá, en todo caso, las retribuciones del puesto o cargo directivo que desempeñe efectivamente sin perjuicio del derecho a la percepción de los trienios y complemento de carrera o desarrollo profesional que, en su caso pudiese tener reconocidos."

Por su parte, el artículo 45.3 de la Ley 5/2001, de 5 de diciembre, de personal estatutario del Servicio Murciano de Salud dispone: "La libre designación consiste en la apreciación por el órgano competente de la idoneidad de los candidatos en relación con los requisitos exigidos para el desempeño de la plaza. Únicamente podrán proveerse por libre designación las plazas de Subdirector General, Secretario General y Secretarios particulares de Altos Cargos, así como aquellos otros de carácter directivo de las gerencias del Servicio Murciano de Salud, para los que así se determine en las correspondientes plantillas".

Estableciendo en su art. 47.4 que "El personal estatutario fijo que cese en una plaza obtenida por el sistema de libre designación pasará a ocupar la plaza básica que tuviera asignada con carácter definitivo".

A tal efecto, estando vacante el puesto directivo en este Organismo, se considera conveniente convocar para su provisión por el procedimiento de libre designación el puesto que figura en anexo a la presente resolución.

La competencia para convocar el presente procedimiento, así como para su resolución corresponde a la Dirección Gerencia del Servicio Murciano de Salud, conforme a lo dispuesto en el artículo 8.1 j) del Decreto 148/2002, de 27 de diciembre, por el que se establece la estructura y funciones de los órganos de participación, administración y gestión del Servicio Murciano de Salud (BORM de 10/01/03) que atribuye al mismo: "La convocatoria de procedimientos para la provisión de puestos de trabajo por el personal del Servicio Murciano de Salud, así como los nombramientos correspondientes".

En base a lo anteriormente expuesto, esta Dirección Gerencia,

Resuelve:

Primero.- Convocar, para su provisión mediante el procedimiento de libre designación, un puesto de Director/a Médico Categoría 3 en la Gerencia del Área de Salud V (Altiplano), según se relaciona en el anexo a la presente convocatoria.

Segundo.- La presente convocatoria se regirá por la Ley 55/2003, de 15 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud, por la Ley 5/2001, de 5 de diciembre, del personal estatutario del Servicio Murciano de Salud, por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la ley del Estatuto Básico del Empleado Público y demás disposiciones vigentes, así como por las siguientes

Bases específicas:

Primera.- Participantes.

Personal que puede participar en la presente convocatoria.

El personal estatutario fijo de los servicios de salud que integran el Sistema Nacional de Salud.

El personal funcionario de carrera incluido en el ámbito de aplicación del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.

Para poder participar en esta convocatoria se deberán cumplir los siguientes requisitos:

Encontrarse en situación de servicio activo, o en otra que implique reserva de puesto de trabajo, o en una situación administrativa distinta a la de activo sin derecho a la reserva de plaza, siempre que reúna los requisitos para incorporarse al servicio activo a la finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Pertenecer al grupo o subgrupo exigido en la correspondiente plantilla.

Pertenecer a alguna de las categorías estatutarias o cuerpos funcionariales equivalentes a éstas a los que se encuentren adscritos los puestos convocados.

No estar separado del servicio mediante expediente disciplinario de cualquier Servicio de Salud o Administración Pública en los últimos 6 años, ni estar inhabilitado con carácter firme para el ejercicio de empleado público.

Los requisitos exigidos deberán cumplirse a la fecha de la finalización del plazo de presentación de solicitudes, mantenerlos durante todo el proceso y mientras dure el nombramiento.

Segunda.- Solicitudes y plazo de presentación.

La solicitud de inscripción para poder participar en la presente convocatoria se dirigirá a la Dirección Gerencia del Servicio Murciano de Salud y se podrá acceder:

- A través de la página de guía de procedimientos y servicios de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia (CARM): 3309 "Procedimiento para la provisión de puestos directivos del Servicio Murciano de Salud mediante procedimiento de libre designación (código 3309)":

https://sede.carm.es/web/pagina?IDCONTENIDO=3309&IDTIPO=240&RASTRO=c$m40288

A través del portal de MURCIASALUD, en la sección de "Recursos Humanos", seleccionar "Libre Designación":

https://www.murciasalud.es/web/recursos-humanos-y-empleo/libre-designacion

Para acceder al formulario de solicitud, el usuario deberá identificarse utilizando uno de los siguientes métodos: DNI electrónico, certificado digital o Sistema Clave. El usuario necesitará tener instalada, en el equipo donde realiza la presentación, la herramienta facilitada por el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas "Autofirma" para poder realizar este proceso de firma.

