Resolución de la Directora Gerente del Servicio Murciano de Salud, por la que se da publicidad a la Adenda por la que se modifica el convenio de 8 de noviembre de 2016 entre el Servicio Murciano de Salud y la Universidad Católica de San Antonio de Murcia, suscrito el 22 de diciembre de 2023, para la docencia e investigación en Medicina y Cirugía.

I. Comunidad Autónoma

3. Otras disposiciones

Consejería de Salud

Servicio Murciano de Salud

270 Resolución de la Directora Gerente del Servicio Murciano de Salud, por la que se da publicidad a la Adenda por la que se modifica el convenio de 8 de noviembre de 2016 entre el Servicio Murciano de Salud y la Universidad Católica de San Antonio de Murcia, suscrito el 22 de diciembre de 2023, para la docencia e investigación en Medicina y Cirugía.

Vista la Adenda por la que se modifica el Convenio de 8 de noviembre de 2016 entre el Servicio Murciano de Salud y la Universidad Católica de San Antonio de Murcia, suscrito el 22 de diciembre de 2023 entre el Servicio Murciano de Salud y la Universidad Católica de San Antonio de Murcia, para la docencia e investigación en Medicina y Cirugía, y a los efectos de lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre de Régimen Jurídico del Sector Público, en el artículo 6.6 de la Ley 7/2004, de 28 de diciembre, de Organización y Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y en el artículo 24 de la Ley 4/1994, de 26 de julio, de Salud de la Región de Murcia.


Resuelvo:

Publicar en el Boletín de la Región de Murcia, el texto de la Adenda por la que se modifica el convenio de 8 de noviembre de 2016 entre el Servicio Murciano de Salud y la Universidad Católica San Antonio de Murcia, suscrito el 22 de diciembre de 2023, para la docencia e investigación en Medicina y Cirugía, que figura como Anexo de esta Resolución.

Murcia, 22 de diciembre de 2023. La Directora Gerente, Isabel Ayala Vigueras.

Anexo

Adenda por la que se modifica el convenio de 8 de noviembre de 2016 entre el Servicio Murciano de Salud y la Universidad Católica de San Antonio de Murcia, suscrito el 22 de diciembre de 2023, para la docencia e investigación en Medicina y Cirugía

De una parte, la Ilma. Sra. Doña Isabel Ayala Vigueras, en su condición de Director Gerente del Servicio Murciano de Salud, en la representación que ostenta en virtud de la facultad atribuida por el Decreto 148/2002, de 27 de diciembre, por el que se establece la estructura y funciones de los órganos de participación, administración y gestión del Servicio Murciano de Salud, y por Acuerdo del Consejo de Administración del Servicio Murciano de Salud, de fecha 20 de diciembre de 2023.

De otra parte, la Excma. Sra. Doña María Dolores García Mascarell, Presidenta de la Universidad Católica San Antonio de Murcia, actuando en representación de ésta y facultado para suscribir este documento, en virtud de las competencias que tiene atribuidas por el artículo 13 de los Estatutos de dicha Universidad.


Exponen:

Primero.- Que con fecha 8 de noviembre de 2016 fue suscrito convenio entre el Servicio Murciano de Salud y la Universidad Católica de San Antonio de Murcia para la docencia e investigación en Medicina y Cirugía. Con fecha 5 de octubre de 2020 se prorrogó dicho convenio por cuatro años.

Segundo.- Que en la disposición adicional quincuagésima segunda punto 4 del Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, establece:

"El cumplimiento de las obligaciones a la Seguridad Social se ajustará a las siguientes reglas:

En el caso de las prácticas remuneradas, el cumplimiento de las obligaciones de Seguridad Social corresponderá a la entidad u organismo que financie el programa de formación, que asumirá a estos efectos la condición de empresario. En el supuesto de que el programa esté cofinanciado por dos o más entidades u organismos, tendrá la condición de empresario al que corresponda hacer efectiva la respectiva contraprestación económica.

Las altas y las bajas en la Seguridad Social se practicarán de acuerdo con la normativa general de aplicación.

En el caso de las prácticas formativas no remuneradas, el cumplimiento de las obligaciones de Seguridad Social corresponderá a la empresa, institución o entidad en la que se desarrollen aquellos, salvo que en el convenio o acuerdo de cooperación que, en su caso, se suscriba para su realización se disponga que tales obligaciones corresponderán al centro de formación responsable de la oferta formativa. Quien asuma la condición de empresario deberá comunicar los días efectivos de prácticas a partir de la información que facilite el centro donde se realice la práctica formativa".

Como consecuencia de lo anterior, ambas partes


Acuerdan:

Suscribir la presente Adenda por la que se modifica el convenio de 8 de noviembre de 2016 entre el Servicio Murciano de Salud y la Universidad Católica de San Antonio de Murcia, para la Docencia e Investigación en Medicina y Cirugía, que se regirá por las siguientes


Cláusulas:

Primera.- Asumir por la Universidad Católica de San Antonio de Murcia el cumplimiento de las obligaciones derivadas de la seguridad social, el coste y alta en seguridad social de los estudiantes en prácticas, conforme a la disposición adicional quincuagésima segunda del Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social.

Segunda.- Mantener en lo demás los términos del Convenio firmado.

Tercera.- La presente adenda surtirá efectos desde el 1 de enero de 2024.

Y en prueba de conformidad con lo acordado, las partes firman electrónicamente en Murcia el 22 de diciembre de 2023 el presente documento.

Por el Servicio Murciano de Salud, la Directora Gerente Isabel Ayala Vigueras. Y por la Universidad Católica de San Antonio de Murcia, la representante, María Dolores García Mascarell.

NPE: A-190124-270


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