Resolución del Director del Instituto Murciano de Investigación y Desarrollo Agrario y Medioambiental (IMIDA), por la que se autorizan actuaciones administrativas automatizadas y se crea el sello electrónico de órgano de la Dirección del Instituto Murciano de Investigación y Desarrollo Agrario y Medioambiental (IMIDA).
I. Comunidad Autónoma
3. Otras disposiciones
Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería y Pesca
Instituto Murciano de Investigación y Desarrollo Agrario y Medioambiental (IMIDA)
1194 | Resolución del Director del Instituto Murciano de Investigación y Desarrollo Agrario y Medioambiental (IMIDA), por la que se autorizan actuaciones administrativas automatizadas y se crea el sello electrónico de órgano de la Dirección del Instituto Murciano de Investigación y Desarrollo Agrario y Medioambiental (IMIDA). |
La Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, establece en su artículo 40.1 que las Administraciones Públicas podrán identificarse mediante el uso de un sello electrónico basado en un certificado electrónico reconocido o cualificado que reúna los requisitos exigidos por la legislación de firma electrónica. La relación de los sellos electrónicos utilizados por cada Administración Pública deberá ser pública y accesible por medios electrónicos, debiendo adoptar cada Administración Pública las medidas adecuadas para facilitar la verificación de sus sellos electrónicos.
El artículo 41.1 de dicha norma define como actuación administrativa automatizada, cualquier acto o actuación realizada íntegramente a través de medios electrónicos por una Administración Pública en el marco de un procedimiento administrativo y en la que no haya intervenido de forma directa un empleado público, especificando en el punto 2 que para ese caso deberá establecerse previamente el órgano competente para la definición de las especificaciones, programación, mantenimiento, supervisión y control de calidad y, en su caso, auditoría del sistema de información y de su código fuente, e indicándose el órgano responsable a efectos de impugnación.
La misma Ley en su artículo 42, establece que en el ejercicio de la competencia en la actuación administrativa automatizada, cada Administración Pública podrá determinar los supuestos de utilización de los sistemas de firma electrónica, entre ellos, el sello electrónico de Administración Pública, órgano, organismo público o entidad de derecho público, basado en certificado electrónico reconocido o cualificado que reúna los requisitos exigidos por la legislación de firma electrónica.
En el ámbito de la Administración Regional, el Decreto n.º 302/2011, de 25 de noviembre, de Régimen Jurídico de la Gestión Electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, en sus artículos 5 y 13 regula, respectivamente, las actuaciones administrativas automatizadas y los sellos de órgano.
Así, el artículo 5 establece que podrán adoptarse actuaciones administrativas automatizadas en el marco de un procedimiento administrativo, realizadas íntegramente a través de medios electrónicos, y que el ejercicio de la competencia en dichas actuaciones automatizadas se realizará mediante la utilización de alguno de los siguientes sistemas de firma electrónica: sello electrónico del órgano competente para realizar la actuación administrativa, o código seguro de verificación vinculado a órgano. Por su parte, el artículo 13 dispone que el sello de órgano podrá utilizarse tanto como medio de identificación, así como medio de firma para las actuaciones administrativas automatizadas.
La autorización de actuaciones administrativas automatizadas y la creación de sellos de órgano, según los artículos 5 y 13 del Decreto n.º 302/2011, de 25 de noviembre, se realizarán mediante Resolución de la Secretaría General de la Consejería o del máximo órgano directivo del organismo o entidad pública, la cual contendrá los aspectos referidos en los citados artículos 5 y 13.
El Decreto n.º 13/2006, de 17 de marzo, por el que se aprueban los Estatutos del Instituto Murciano de Investigación y Desarrollo Agrario y Alimentario, para el desempeño de sus funciones estructura el IMIDA en diversos órganos directivos, entre ellos, la Dirección de este Instituto, por lo que resulta necesario autorizar las actuaciones administrativas automatizadas competencia de este Instituto, así como la creación del sello electrónico de órgano vinculado a la misma para la identificación y firma electrónica, de conformidad con lo establecido en los artículos 40, 41 y 42 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y artículos 5 y 13 del Decreto n.º 302/2011, de 25 de noviembre, de Régimen Jurídico de la Gestión Electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
En consecuencia, en virtud de las atribuciones conferidas por la Ley 8/2002, de 30 de octubre, por la que se crea el Instituto Murciano de Investigación y Desarrollo Agrario y Alimentario (IMIDA), por la Ley 7/2004, de 28 de diciembre, de Organización y Régimen Jurídico de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, y por el Decreto n.º 302/2011, de 25 de noviembre,
Resuelvo:
Primero. Autorización de actuación administrativa automatizada.
1.- Se autoriza la actuación administrativa automatizada del procedimiento 4276 "expedición de certificados de retenciones e ingresos a cuenta del IRPF", que figura en la Guía de Procedimientos y Servicios.
2.- El sistema de firma que se utilizará para la actuación administrativa automatizada será el sello electrónico de la Dirección del Instituto Murciano de Investigación y Desarrollo Agrario y Medioambiental.
3.- Las características técnicas generales del sistema de firma y certificado aplicable son las que constan en la Declaración de Prácticas y Políticas de Certificación particulares aplicables a los servicios de certificación y firma electrónica en el ámbito de organización y funcionamiento de las administraciones públicas, sus organismos y entidades vinculadas o dependientes, aprobada por CAMERFIRMA, que puede ser consultada en la dirección electrónica https://www.camerfirma.com/practicas-de-certificacion-ac-camerfirma-cps-dpc/.
4.- La verificación del certificado podrá realizarse a través de la sede electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia: https://sede.carm.es/.
5.- El órgano titular del sello electrónico y responsable de su utilización a los efectos de una eventual impugnación de la actuación administrativa automatizada será la Dirección del Instituto Murciano de Investigación y Desarrollo Agrario y Medioambiental.
6.- Corresponde a la Dirección General de Transformación Digital, en tanto que órgano directivo responsable del ejercicio de las competencias en materia de sistemas de información, aplicaciones informáticas y seguridad informática, la responsabilidad de la definición de las especificaciones, programación, mantenimiento, supervisión y control de calidad y, en su caso, auditoría del sistema de información y de su código de fuente.
Segundo. Creación del sello electrónico.
1. Se crea el sello electrónico de la Dirección del Instituto Murciano de Investigación y Desarrollo Agrario y Medioambiental para la identificación y firma electrónica en las actuaciones administrativas automatizadas generadas en el ejercicio de su competencia.
Tercero. Eficacia y publicación.
La presente Resolución surtirá efectos desde el día de su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia y deberá estar accesible en la sede electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
Murcia, 26 de febrero de 2024. El Director del Instituto Murciano de Investigación y Desarrollo Agrario y Medioambiental (IMIDA), Andrés Antonio Martínez Bastida.
NPE: A-090324-1194