Si la solicitud y presentación se hiciera en representación de otra persona, tal y como habilita el artículo 5 de la 39/2015, de 1 de octubre, el representante deberá marcar la opción correspondiente en el formulario, e indicar los datos requeridos de la persona del representado que participa en la convocatoria. Asimismo, será necesario adjuntar, en la opción habilitada para ello en la sección "documentos", la escritura de apoderamiento o poder de representación.

Para continuar con la presentación, junto a los datos marcados como "obligatorios" en el formulario, todos los documentos marcados como incluidos en la solicitud deberán estar acompañados de su correspondiente fichero en formato PDF.

Se deberá tener en cuenta que el tamaño del archivo que se adjunte a la solicitud inscripción no podrá superar los 5 MB y el total de los archivos 10 MB. Si superara esta capacidad el sistema no dejará presentar la solicitud de inscripción. Como complemento a la solicitud para terminar de presentar la documentación necesaria se puede utilizar el formulario de "Escrito de aportación de documentos" (DI155).

La presentación de la solicitud se realizará exclusivamente de forma telemática, conforme indica el Decreto nº 293/2019, de 5 de diciembre, relativo a la obligatoriedad de relacionarse a través de medios electrónicos a los participantes en procesos selectivos del Personal Estatutario fijo o temporal y de provisión de plazas del Servicio Murciano de Salud.

2.3 El plazo de presentación de instancias y demás documentos se extenderá a diez días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.

Tercera.- Documentación y méritos

Documentación a presentar junto con la solicitud:

Nombramiento como personal estatutario fijo o funcionario de carrera, o en su caso, de la publicación en el Boletín Oficial del Estado o Autonómico.

Titulación académica requerido en cada caso.

Curriculum profesional, en el que consten títulos académicos, experiencia profesional y de gestión sanitaria, publicaciones, cursos y cualesquiera otros méritos que deseen poner de manifiesto.

Méritos profesionales en el ámbito de la Administración Pública.

Para acreditar los méritos profesionales en el ámbito de la Administración Pública, a la solicitud se unirá una certificación emitida por el/los órgano/s competente/s, en la que deberán constar los méritos genéricos para optar a los puestos de trabajo solicitados.

Si el aspirante tiene la condición de personal estatutario fijo del Servicio Murciano de Salud o presta sus servicios en el mismo, la citada certificación será expedida de oficio por este organismo, una vez que ésta tenga entrada en la Dirección General de Recursos Humanos.

Se podrá convocar a los aspirantes, si se estimara necesario, para la celebración de entrevistas personales que versarán sobre el curriculum profesional y aptitudes para el desempeño del puesto directivo de que se trate.

Cuarta.- Propuesta de idoneidad.

La idoneidad de los solicitantes para los puestos de trabajo que se convocan será de libre apreciación por la Dirección Gerencia del Servicio Murciano de Salud, previa propuesta, que no tendrá carácter vinculante, del titular del centro directivo al que se encuentren adscritos los puestos convocados.

Quinta.- Resolución.

La presente convocatoria se resolverá mediante resolución de la Dirección Gerencia del Servicio Murciano de Salud que será publicada en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.

Los puestos convocados podrán ser declarados desiertos por acuerdo motivado cuando no concurran solicitantes idóneos para su desempeño.

Sexta.- Plazo de toma de posesión y cese

La toma de posesión del puesto adjudicado se realizará al día siguiente de la publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia de la Resolución de la Dirección Gerencia del Servicio Murciano de Salud por la que se adjudica el puesto de dirección convocado.

El personal designado, al ser un puesto de libre designación, podrá ser cesado discrecionalmente por la autoridad que acordó su nombramiento.

Séptima.- Situación de Servicios especiales.

Una vez nombrado, el personal directivo será declarado en situación de servicios especiales. A tal efecto, tendrá derecho al cómputo de tiempo a efectos de antigüedad, reconocimiento de trienios, carrera y derechos pasivos, así como la reserva de la plaza de origen, percibiendo en todo caso, las retribuciones del puesto directivo que desempeñe efectivamente sin perjuicio del derecho a la percepción de los trienios y complemento de carrera o desarrollo profesional que, en su caso pudiese tener reconocidos.

Octava.- Recurso de alzada

Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Salud en el plazo de un mes a contar a partir del día siguiente al de su publicación, conforme a lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Murcia, 27 de marzo de 2024. La Directora Gerente, Isabel Ayala Vigueras.

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