Acuerdo de la Asamblea General de 12 de diciembre de 2021.
V. Otras Disposiciones y Anuncios
Comunidad de Regantes "El Porvenir", Abanilla
1535 | Acuerdo de la Asamblea General de 12 de diciembre de 2021. |
En la Junta General de la Comunidad Regantes El Porvenir de fecha 12 de diciembre de 2021 se aprobó autorizar a la Junta de Gobierno para la adopción de acuerdos referentes a la permuta de derechos de riego y/o regularización de zona regable de la Comunidad y la realización de cuantos actos sean precisos para la adecuada ejecución de dichos acuerdos sobre permuta y/o regularización. Dentro del proceso de regularización que está desarrollando nuestra Corporación, las parcelas de la Comunidad han podido sufrir determinada modificación.
A través de la presente se informa que desde el 15/01/2024 se encuentra a disposición de los miembros de la Comunidad de Regantes en la sede de la misma la documentación referente a la situación en la que quedarían las parcelas de la Comunidad, lo que se hace público, para general conocimiento, a los efectos oportunos.
Se ponen de manifiesto las siguientes consideraciones que afectan al procedimiento de regularización referido:
• El artículo 66.2 del Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Aguas refiere que "el derecho al uso privativo de las aguas, cualquiera que sea el título de su adquisición, podrá declararse caducado por la interrupción permanente de la explotación durante tres años consecutivos siempre que aquélla sea imputable al titular".
• Los Organismos de Cuenca (en este caso, la Confederación Hidrográfica del Segura), por iniciativa propia, se encuentran habilitados para revisar las concesiones de agua que hayan otorgado cuando se hayan modificado las condiciones determinantes de su otorgamiento.
• La Confederación Hidrográfica del Segura, en anteriores procedimientos, ha expuesto que no puede considerar como superficie regable neta terrenos no cultivables tales como caminos, casetas o balsas.
A los efectos de que cualquiera que pueda considerarse afectado pueda realizar las manifestaciones que considere pertinentes al respecto, de acuerdo con lo establecido en los artículos 105 y siguientes del Reglamento del Dominio Público Hidráulico, se concede el plazo de un mes a contar desde la publicación de la presente comunicación para que cualquier afectado realice por escrito ante esta Comunidad las alegaciones que tenga por conveniente.
Abanilla a 5 de marzo de 2024. El Presidente de la C.R. Regantes El Porvenir en funciones, José Manuel Cutillas Conesa.
NPE: A-010424-1535