Resolución de propuesta definitiva de la concesión de una anualidad adicional (2023) en la línea de ayuda correspondiente a la medida 11.2 "Mantenimiento de la agricultura ecológica" del Programa de Desarrollo Rural 2014-2022.

I. Comunidad Autónoma

3. Otras disposiciones

Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería y Pesca

620 Resolución de propuesta definitiva de la concesión de una anualidad adicional (2023) en la línea de ayuda correspondiente a la medida 11.2 "Mantenimiento de la agricultura ecológica" del Programa de Desarrollo Rural 2014-2022.

Examinadas las solicitudes de concesión de las ayudas correspondientes a la medida 11.2 "Mantenimiento de la Agricultura Ecológica" del Programa de Desarrollo Rural 2014-2022 del año 2023.

Vista la Orden de 25 de mayo de 2015, de la Consejería de Agricultura y Agua, por la que se establecen, en la Región de Murcia, las bases reguladoras de determinadas líneas de ayuda correspondientes a la medida 10 "Agroambiente y Clima" y medida 11 "Agricultura Ecológica" del programa de desarrollo rural de la Región de Murcia 2014-2020, y se aprueba la convocatoria correspondiente al año 2015 de las citadas líneas de ayuda (BORM n.º 120 de 2015) y sus posteriores modificaciones.

Vista la Orden de 10 de noviembre de 2022 por la que se faculta a los beneficiarios de la operación de la Media 11.2. "Mantenimiento de la Agricultura Ecológica" del Programa de Desarrollo Rural de la Región de Murcia a ampliar en una anualidad adicional el período de compromisos correspondientes a la Concesión de la anualidad 2021, asumidos al amparo de la Orden de 20 de marzo de la Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería, Pesca y Medio Ambiente por la que se aprueba la Convocatoria (2021) (BORM n.º 265 de 16 de noviembre de 2022).

Vista la Orden de la Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería, y Pesca por la que se aprueba la Convocatoria de una Anualidad Adicional (2023) del periodo de compromisos en las ayudas de la medida 11 Agricultura Ecológica del Programa de Desarrollo Rural 2014-2022 de fecha 25 de Abril de 2023 (BORM n.º 101 de 04/05/2023), y en virtud de lo contemplado en su artículo quinto:

a.- No será necesario presentar solicitud de ayuda, entendiéndose como solicitantes de la misma a todos los titulares de explotaciones agrícolas, que hubiesen adquirido la condición de beneficiario de dichas ayudas en la convocatoria que de las mismas se abrió en el año 2021, y que no hayan renunciado a la misma, no se les hubiese denegado por cualquier causa, o decaído en su derecho a la ayuda, y mantengan los requisitos establecidos en las bases reguladoras, por las que se concedieron la ayuda para las anualidades 2021 y 2022 al mantenimiento de agricultura ecológica (Medida 11.2 del PDR 2014-2022), en virtud de la convocatoria incluida en la Orden de 27 de abril de 2021 (BORM n.º 106 de 2021) Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería, Pesca y Medio Ambiente.

b.- Dado que únicamente podrán beneficiarse de esta convocatoria quienes ya sean beneficiarios de las ayudas al mantenimiento de Agricultura Ecológica (Medida 11.2 del PDR 2014-2022), en virtud de la convocatoria incluida en la Orden de 27 de abril de 2021 (BORM n.º 106 de 2021) Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería, Pesca y Medio Ambiente, y hayan presentado solicitud de pago en el año 2023 al amparo de la Orden de la Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería, y Pesca por la que se regula, la aplicación en el ámbito de la Región de Murcia de las intervenciones en forma de pagos directos de 2023 a 2027 en el marco del Plan Estratégico de la Política Agraria Común y de otras ayudas, así como sobre el sistema de gestión y control de las mismas, se está ante uno de los supuestos especiales de concurrencia a las que alude el artículo 22 de la Ley 7/2005, de 18 de noviembre, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, por lo que no será necesario efectuar el proceso de evaluación establecido en el artículo 21 de las bases reguladoras establecidas mediante la Orden de 25 de mayo de 2015, de la Consejería de Agricultura y Agua".

Durante el periodo de solicitud única de la campaña 2023 se han recibido diversas solicitudes de subrogación totales o parciales, correspondiente a expedientes de la medida 11.2 que han sido tramitadas dándose trámite de audiencia de las mismas en la Resolución de Propuesta Provisional de Concesiones.

Con fecha 30 de noviembre de 2023, se publicó la correspondiente Resolución de Propuesta Provisional de Concesión de una Anualidad Adicional (2023) en la línea de ayuda correspondientes a la medida 11.2 "Mantenimiento de la Agricultura Ecológica" del Programa de Desarrollo Rural 2014-2022 (BORM n.º 277 de 2023).

