Resolución de 19 de enero de 2024 de la Secretaría General de la Consejería de Economía, Hacienda y Empresa, por la que se dispone la publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia del Acuerdo de la Mesa Sectorial de Administración y Servicios de 12 de diciembre de 2023, sobre Oferta de Empleo Público, Oferta Adicional de Estabilización de Empleo Temporal y Promoción Profesional, ratificado por Acuerdo de Consejo de Gobierno de 18 de enero de 2024.

I. Comunidad Autónoma

2. Autoridades y Personal

Consejería de Economía, Hacienda y Empresa

304 Resolución de 19 de enero de 2024 de la Secretaría General de la Consejería de Economía, Hacienda y Empresa, por la que se dispone la publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia del Acuerdo de la Mesa Sectorial de Administración y Servicios de 12 de diciembre de 2023, sobre Oferta de Empleo Público, Oferta Adicional de Estabilización de Empleo Temporal y Promoción Profesional, ratificado por Acuerdo de Consejo de Gobierno de 18 de enero de 2024.

En fecha 18 de enero de 2024, el Consejo de Gobierno, a propuesta del Consejero de Economía, Hacienda y Empresa, adoptó el Acuerdo por el que se ratifica el Acuerdo de la Mesa Sectorial de Administración y Servicios de 12 de diciembre de 2023, sobre Oferta de Empleo Público, Oferta Adicional de Estabilización de Empleo Temporal y Promoción Profesional.

De conformidad con lo establecido en el artículo 38.6 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, esta Secretaría General,

Resuelve:

Ordenar la publicación en el "Boletín Oficial de la Región de Murcia" del Acuerdo de la Mesa Sectorial de Administración y Servicios de 12 de diciembre de 2023, sobre Oferta de Empleo Público, Oferta Adicional de Estabilización de Empleo Temporal y Promoción Profesional, ratificado por Acuerdo de Consejo de Gobierno de 18 de enero de 2024, que se inserta a continuación.

Murcia, 19 de enero de 2024. La Secretaria General, Sonia Carrillo Mármol.


Acuerdo sobre oferta de empleo público, oferta adicional de estabilización de empleo temporal y promoción profesional

Introducción

La Estrategia para la Transformación de la Función Pública Regional (BORM nº 64 de 18 de marzo de 2021) incluía entre sus líneas de actuación el seguimiento y control de la temporalidad, estableciendo como una de sus medidas el impulso del funcionamiento Observatorio del Empleo Temporal creado por Acuerdo de la Mesa Sectorial de Administración y Servicios (apartado 12.º, BORM nº 293, de 21/12/2018), ratificado por Consejo de Gobierno con fecha 19 de diciembre de 2018. Entre las funciones de dicho Observatorio está velar por el grado de cumplimiento de los objetivos de reducción de empleo temporal, la evolución de la temporalidad y las condiciones de trabajo del personal interino.

La Mesa General de Negociación acordó con fecha 12 de noviembre de 2018 la aprobación de procesos de estabilización de empleo temporal de plazas de naturaleza estructural para situar la tasa de temporalidad en la Administración Regional por debajo del 8 por ciento. Según los datos analizados en el Observatorio de Empleo Temporal actualmente en el ámbito de Administración y Servicios existen 1.807 plazas de Ofertas de Empleo Público en ejecución, una vez aplicadas las medidas acordadas con las organizaciones sindicales y ejecutadas las 1.807 plazas la tasa de temporalidad estructural se situará en torno al 6,2%, por tanto por debajo del límite previsto del 8%.

El análisis de los datos afianza el cumplimiento de los objetivos de las actuaciones de estabilización en la Administración Regional, de una parte la reducción de la temporalidad y de otra la consolidación de sus empleos del personal interino de larga duración. Una vez cumplido el objetivo de reducción de la temporalidad estructural será necesario continuar en mantener unos niveles reducidos de la misma, así como el estudio y análisis de otros tipos de temporalidad que pudieran obedecer a necesidades estructurales mediante un seguimiento, control y aplicación de cuantas actuaciones resulten necesarias y adecuadas para evitar nuevos incrementos de la temporalidad así como la aparición de interinidad de larga duración.

Para alcanzar y mantener la reducción y contención de la temporalidad, la Estrategia para la Transformación de la Función Pública Regional contempla una serie de medidas, cuyas actuaciones deben desarrollarse en el marco del Observatorio del Empleo Temporal, sobre unos pilares básicos: una gestión adecuada de vacantes, el redimensionamiento de las plantillas para ajustarse a las necesidades reales de la prestación de servicios a la ciudadanía y la agilización del desarrollo de los procesos selectivos acudiendo al nombramiento de personal interino en aquellos supuestos de sustituciones o para la atención de servicios prioritarios de una manera ágil.

