Orden de 3 de abril de 2024, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empresa, por la que se modifica la relación de puestos de trabajo de la Administración Pública de la Región de Murcia.

I. Comunidad Autónoma

2. Autoridades y Personal

Consejería de Economía, Hacienda y Empresa

1615 Orden de 3 de abril de 2024, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empresa, por la que se modifica la relación de puestos de trabajo de la Administración Pública de la Región de Murcia.

El Texto Refundido de la Ley de la Función Pública de la Región de Murcia, aprobado por Decreto Legislativo 1/2001, de 26 de enero, así como la normativa reglamentaria que la desarrolla, en especial, el Decreto 46/1990, de 28 de junio, configuran las relaciones de puestos de trabajo como el instrumento técnico a través del cual se racionaliza y ordena la Función Pública Regional, determinando sus efectivos de acuerdo con las necesidades actuales de los servicios y precisando los requisitos exigidos para el desempeño de cada puesto así como sus características, estableciéndose, asimismo, el carácter público de las mismas.

La modificación de la relación de puestos de trabajo que se contiene en el proyecto de Orden deriva, por un lado, de las propuestas efectuadas por las distintas Consejerías y Organismos Autónomos para facilitar el desarrollo de las funciones y competencias que les han sido atribuidas, por otro, consecuencia de la reorganización de la Administración Regional y, finalmente, por la aplicación del Acuerdo de la Mesa General de Negociación de las condiciones de trabajo comunes al personal funcionario, estatutario y laboral al servicio de la Administración Pública de la Región de Murcia, de fecha 10 de mayo de 2023, "Acuerdo Marco para la mejora del empleo público y recuperación de condiciones de trabajo del personal al servicio de la Administración Pública de la Región de Murcia", publicado en el BORM nº 109, de 13/05/2023, que recoge en su punto 3, relativo a la jornada laboral, el compromiso de la Administración Regional de implantar la jornada ordinaria de trabajo de treinta y cinco horas semanales de trabajo efectivo en cómputo anual, sin perjuicio de las jornadas especiales existentes o que, en su caso, se establezcan, y adecuado a las peculiaridades y regímenes horarios y turnos de los diferentes tipos de personal al servicio de la misma.

De acuerdo con lo anterior, el compromiso de la Administración Regional con el fomento del empleo público y la modernización y rejuvenecimiento de las plantillas exige la creación de nuevos puestos de trabajo, siempre bajo los principios de organización y funcionamiento recogidos en el artículo 3 de la Ley 7/2004, de 28 de diciembre, de organización y régimen jurídico de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, así como del necesario ajuste al modelo vigente de relación de puestos de trabajo aprobado por Decreto 32/1998, de 4 de junio, por el que se configuran opciones en los distintos cuerpos de la Administración Pública Regional, se establecen Medidas de Fomento de Promoción Interna y se modifica el Decreto 46/1990, de 28 de junio y a los criterios y normas establecidos en el artículo 4 de este último Decreto.

Las modificaciones han sido negociadas en Mesa Sectorial de Administración y Servicios en las sesiones celebradas el 21 de diciembre de 2023 y 21 de marzo de 2024 e informadas favorablemente, en aquellas modificaciones con incidencia presupuestaria, por la Dirección General de Presupuestos y Fondos Europeos.

Por ello, en el ejercicio de la potestad de organización de la Administración Regional, el uso de las facultades conferidas en el artículo 19.5 del Texto Refundido de la Ley de la Función Pública de la Región de Murcia,

Dispongo:

Primero.- Modificar la relación de puestos de trabajo de la Administración Pública de la Región de Murcia, en los términos que figuran en los Anexos de esta Orden.

Segundo.- La presente Orden tendrá efectos del día siguiente a su Publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.

Tercero.- Contra la presente Orden se podrá interponer con carácter potestativo recurso de reposición ante el Consejero de Economía, Hacienda y Empresa en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su Publicación, o bien recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Murcia correspondiente en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su Publicación.

Murcia, a 3 de abril de 2024. El Consejero de Economía, Hacienda y Empresa, Luis Alberto Marín González.


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