Anuncio de aprobación definitiva de modificación de la ordenanza municipal de circulación.

IV. Administración Local

Bullas

812 Anuncio de aprobación definitiva de modificación de la ordenanza municipal de circulación.

Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario de fecha 20/12/2023, aprobatorio de la Ordenanza Municipal de Circulación, cuyo texto íntegro se hace público, para su general conocimiento y en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y en el artículo 56 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local.

"MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA MUNICIPAL DE CIRCULACIÓN.

Modificación del importe establecido para las siguientes sanciones, contempladas en el Anexo de la Ordenanza Municipal de Circulación, manteniendo en lo restante el indicado Anexo en sus términos actuales:

Hecho denun?ciado Artículo
RGC / LSV
Gravedad Sanción (importe en €)
Transportar en un vehículo un número de personas superior al de plazas autorizadas. 9,1 / 11 Leve 50 €
Circular con un menor de doce años como pasajero de ciclomotor o motocicleta. 11,4 LSV Leve 50 €
Transportar una persona en un vehículo en emplazamiento distinto al destinado y acondicionado para ellas. 10,2 / 11 Leve 50 €
Realizar operaciones de carga y descarga no autorizadas.- 16 / 10,6 Leve 50 €
Conducir sin la especial precaución ante la proximidad de niños, ancianos o impedidos.- 17,1 / 11,1 Leve 50 €
Llevar corriendo por la vía o abandonar la conducción de caballerías o ganados.- 17,2 / 11,1 Leve 50 €
Conducir un vehículo utilizando dispositivos de telefonía móvil o cualquier otro medio o sistema de comunicación. 18,1 / 11,3 Leve 50 €
Estacionar sin situarlo paralelamente al borde de la calzada. 92,1 / 38,3 Leve 50 €
Estacionar en un paso para peatones. 94,1 / 39,1 Leve 50 €
Estacionar en un carril o parte de la vía reservado exclusivamente para la circulación o el servicio de determinados usuarios. 94,1 / 39,1 Leve 50 €
Estacionar en zona señalizada para carga y descarga durante las horas de utilización. 94,2 / 39,1 Leve 50 €
Estacionar en zona señalizada para uso exclusivo de minusválidos. 94,2 / 39,1 Leve 50 €
Estacionar sobre las aceras, paseos y demás zonas destinadas al paso de peatones. 94,2 / 39,1 Leve 50 €
Estacionar delante de un vado señalizado correctamente. 94,2 / 39,1 Leve 50 €
Estacionar en doble fila. 94,2 / 39,1 Leve 50 €
Usar las señales acústicas sin motivo. 110,1 / 44,3 Leve 50 €
Circular por aceras, andenes o paseos sobre monopatín, patín, triciclo, bicicleta o similares a velocidad superior al paso de personas. 121,4 / 49,1 Leve 50 €
Transitar los peatones por la calzada entorpeciendo la circulación. 122,5 / 49 Leve 50 €
Circular con ganado existiendo un itinerario por vía pecuaria u otra vía con menor intensidad de circulación. 126 / 50,1 Leve 50 €
Dejar animales sin custodia en la vía. 127,2 / 50,1 Leve 50 €
Instalar señalización en una vía sin permiso y sin causa justificada. 142,2 / 58,2 Leve 50 €
No respetar la prohibición de paso establecida mediante señal de balizamiento. 144,1 / 53,1 Leve 50 €
No obedecer una señal de circulación prohibida. 152 / 53,1 Leve 50 €
No obedecer la señal de entrada prohibida. 152 / 53,1 Leve 50 €
No obedecer una señal de prohibición o restricción. 154 / 53,1 Leve 50 €
Hecho denun?ciado Artículo
RGC / LSV
Gravedad Sanción (importe en €)
No obedecer una señal de obligación. 155 / 53,1 Leve 50 €
Estacionar en zona señalizada para uso exclusivo de minusválidos. 39,1 LSV Leve 50 €
No respetar la indicación de una marca vial amarilla. 171 / 53,1 Leve 50 €
Otras infracciones leves no recogidas anteriormente. Leve 50 €
Comportarse indebidamente en la circulación. 2,1 / 9,1 Leve 50 €
No hacer desaparecer lo antes posible un obstáculo o peligro por quien lo ha creado.
5,1 / 10,3
Leve 50 €
No señalizar de forma eficaz un obstáculo o peligro en la vía por quien lo ha creado.
5,2 / 10,3
Leve 50 €"

Contra el presente Acuerdo, se interpondrá recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Murcia con sede en Murcia, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Bullas, 9 de febrero de 2024. La Alcaldesa, María Dolores Muñoz Valverde.

NPE: A-200224-812


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