En línea con lo anterior el presente Acuerdo se estructura en tres apartados principales:

a) De un lado la aprobación de la Oferta de Empleo Público correspondiente al ejercicio 2023 una vez ajustada la tasa de reposición de efectivos cuya ejecución situará la interinidad estructural por debajo del 6%.

b) De otro lado, sin perjuicio de su carácter potestativo, la Administración Regional y las Organizaciones sindicales han determinado aplicar las previsiones contenidas en el artículo 217 del Real Decreto Ley 5/2023, aprobando una tasa adicional para convocar un nuevo proceso selectivo conforme a la disposición adicional octava de la Ley 20/2021, con la finalidad de corregir las disfunciones detectadas en los procesos de estabilización y garantizar el derecho de acceso a los mismos en condiciones de igualdad respetando los principios de mérito, capacidad y libre concurrencia.

c) Finalmente se contempla la continuidad del impulso a la Promoción Profesional del personal empleado público en ejecución del compromiso alcanzado de ofertar hasta el 2024 las 1.100 plazas previstas en el Acuerdo de la Mesa Sectorial de Administración y Servicios de 4 de diciembre de 2020 (BORM nº 9 de 13/1/2021).

De conformidad con lo expuesto, previa propuesta del Observatorio de Empleo Temporal, la representación de la Administración Regional y de las Organizaciones Sindicales, presentes en la Mesa Sectorial de Administración y Servicios de la Administración Pública de la Región de Murcia, adoptan el siguiente:

Acuerdo

Primero.- Objeto.

El objeto del presente Acuerdo es establecer el número de plazas y los criterios a que se ajustarán las convocatorias de los procesos selectivos derivados de la Oferta de Empleo Público y la Oferta de Promoción Profesional del ejercicio 2022 y 2023 para su aprobación, previa negociación en la Mesa General de Negociación de las Condiciones de Trabajo Comunes al personal funcionario, estatutario y laboral de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, garantizando el cumplimiento de los principios de libre concurrencia, igualdad, mérito, capacidad y publicidad.

Segundo.- Ámbito de aplicación y vigencia.

El presente Acuerdo será de aplicación en el ámbito de Administración y Servicios a las convocatorias de las plazas previstas en el mismo, la vigencia se iniciará con su publicación en el Boletín Oficial de Región de Murcia previa ratificación por el Consejo de Gobierno y se agotará una vez finalizadas las convocatorias correspondientes.

Tercero.- Oferta de Empleo Público, Plazas a convocar.

a) Oferta de Empleo Público 2023.

De conformidad con las reglas establecidas en el artículo 20 de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, y de la posibilidad de aplicar una tasa adicional, se acuerda una Oferta de Empleo Público para 2023 que asciende a un total de 252 plazas. Las citadas plazas se convocarán por el sistema de oposición, distribuidas de la forma que se indica en el Anexo 1.

b) Tasa Adicional de Estabilización prevista en el Real Decreto-Ley 5/2023.

En aplicación del artículo 217 del Real Decreto-Ley 5/2023, de 28 de junio, existen en la Administración Regional 179 plazas de naturaleza estructural, ocupadas de forma temporal a 30 de diciembre de 2021, por personal con una relación de carácter temporal anterior al 1 de enero de 2016, que no han superado los procesos de estabilización convocados con un sistema selectivo distinto al previsto en la disposición adicional octava de la Ley 20/2021 según el desglose que se recoge en el Anexo 2.

Las citadas plazas se convocarán por el sistema de concurso de acuerdo con los criterios aprobados en el Acuerdo de la Mesa Sectorial de Administración y Servicios de fecha 5 de julio de 2022 ratificado por el Consejo de Gobierno con fecha 14 de julio de 2022 sobre criterios de la convocatoria excepcional de estabilización de empleo temporal de larga duración por el sistema de concurso (BORM n.º 166 de 20 de julio), dichos criterios se modifican de la siguiente forma:

b.1. Puntuación mínima para superar el proceso selectivo: Se determina como puntuación mínima a alcanzar la de 15 puntos en el proceso selectivo, tanto para formar parte de la Resolución de personas seleccionadas como para estar incluido en la Resolución complementaria de aspirantes que han superado el proceso selectivo y no resultan seleccionados.

b.2. Criterios de desempate: Se establecen los siguientes criterios por el orden de prioridad que se indica:

1.º) Por el desempeño de puestos adscritos a los Cuerpos, Escalas y Opciones al que la persona aspirante participe en el ámbito de la Mesa Sectorial de Administración y Servicios de la Administración Pública de la Región de Murcia, sin limitación temporal.

2.º) Por el mayor número de ejercicios aprobados en convocatorias anteriores de procesos selectivos convocados en el ámbito de la Mesa de Administración y Servicios de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, tanto de estabilización como de acceso libre, promoción interna o promoción interna por reconversión en los mismos Cuerpos, Escalas y Opciones al que la persona aspirante participe.

3.º) Por prestar servicios en las Administraciones Públicas definidas en el artículo 2.3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en Cuerpos, Escalas y Opciones o categorías estatutarias o laborales, con las mismas funciones a las de los Cuerpos, Escalas y Opciones a los que la persona aspirante participe siempre dentro del mismo nivel de titulación, sin limitación temporal.