Examinadas y estudiadas las alegaciones presentadas por los interesados en el plazo estipulado al efecto de conformidad con el artículo 22 de la Orden de 25 de mayo de 2015, de las Bases Reguladoras de las Ayudas, y en cumplimiento de lo establecido en la Orden de fecha 25 de Abril de 2023 de la Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería, y Pesca por la que se aprueba la Convocatoria de una Anualidad Adicional (2023) del periodo de compromisos en las ayudas de la medida 11 Agricultura Ecológica del Programa de Desarrollo Rural 2014-2022, se ha dictado la correspondiente Resolución de Propuesta Definitiva de Concesión (2023) en la línea de ayuda de Mantenimiento de Agricultura Ecológica, correspondiente a la medida 11 del Programa de Desarrollo Rural 2014-2022, procediéndose por el presente anuncio a la publicación de lo resuelto en dicha propuesta:

Primero.- Aprobar el listado definitivo de las solicitudes de ayuda de la línea de Mantenimiento de la Agricultura Ecológica (Medida 11.2 del PDR 2014-2022), convocada para el año 2023, mediante la Orden de fecha 25 de Abril de 2023 de la Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería y Pesca por la que se aprueba la Convocatoria de una Anualidad Adicional (2023) del periodo de compromisos en la ayuda de la medida 11 Agricultura Ecológica de Programa de Desarrollo Rural 2014-2022, de los solicitantes que figuran en la relación que se adjunta como Anexo I, que corresponden con todas las solicitudes que cumplen con todos los requisitos de admisibilidad.

Segundo.- Desestimar las solicitudes de ayudas de la línea de Mantenimiento de la Agricultura Ecológica (Medida 11.2 del PDR 2014-2022), convocadas para el año 2023, mediante la Orden de fecha 25 de Abril de 2023 de la Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería, y Pesca por la que se aprueba la Convocatoria de una Anualidad Adicional (2023), por incumplir los requisitos para ser beneficiario de la ayuda que en cada caso se indiquen, correspondientes a los solicitantes que figuran en la relación que se adjunta como Anexo II.

En el Anexo A figuran las claves interpretativas de los Anexos I y II.

En los Anexos citados con anterioridad, se han incluido las solicitudes de subrogación presentadas en la anualidad 2023, las cuales son propuestas para su aceptación o denegación en la presente resolución definitiva.

Tercero.- Archivar las solicitudes de ayudas de la línea de Mantenimiento de la Agricultura Ecológica (Medida 11.2 del PDR 2014-2022), convocadas para el año 2023, mediante la Orden de fecha 25 de Abril de 2023 de la Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería, y Pesca por la que se aprueba la Convocatoria de una Anualidad Adicional (2023), por haber trasmitido la explotación de forma total, vía subrogación en la anualidad 2022 ó 2023, y además no haber solicitado la ayuda de Mantenimiento de Agricultura Ecológica a través de la Solicitud única de la anualidad 2023. Estas solicitudes figuran en la relación que se adjunta como Anexo B.

Cuarto.- Cuando la transmisión al nuevo titular venga motivada por el fallecimiento del antiguo titular se deberá actuar de conformidad con el apartado 10 del artículo 11 de la Orden de 25 de mayo de 2015 de la Consejería de Agricultura y Agua por la que se establecen en la Región de Murcia, las Bases Reguladoras de determinadas líneas de ayuda correspondientes a la medida 10 "Agroambiente y Clima" y medida 11 "Agricultura Ecológica" del programa de desarrollo rural de la Región de Murcia 2014-2020, y se aprueba la convocatoria correspondiente al año 2015 de las citadas líneas de ayuda (BORM n.º 120 de 2015) y sus posteriores modificaciones.

Quinto.- Asimismo, se comunica que los solicitantes para los que se propone la concesión (los incluidos en el Anexo I de la Propuesta de Resolución Definitiva) dispondrán de un plazo de diez días naturales, a contar desde el siguiente a la publicación del presente Anuncio, para comunicar la aceptación de la ayuda, advirtiéndoles que, de no recibirse comunicación en sentido contrario, se entenderá producida la misma. La no aceptación, en su caso, deberá efectuarse de forma expresa.

La presente Resolución Definitiva no crea derecho alguno a favor del beneficiario propuesto frente a la Administración mientras no se le haya notificado la resolución de concesión.

Murcia, 29 de enero de 2024. La Directora General de Política Agraria Común, Ana García Anciones.

AVISO: Este anuncio contiene uno o más anexos que no se muestran aquí. Acceda a la versión del anuncio en PDF para verlos


NPE: A-100224-620


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