Aprobación provisional de la modificación de ordenanzas fiscales del Ayuntamiento de Pliego.
IV. Administración Local
Pliego
962 | Aprobación provisional de la modificación de ordenanzas fiscales del Ayuntamiento de Pliego. |
El Pleno del Ayuntamiento de Pliego, en sesión ordinaria celebrada el día 1 de febrero de 2024, acordó la aprobación provisional de la modificación de las ordenanzas fiscales:
- Tasa por entradas de vehículos a través de las aceras y reservas de vía publica para aparcamiento exclusivo, parada de vehículo, carga y descarga de mercancías de cualquier clase.
- Tasa por instalación de puestos, barracas, casetas de venta, espectáculos, atracciones o recreo, situado en terrenos de uso público local, así como industrias callejeras y ambulantes y rodaje cinematográfico.
- Tasa por servicio de mercado plaza de abastos municipal.
- Tasa por ocupación de terrenos de uso público con mesas, sillas, tribunas, tablados y otros elementos análogos, con finalidad lucrativa.
- Tasa por instalación de quiosco en la vía pública.
- Ordenanza fiscal regulatoria del precio público por la prestación del servicio de piscina e instalaciones municipales análogas.
- Tasa por la utilización de las instalaciones deportivas municipales.
- Tasa por la realización de la actividad administrativa de expedición de documentos administrativos.
Y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.
Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho Acuerdo.
Pliego, a 1 de febrero de 2024. El Alcalde, Antonio Huéscar Pérez.
NPE: A-270224-962