Anuncio de delegación de competencias del Alcalde en la Junta de Gobierno.

IV. Administración Local

San Javier

610 Anuncio de delegación de competencias del Alcalde en la Junta de Gobierno.

Don José Miguel Luengo Gallego, Alcalde-Presidente del excelentísimo Ayuntamiento de San Javier,

Hace saber: Que por Decreto de esta Alcaldía-Presidencia 2023-2922, de 21 de junio de 2023, se han delegado en la Junta de Gobierno Local las siguientes atribuciones:

1. Aprobación de la oferta de empleo público de acuerdo con el Presupuesto y la plantilla aprobados por el Pleno.

2. Aprobación de las convocatorias y de las bases de las pruebas para la selección del personal y para los concursos de provisión de puestos de trabajo.

3. Distribución de las retribuciones complementarias que no sean fijas y periódicas (productividad, gratificaciones y horas extraordinarias).

4. Aprobación de los proyectos de obras y de servicios cuando sea competente el Alcalde para su contratación o concesión y estén previstos en el Presupuesto.

5. Concesión de licencias de actividad, así como de licencias de apertura de espectáculos públicos, actividades recreativas y establecimientos públicos.

6. Concesión de licencias urbanísticas, salvo las licencias de obra menor.

7. Aprobación de contratos menores de obras, servicios y suministros cuyo importe sea igual o superior a 5.000 euros, IVA incluido.

8. Celebración de los contratos privados.

9. Licitación y adjudicación de concesiones sobre los bienes y la adquisición de bienes inmuebles y derechos sujetos a la legislación patrimonial cuando el presupuesto base de licitación, en los términos definidos en el artículo 100.1 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, no supere el 10 por ciento de los recursos ordinarios del presupuesto ni el importe de tres millones de euros, así como la enajenación del patrimonio, cuando su valor no supere el porcentaje ni la cuantía indicados., salvo los declarados de valor histórico o artístico cualquiera que sea su valor (competencia del Pleno).

10. Licitación y adjudicación de contratos de obras, suministro, servicios, concesión de obras, concesión de servicios y administrativos especiales, cuando su valor estimado no supere el 10 por ciento de los recursos ordinarios del presupuesto ni, en cualquier caso, la cuantía de seis millones de euros, incluidos los de carácter plurianual cuando su duración no sea superior a cuatro años, eventuales prórrogas incluidas siempre que el importe acumulado de todas sus anualidades no supere ni el porcentaje indicado, referido a los recursos ordinarios del presupuesto del primer ejercicio, ni la cuantía señalada. No obstante, no es objeto de delegación la iniciación de los expedientes de contratación, ni la facultad contemplada en el apartado 2 del artículo 150 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, relativa a la aceptación de la propuesta de la mesa por el órgano de contratación y requerimiento de documentación al licitador que haya presentado la mejor oferta.

11. Aprobación de las convocatorias de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva y la resolución de las mismas.

12. Concesión de subvenciones nominativas cuyo importe sea igual o superior a 5.000 euros, incluida la aprobación de la cuenta justificativa presentada por los beneficiarios.

13. Aprobación de Convenios de Colaboración.

14. Aprobación de transferencias corrientes y aportaciones a los Consorcios de los que forma parte este Ayuntamiento.

Las atribuciones delegadas incluyen, en su caso y según corresponda de acuerdo con la naturaleza de la atribución, la facultad de autorizar y disponer el gasto, así como de reconocer la obligación.

Las atribuciones delegadas no incluyen la competencia para la resolución de los recursos administrativos que procedan contra los actos dictados por el órgano delegado.

Lo cual se hace público de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales.

En San Javier, a 22 de junio de 2023. El Alcalde, José Miguel Luengo Gallego.

NPE: A-090224-610


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