4.º) Sexo infrarrepresentado definido según el apartado octavo del presente Acuerdo.

5.º) Sorteo efectuado en sesión pública.

c) Plazas del turno de discapacidad y discapacidad intelectual.

Del total de 252 plazas que componen la propuesta de Oferta de Empleo Público para 2023, se reservará el 5% a personas con discapacidad (13 plazas) y el 2% a personas con discapacidad intelectual (5 plazas).

d) Modificación del Decreto 247/2022, de 22 de diciembre, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público de la Administración Pública de la Región de Murcia correspondiente al año 2022.

Ante la necesidad de disponer de plazas vacantes suficientes para la convocatoria del concurso adicional de estabilización se hace necesario disponer de 89 de las plazas previstas en la OEP 2022 (quedando 248), lo que supone también el recalculo de las plazas reservadas a discapacidad intelectual, pasando de 7 a 5.

Cuarto.- Acumulación de convocatorias derivadas de las Ofertas de Empleo de 2022 y 2023.

A lo largo de 2024 se realizarán las convocatorias correspondientes con un número total de plazas acumulado de 679 en los Cuerpos y Opciones detallados en Anexo 3, según el siguiente desglose:

a) 500 plazas por el sistema de oposición derivadas de la Oferta de Empleo Público 2023 más las pendientes de la Oferta de Empleo Público 2022, una vez modificada.

b) 179 plazas por el sistema de concurso de la tasa adicional prevista en el Real Decreto Ley 5/2023, que serán objeto de una única convocatoria.

Quinto.- Promoción profesional.

a) Oferta de Promoción Profesional 2023.

En cumplimiento del Acuerdo de 4 de diciembre de 2020 para el ejercicio 2023, se ofertarán un total de 185 plazas en los cuerpos que a continuación se indican:

Promoción Interna (PI) N.º plazas
BFC01 Investigación Agraria y Alimentaria 1
DGX00 Auxiliares Administrativos 30

Promoción Interna por Reconversión (PIR) N.º plazas
AFT02 Ingeniería Agrónoma 4
AFX01 Analista de Sistemas 5
ATT00 CSA Tributaria 4
BTT00 Técnicos Tributarios 6
CGX00 Administrativo 100
CFX08 Agraria 5
CFX01 Analista de Laboratorio 20
CFX25 Tributaria 10

b) Acumulación de plazas de promoción profesional.

En el ejercicio 2024 se convocarán las plazas de la Oferta de 2023 acumulándose las plazas de las Ofertas de los años 2021 y 2022, de acuerdo con el número de plazas y distribución que se indica en el Anexo 4.

c) Sistemas selectivos.

Los procesos selectivos serán convocados por el sistema de concurso oposición de conformidad con el baremo acordado en el Acuerdo de la Mesa Sectorial de Administración y Servicios de 4 de diciembre de 2020. Asimismo se convocaran por el sistema curso selectivo más una fase de concurso los Cuerpos y Opciones previstos en el citado acuerdo pudiendo ampliarse a otros colectivos.

Sexto.- Empleo temporal de carácter estructural.

Una vez alcanzados los objetivos de estabilización de empleo público estructural y continuando con el camino iniciado por la Administración Regional, para una adecuada planificación de recursos humanos se revisarán los nombramientos correspondientes a la ejecución de programas de carácter temporal y acumulación de tareas, con el objetivo de analizar la existencia de empleo estructural mediante la creación de puestos de trabajo.

Séptimo.- Promoción profesional de determinados colectivos.

La Comisión Técnica de Promoción Profesional analizará las funciones de los Cuerpos Escalas y Opciones para determinar aquellos cuyas funciones no se ajustan a las necesidades futuras de la Administración con el objetivo de abordar su recualificación mediante procesos de promoción interna en el puesto de trabajo. Asimismo y con carácter previo a su negociación en la Mesa Sectorial, finalizará el estudio de la promoción profesional de los colectivos correspondientes a las Opciones, Auxiliar Técnico Educativo (C2), Animación Social y Cultural (C1) y Analista de Laboratorio (C1), reservándose, en su caso, un número suficiente de plazas en la oferta de promoción profesional.

Octavo.- Medidas para promover la igualdad de género.

El criterio de desempate referido al sexo infrarrepresentado acordado en el Plan de Igualdad es una medida de acción positiva para corregir cualquier forma de discriminación hacia la mujer en el ámbito del empleo y las condiciones de trabajo, por tanto solo debe aplicarse en favor de la mujer y no del hombre cuando el sexo femenino estuviera infrarrepresentado dentro del colectivo de personas que formen parte del cuerpo o escala objeto de la correspondiente selección de conformidad con los datos del diagnóstico del Plan de Igualdad.

Murcia, 12 de diciembre de 2023. Por la Administración Regional, la Directora General de Función Pública y Diálogo Social, Micaela Martínez Costa. Por la Representación del Personal: CCOO. FSES. UGT.

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