Acuerdo de 27 de diciembre de 2023 de encomienda de gestión para el suministro de información y la entrega de certificados relativos a expedientes de la Consejería de Política Social, Familias e Igualdad y del Instituto Murciano de Acción Social, por las Oficinas de Asistencia en Materia de Registros de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

I. Comunidad Autónoma

3. Otras disposiciones

Consejería de Interior, Emergencias y Ordenación del Territorio

128 Acuerdo de 27 de diciembre de 2023 de encomienda de gestión para el suministro de información y la entrega de certificados relativos a expedientes de la Consejería de Política Social, Familias e Igualdad y del Instituto Murciano de Acción Social, por las Oficinas de Asistencia en Materia de Registros de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

De una parte, D.ª María Concepción Ruiz Caballero, en su condición de Consejera de Política Social, Familias e Igualdad y de Presidenta del Instituto Murciano de Acción Social, nombrada para ambos cargos por Decreto del Presidente n.º 33/2023, de 14 de septiembre.

De otra, D. José Ángel Antelo Paredes, Consejero de Interior, Emergencias y Ordenación del Territorio, nombrado para este cargo por Decreto del Presidente n.º 32/2023, de 14 de septiembre.

Ambos, en ejercicio de las competencias que tienen atribuidas

Exponen:

1.º- La Consejería de Política Social, Familias e Igualdad es el departamento de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia encargado de la propuesta, desarrollo y ejecución de las directrices generales del Consejo de Gobierno en materia de asistencia y bienestar social; desarrollo comunitario; promoción, protección y apoyo a la familia e infancia; protección y reforma de menores; políticas de promoción e integración de las personas inmigrantes, de personas con discapacidad, de personas mayores, de promoción de la autonomía personal y atención a personas en situación de dependencia y en general de protección de personas en situación de emergencia, riesgo o exclusión social.

A la citada Consejería está adscrito el organismo autónomo Instituto Murciano de Acción Social (IMAS), al que según el artículo 2 de la Ley 1/2006, de 10 de abril, le corresponde ejecutar las competencias de administración y gestión de servicios, prestaciones y programas sociales de acuerdo con los principios establecidos en la Ley 3/2003, de 10 de abril, del Sistema de Servicios Sociales de la Región de Murcia (actual Ley 3/2021, de 29 de julio, de Servicios Sociales de la Región de Murcia).

2.º- La Consejería de Interior, Emergencias y Ordenación del Territorio es el departamento de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia encargado de la propuesta, desarrollo y ejecución de las directrices generales del Consejo de Gobierno en materia de atención al ciudadano y, dentro de éstas, la gestión de los procedimientos de tramitación inmediata.

Estas competencias son ejercidas a través del Servicio de Atención al Ciudadano, adscrito a la Dirección General de Interior, Calidad y Simplificación Administrativa.

3.º- El artículo 11 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, regula la encomienda de gestión, instrumento jurídico mediante el cual un órgano administrativo o Entidad de Derecho Público puede encomendar a otro órgano o Entidad de Derecho Público de la misma o distinta Administración la realización de actividades de carácter material o técnico, siempre que entre sus competencias estén esas actividades, por razones de eficacia o cuando no se posean los medios técnicos idóneos para su desempeño.

Conforme a lo dispuesto en el artículo 11.3.a) de la citada Ley, por tratarse de una encomienda de gestión entre órganos administrativos y Entidades de Derecho Público pertenecientes a la misma Administración, debe formalizarse mediante acuerdo expreso de los órganos y entidades intervinientes que deberá publicarse, para su eficacia, en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.

4.º- Haciendo uso de dicha figura, la Consejería de Política Social, Familias e Igualdad y el IMAS quieren encomendar a las Oficinas de Asistencia en Materia de Registros (OAMR) de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, que dependen de la Consejería de Interior, Emergencias y Ordenación del Territorio, a través del Servicio de Atención al Ciudadano, el suministro de información a la ciudadanía y la entrega de certificados sobre expedientes de determinados procedimientos de su competencia.

Por todo lo anteriormente expuesto, las partes, en la representación que ostentan, convienen y suscriben el presente Acuerdo, con arreglo a las siguientes:

Cláusulas:

Primera.- Objeto del acuerdo.

1. La finalidad del presente acuerdo es articular la encomienda de gestión de la Consejería de Política Social, Familias e Igualdad y el IMAS, a la Consejería de Interior, Emergencias y Ordenación del Territorio, para que por parte de las OAMR se realicen las siguientes actuaciones:

a) dar a la ciudadanía información sobre los expedientes correspondientes a determinados procedimientos de la competencia de las entidades encomendantes en los que se tenga la condición de interesado.

b) la entrega, como servicio de tramitación inmediata, de certificados relativos a tales procedimientos.

