Resolución de 29 de diciembre de 2023, de la Dirección General de Función Pública y Diálogo Social, por la que se convocan las acciones formativas a desarrollar durante el presente año 2024, dentro del Plan Bienal de Formación del personal al servicio de la Administración Regional y Local de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para los años 2024 y 2025 y se aprueban las bases específicas.

I. Comunidad Autónoma

2. Autoridades y Personal

Consejería de Economía, Hacienda y Empresa

123 Resolución de 29 de diciembre de 2023, de la Dirección General de Función Pública y Diálogo Social, por la que se convocan las acciones formativas a desarrollar durante el presente año 2024, dentro del Plan Bienal de Formación del personal al servicio de la Administración Regional y Local de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para los años 2024 y 2025 y se aprueban las bases específicas.

Aprobado el Plan de Formación del personal al servicio de la Administración regional y local de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el bienio 2024-2025, por Orden de 28 de diciembre 2023 de la Consejería de Economía, Hacienda y Empresa, previo informe favorable de la Comisión Paritaria de Formación de esta Comunidad Autónoma en su reunión celebrada el 27 de diciembre de 2023, procede la convocatoria de las acciones formativas de los programas integrantes del referido Plan a desarrollar durante el año 2024, a fin de distribuir su realización a lo largo del mismo, de acuerdo con lo dispuesto en la presente Resolución y su Anexo de bases específicas.

De acuerdo con lo dispuesto en el Real decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la administración pública y para la ejecución del plan de recuperación, transformación y resiliencia y la Estrategia para la Transformación de la Función Pública Regional, la formación es un elemento capital del modelo de transformación, tanto en herramientas de gestión como en desarrollo de competencias digitales, idiomas o de otro carácter como las habilidades blandas o soft skills (pensamiento crítico, creatividad, innovación, trabajo en equipo, empatía), que serán las exigidas en los próximos años para el desarrollo efectivo de las competencias profesionales en la Administración.

Por todo ello, en virtud de las atribuciones que me confiere el Decreto nº 241/2023, de 22 de septiembre, (Suplemento nº 13 del BORM nº 220 de 22 de septiembre), por el que se establecen los Órganos Directivos de la Consejería de Economía, Hacienda y Empresa, de conformidad con su contenido

Resuelvo:

Primero. Aprobar las bases específicas.

Aprobar las bases específicas previstas en el Anexo I de la presente resolución, para el desarrollo de las acciones formativas integradas en los diferentes Programas y Subprogramas del Plan de Formación 2024-2025 de la Administración regional y local de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, a desarrollar durante el año 2024.

Segundo. Convocar las acciones formativas para el año 2024.

De conformidad con lo establecido en la Orden de 28 de diciembre 2023 de la Consejería de Economía, Hacienda y Empresa se convocan las acciones formativas que se indican en los anexos correspondientes, de esta Resolución.

Tercero. Publicidad y reclamaciones.

1.- Planificación de acciones formativas

La planificación de las acciones formativas y la ficha técnica correspondiente se podrá consultar en la web https://efiap.carm.es/ apartado Oferta Formativa clasificadas en su respectivo programa de formación, donde se especificará entre otros datos: el calendario previsto, objetivos, contenidos, metodología y evaluación, personal coordinador y profesorado de cada una de las acciones.

2.- Solicitudes para participar en las acciones formativas.

Las personas interesadas en participar en alguna de las acciones formativas solicitables individualmente en el Plan de Formación deberán presentar la correspondiente solicitud en la forma y en el plazo establecido en el Anexo de Bases Específicas en cada uno de los programas y subprogramas.

3.- Relaciones de personal admitido y excluido.

Finalizado el plazo de solicitudes, se publicarán las resoluciones que aprueban las relaciones provisionales de las personas admitidas (seleccionadas y suplentes) y excluidas de las distintas acciones formativas.

Las personas solicitantes dispondrán de un plazo de cinco días hábiles, a contar desde el siguiente al de su publicación, para efectuar reclamaciones.

Dichas reclamaciones deberán presentarse accediendo a la Sede Electrónica de la CARM, mediante el trámite correspondiente en el procedimiento Acciones formativas de la Escuela de Formación e Innovación de la Administración Pública (EFIAP) solicitables por el personal empleado público (código 607)

Si no se presentasen reclamaciones en el plazo establecido, esta resolución devendrá definitiva, siéndole de aplicación el régimen de recursos administrativos establecido en la Ley 39/2015 de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Las relaciones priorizadas, tanto provisionales como definitivas, se podrán consultar en la web https://efiap.carm.es/, apartado Alumnado/Selección.

4.- Calificaciones finales de las acciones formativas.

Concluida la acción formativa, se dictará resolución de alumnado que ha asistido y/o superado una acción formativa. Dicha Resolución, con sus Anexos, se publicará en la página web https://efiap.carm.es/, apartado Alumnado/Calificación.

Las personas participantes en la acción formativa dispondrán de un plazo de cinco días hábiles, a contar desde el siguiente al de su publicación, para efectuar reclamaciones.

Dichas reclamaciones deberán presentarse accediendo a la Sede Electrónica de la CARM, mediante el trámite correspondiente en el procedimiento Acciones formativas de la Escuela de Formación e Innovación de la Administración Pública (EFIAP) solicitables por el personal empleado público (código 607).

Si no se presentasen reclamaciones en el plazo, esta resolución devendrá definitiva, siéndole de aplicación el régimen de recursos administrativos establecido en la Ley 39/2015 de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Cuarto. Protección de datos de carácter personal en la gestión de acciones formativas.

