Resolución de 5 de marzo de 2023 de la Secretaría General de la Consejería de Economía, Hacienda y Empresa, por la que se dispone la publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, de la prórroga del convenio de colaboración suscrito entre la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y la Federación de Asociaciones de Familias de Personas con Discapacidad Intelectual "Plena Inclusión Región de Murcia".

I. Comunidad Autónoma

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía, Hacienda y Empresa

1291 Resolución de 5 de marzo de 2023 de la Secretaría General de la Consejería de Economía, Hacienda y Empresa, por la que se dispone la publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, de la prórroga del convenio de colaboración suscrito entre la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y la Federación de Asociaciones de Familias de Personas con Discapacidad Intelectual "Plena Inclusión Región de Murcia".

Con el fin de dar publicidad a la prórroga del Convenio de colaboración entre la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y la Federación de Asociaciones de Familias de personas con discapacidad intelectual "Plena Inclusión Región de Murcia", suscrito en fecha 31 de marzo de 2020 por el Consejero de Presidencia y Hacienda y por el Presidente de la Federación, y a los efectos de lo previsto en el artículo 6.6 de la Ley 7/2004, de 28 de diciembre, de Organización y Régimen Jurídico de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, así como en el artículo 14 del Decreto 56/1996, de 24 de julio, por el que se regula el Registro General de Convenios y se dictan normas para la tramitación de éstos en el ámbito de la Administración Regional,


Resuelvo:

Publicar en el Boletín Oficial de la Región de Murcia la prórroga suscrita en fecha 28 de febrero de 2024, del Convenio de colaboración entre la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y la Federación de Asociaciones de Familias de personas con discapacidad intelectual "Plena Inclusión Región de Murcia".

Murcia, 5 de marzo de 2024. La Secretaria General, Sonia Carrillo Mármol.


Prórroga del convenio de colaboración entre la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y la Federación de Asociaciones de Familias de Personas con Discapacidad Intelectual "plena inclusión Región de Murcia"

En la ciudad de Murcia, a 28 de febrero de 2024?

Reunidos:

De una parte, D. Luis Alberto Marín González, Consejero de Economía, Hacienda y Empresa, nombrado para este cargo mediante Decreto del Presidente n.º 36/2023, de 14 de septiembre (BORM n.º 213, de 14 de septiembre) actuando en el ejercicio de las competencias de su cargo y de las atribuidas por el artículo 7.2 de la Ley 7/2004, de 28 de diciembre, de Organización y Régimen Jurídico de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

De otra parte, D. Joaquín Barberá Blesa, Presidente de la Federación de asociaciones de familias de personas con discapacidad intelectual "PLENA INCLUSIÓN REGIÓN DE MURCIA", nombrado para ese cargo por la Junta Directiva de la Federación en sesión celebrada el 28 de noviembre de 2022.

Ambas partes intervienen en función de sus respectivos cargos, en ejercicio de las facultades que tienen conferidas y al efecto,

Exponen:

Primero.- Que el Decreto del Presidente n.º 31/2023, de 14 de septiembre, de reorganización de la Administración Regional (BORM n.º 213, de 14 de septiembre), establece las competencias de la Consejería de Economía, Hacienda y Empresa en materia de servicios automovilísticos, mientras que el Decreto n.º 241/2023, de 22 de septiembre (BORM n.º 220, de 22 de septiembre), por el que se establecen los Órganos Directivos de la citada Consejería, atribuye en su artículo 6 a la Dirección General de Patrimonio, la competencia para la coordinación de los servicios automovilísticos de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma.

El Decreto n.º 30/1994, de 18 de febrero, por el que se regula el funcionamiento de los Servicios Automovilísticos de la Administración Regional (BORM n.º 1843, de 26 de febrero), establece en su artículo 1 que la coordinación de todos los servicios automovilísticos de la Administración Regional se realizará por el Parque Móvil Regional, adscrito a la Consejería Economía, Hacienda y Empresa con sujeción a las normas que se contienen en el citado Decreto. Además, en su artículo 2, indica que le corresponde al Parque Móvil Regional la prestación de los servicios automovilísticos de transporte colectivo y escolar, entre otros servicios.

Segundo.- Que con fecha 31 de marzo de 2020, tuvo lugar la firma del Convenio de colaboración entre la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y la Federación de asociaciones de familias de personas con discapacidad intelectual "PLENA INCLUSIÓN REGIÓN DE MURCIA" publicado en el BORM n.º 88, de 17 de abril de 2020.

Tercero.- Que la Cláusula Quinta del referido Convenio, prevé una duración de cuatro años de vigencia, a partir del día de su firma, pudiendo prorrogarse por expreso acuerdo de ambas partes antes de su finalización, por un periodo máximo de cuatro años adicionales, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49 h) de la Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Por todo ello, y habiendo manifestado expresamente el interés de ambas partes suscribientes en que continúe la vigencia del mismo,


Acuerdan:

Primero.- Objeto.

Prorrogar el Convenio de colaboración suscrito con fecha 31 de marzo de 2020, entre la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y la Federación de asociaciones de familias de personas con discapacidad intelectual "PLENA INCLUSIÓN REGIÓN DE MURCIA" publicado en el BORM n.º 88, de 17 de abril de 2020, a efectos de la prestación de servicios automovilísticos de carácter colectivo a personas con discapacidad mediante autobuses adaptados que son propiedad de la Comunidad Autónoma.

Segundo.- Duración.

La duración de la prórroga será por periodo de un año, comenzando su cómputo en fecha 31 de marzo de 2024 hasta 31 de marzo de 2025.

El Convenio podrá prorrogarse de nuevo por acuerdo expreso de las partes antes de su finalización, por un periodo máximo de tres años adicionales, de conformidad con lo dispuesto en la Cláusula Quinta del Convenio en concordancia con el artículo 49 h) de la Ley 40/2015 de Régimen Jurídico del Sector Público.

Tercero.- Regulación jurídica.

La prórroga se regirá en cuanto a las obligaciones de las partes, calendario de servicios, comisión de seguimiento del Convenio, plazo de duración y efectos, financiación, causas de extinción, régimen jurídico y resolución de conflictos, por lo dispuesto en las Cláusulas segunda a novena del Convenio de colaboración suscrito en fecha 31 de marzo de 2020.

El Consejero de Economía, Hacienda y Empresa, Luis Alberto Marín González. El Presidente de la Federación de Asociaciones de Familias de Personas con Discapacidad Intelectual "Plena Inclusión Región de Murcia" Joaquín Barberá Blesa.

NPE: A-140324-1291


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