2. Esta encomienda de gestión no supone cesión de la titularidad de las competencias ni de los elementos sustantivos de su ejercicio, atribuidas a las entidades encomendantes.

3. Asimismo, es responsabilidad de estas últimas dictar los actos o resoluciones de carácter jurídico que den soporte o en los que se integre la concreta actividad material objeto de la presente encomienda de gestión.

Segunda.- Régimen de actuaciones.

1. Las actuaciones objeto de encomienda se llevarán a cabo por los funcionarios de las OAMR mediante el acceso a la plataforma VISI, y únicamente para los expedientes y procedimientos para los que tengan permisos de acceso.

En dicha herramienta quedará constancia de la huella del funcionario interviniente, fecha y hora del acceso.

2. El suministro de la información o la entrega de certificados requerirá la previa acreditación fehaciente de la identidad del interesado o su representante legal.

3. La dependencia orgánica de los funcionarios que tengan asignadas las tareas objeto de encomienda corresponderá a la Dirección General de Interior, Calidad y Simplificación Administrativa, como centro directivo competente en materia de atención al ciudadano.

4. La dependencia funcional respecto a tales tareas corresponderá a los centros directivos competentes en los distintos procedimientos cubiertos por la encomienda de gestión.

5. Corresponde al Servicio de Gestión Informática del IMAS, como administrador de la herramienta VISI, gestionar los permisos en dicha plataforma de los funcionarios designados por el Servicio de Atención al Ciudadano para la realización de las actuaciones objeto de encomienda, dotándoles de clave de acceso a la misma.

6. El Servicio de Gestión Informática del IMAS, en colaboración con el Servicio de Atención al Ciudadano, proporcionará a tales funcionarios la formación necesaria para el desempeño de las tareas propias de la encomienda de gestión.

7. Todas las partes designarán una persona de contacto para la resolución de las incidencias técnicas que puedan surgir.

Tercera.- Disposiciones en materia de protección de datos.

1. Los centros directivos competentes sobre los distintos procedimientos serán los responsables del tratamiento de datos de carácter personal, de acuerdo con el artículo 4.7) del Reglamento (UE) n.º 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos).

2. El Servicio de Atención al Ciudadano, respecto de los datos de carácter personal a los que pudiera tener acceso en ejecución de la encomienda de gestión, tendrá la condición de encargado del tratamiento, de acuerdo con el artículo 4.8) del referido Reglamento.

3. Todas las partes partes se comprometen a cumplir la normativa vigente en materia de protección de datos, actuando en este sentido conforme a lo dispuesto en el Reglamento General de Protección de Datos y en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.

Cuarta.- Comisión de Seguimiento.

1. Con el fin de articular el seguimiento de la ejecución de las medidas previstas en el presente acuerdo y proceder a su interpretación, se creará una Comisión de Seguimiento, presidida por la persona titular de la Jefatura de Servicio de Atención al Ciudadano o persona que designe, quien dirimirá con su voto los posibles empates, y de la que formarán parte, además:

- Funcionario por parte del Servicio de Atención al Ciudadano, designado por el titular de la Dirección General de Interior, Calidad y Simplificación Administrativa.

- Un funcionario por parte de la Consejería de Política Social, Familias e Igualdad, designado por su titular.

- Un funcionario del IMAS, designado por el titular de la Dirección Gerencial del mismo.

2. La Comisión se reunirá, en sesión ordinaria, una vez al año y de forma extraordinaria, a petición de cualquiera de sus miembros.

Quinta.- Plazo de duración y efectos.

1. El acuerdo surtirá efectos desde su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia y tendrá una duración de cuatro años, pudiendo prorrogarse expresamente por acuerdo de las partes.

2. Asimismo, se podrá dejar sin efecto, en cualquier momento:

- Por mutuo acuerdo de las partes.

- Por decisión de las entidades encomendantes, cuando desaparezcan las razones que han aconsejado la formalización del mismo.

Y, en prueba de conformidad con todo lo expuesto, en el ejercicio de las facultades que legalmente corresponden a cada uno de los firmantes, suscriben el presente Acuerdo, en Murcia, en la fecha indicada al margen.


Murcia, a 27 de diciembre de 2023. La Consejera de Política Social, Familias e Igualdad y Presidenta del IMAS, María Concepción Ruiz Caballero. El Consejero de Interior, Emergencias y Ordenación del Territorio, José Ángel Antelo Paredes.

NPE: A-100124-128


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