Decreto n.º 16/2024, de 22 de febrero, por el que se acepta la cesión gratuita realizada por el Ayuntamiento de Cartagena a favor de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, de un solar de 416,29 m² con destino a la ampliación del Centro de Salud del Barrio Peral de Cartagena (C/1202).

I. Comunidad Autónoma

3. Otras disposiciones

Consejo de Gobierno

993 Decreto n.º 16/2024, de 22 de febrero, por el que se acepta la cesión gratuita realizada por el Ayuntamiento de Cartagena a favor de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, de un solar de 416,29 m² con destino a la ampliación del Centro de Salud del Barrio Peral de Cartagena (C/1202).

Por Acuerdo de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Cartagena de 20 de noviembre de 2020, se aprobó la cesión gratuita a la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia de una parcela de 1.015 m² (finca municipal con n.º de Inventario ID 11-2303 T 10) del "Plan Parcial Sector Central del Campo de la Rosa", sita entre la Calle Prolongación de Juan Fernández y Calle Santa Cilia de Jaca, para la ampliación del Centro de Salud del Barrio de Peral, propiedad de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, e inventariado con el nº C/1202 con la calificación jurídica de demanial.

La parcela cedida forma parte de la referencia catastral 7558003XG7675N0001KW, junto con otra parcela colindante de 416,29 m² propiedad del mismo ayuntamiento, según consta inscrita en el Inventario de Bienes y Derechos Municipales con número 11- 2303 T 9, con la calificación jurídica de patrimonial, localizada en el "Plan Parcial Sector Central del Campo de la Rosa", e inscrita en el Registro de la Propiedad de Cartagena N.º 2, como finca número 59.754, tomo 3.068, Libro 1.071, Folio 213.

La Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento, en su reunión celebrada el día 17 de noviembre de 2022, acordó la cesión gratuita en propiedad de la citada parcela de 416,29 m², a favor de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, con destino a la ampliación del citado Centro de Salud del Barrio Peral (C/1202).

Conforme dispone el artículo 46 de la Ley 3/1992, de 30 de Julio, de Patrimonio de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, referido a los bienes patrimoniales, toda adquisición de bienes inmuebles o derechos a título lucrativo, deberá realizarse mediante decreto del Consejo de Gobierno, a propuesta de la Consejería de Economía, Hacienda y Fomento.

Visto el expediente tramitado al efecto por la Dirección General de Patrimonio, (a propuesta del Consejero de Economía, Hacienda y Empresa, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión celebrada el día 22 de febrero de 2024,

Dispongo:

Primero: Aceptar la cesión gratuita en propiedad efectuada por el Ayuntamiento de Cartagena a favor de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia del siguiente inmueble:

Urbana: Parcela de terreno de 416,29 m², localizada en el "Plan Parcial Sector Central del Campo de la Rosa", que linda: al Norte, Parcela 5.1 destinada a Servicios Técnicos; al Sur, Parcela N del proyecto de parcelación; al Este, manzana edificada y al Oeste, Calle Prolongación de Juan Fernández.

Inscrito en el Registro de la Propiedad de Cartagena N.º 2 como finca número 59.754, tomo 3.068, Libro 1.071, Folio 213, como parte de la referencia catastral 7558003XG7675N0001KW.

Valoración: Según informe de la Oficina Técnica de la Dirección General de Patrimonio, su valor asciende a 43.293,90 euros.

La finca, salvo afecciones fiscales, se encuentra libre de cargas y gravámenes.

Segundo: El citado inmueble se acepta con destino a la ampliación del Centro de Salud del Barrio Peral de Cartagena, inventariado con el número C/1202 en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, en el plazo máximo de cinco años, debiendo mantenerse durante al menos los treinta años siguientes.

Si el bien cedido no fuese destinado a la finalidad indicada dentro del plazo señalado o dejase de serlo posteriormente se considerará resuelta la cesión y revertirá aquel a la Corporación local, con todas sus pertenencias y accesiones.

Tercero: Se tomará nota del contenido del presente Decreto en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia

Cuarto: Facultar al Director General de Patrimonio para la realización de cuantos actos sean necesarios para la ejecución material del presente Decreto.

Dado en Murcia, a 22 de febrero de 2024. El Presidente, Fernando López Miras. El Consejero de Economía, Hacienda y Empresa, Luis Alberto Marín González.?

NPE: A-290224-993


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