El tratamiento de los datos de carácter personal en la gestión de las diferentes acciones formativas convocadas por la Escuela de Formación e Innovación, se realizará de conformidad con lo previsto en la normativa en vigor en esta materia, especialmente lo previsto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.

La publicidad de las diferentes relaciones de alumnado en cumplimiento de la normativa anteriormente referida contendrá los datos de carácter personal mínimos necesarios para cumplir el principio de publicidad, y se mantendrán hasta la finalización de la presente convocatoria y durante el tiempo adicional necesario para el ejercicio de las reclamaciones y/o recursos por parte de las personas interesadas.

Disposición derogatoria.

Quedan derogadas todas las disposiciones de igual o inferior rango en lo que contradigan o se opongan a lo dispuesto en la presente Resolución.

Disposición final primera.

La ejecución de los programas formativos convocados en esta Resolución se adecuará al crédito disponible por este concepto en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma para el año 2024.

Disposición final segunda.

La presente Resolución se publicará en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, entrando en vigor el mismo día de su publicación.

Disposición final tercera.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la persona titular de la Consejería de Economía, Hacienda y Empresa, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.

En Murcia, a 29 de diciembre de 2023. La Directora General de Función Pública y Diálogo Social, Micaela Martínez Costa.

Anexo I

Bases específicas para el desarrollo de las acciones formativas de la Administración Regional y Local de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia integrantes del Plan Bienal de Formación para el año 2024.

Se establecen las bases específicas y se ofertan las acciones formativas que se van a desarrollar durante el año 2024 en cada uno de los programas y subprogramas que se especifican en cada uno de los anexos.

Primera.- Acciones formativas a solicitar por el personal empleado público dentro del marco de los programas de formación interadministrativa, formación a policía local, administración local y formación directiva.

PROGRAMAS/SUBPROGRAMAS ANEXO FIN PLAZO SOLICITUD MÁXIMO SOLICITUDES
INTERADMINISTRATIVO ING Subprograma de Formación General II 25/01/2024 2
IAE Subprograma de Formación en Administración Electrónica y Competencias Digitales III 3
IGU Subprograma de Formación en Igualdad de Género IV 2
PL1 Programa de Formación para Policías Locales V 2
AL1 Programa de Formación en Administración Local VI 2
DIR Programa de Formación Directiva VII 3


1. Solicitudes, plazos y criterios de selección.

La solicitud de participación en alguna de las acciones formativas supone la aceptación de las presentes Bases Específicas y de las Bases Generales aprobadas por Orden de 28 de diciembre de 2023 de la Consejería de Economía, Hacienda y Empresa por la que se aprueba el Plan Bienal de Formación del personal al servicio de la Administración regional y local de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para los años 2024 y 2025.

Las solicitudes para participar en alguna de las acciones formativas de los programas indicados anteriormente se deberán presentar a través de la Sede Electrónica de la CARM, mediante el procedimiento Acciones formativas de la Escuela de Formación e Innovación de la Administración Pública (EFIAP) solicitables por el personal empleado público (código 607)

El personal interesado podrá solicitar hasta dos acciones formativas por programa, presentando una solicitud por cada anexo, pudiendo ser seleccionado en un máximo de una acción formativa, de cada uno de estos programas, a excepción del Programa de Formación Directiva en el que se podrá solicitar tres acciones y ser seleccionado hasta en tres acciones formativas y el Subprograma de Formación en Administración Electrónica y Competencias Digitales en el que se podrán solicitar tres acciones y ser seleccionado hasta en dos acciones formativas.

El plazo de presentación de solicitudes estará abierto desde el día siguiente a la publicación de la presente Resolución hasta el 25 de enero de 2024.

Para dar trámite a la correspondiente solicitud, será obligatorio cumplimentar correctamente todos los campos contenidos en el formulario siendo el dato de contacto preferente la dirección de correo electrónico corporativo.

Las personas solicitantes declararán de forma responsable que son ciertos los datos que figuran en su solicitud, pudiendo la EFIAP según dispone el artículo 28.2 de la Ley 39/2015 de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, recabar cuantos datos sean necesarios para verificar la información cumplimentada en dicha solicitud.

Quienes se encuentren en situación de discapacidad debidamente acreditada, cuyo grado sea igual o superior al 33 por ciento, podrán hacer constar tal circunstancia en la solicitud e indicar, asimismo, las adaptaciones que en su caso precisen.

Una vez realizada la solicitud, si necesitase hacer alguna modificación sobre la misma, deberán anularla completamente y realizar una nueva solicitud, todo ello dentro del plazo establecido.

Los criterios de selección serán, con carácter general, los establecidos en la Base General Quinta de la Orden de 28 de diciembre de 2023 de la Consejería de Economía, Hacienda y Empresa por la que se aprueba el Plan Bienal de Formación del personal al servicio de la Administración regional y local de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para los años 2024 y 2025.

2. Asistencia y superación.

Los criterios para la superación de la acción formativa y los requisitos para su acreditación y certificación son los establecidos con carácter general, en la Base General Decimotercera de la Orden de 28 de diciembre de 2023 de la Consejería de Economía, Hacienda y Empresa por la que se aprueba el Plan Bienal de Formación del personal al servicio de la Administración regional y local de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para los años 2024 y 2025. En la ficha técnica y la guía didáctica de cada acción formativa vendrán reflejados los criterios de evaluación y requisitos específicos.


Segunda.- Acciones formativas en el marco de los programas de formación sobre calidad y mejora, innovación y aprendizaje colaborativo.

PROGRAMA DENOMINACIÓN PLAZO SOLICITUD MÁXIMO PERSONA/AÑO
PCU Programa de Calidad de las Unidades
01/04/2024
5
IOP Programa de Innovación Orientada a Proyectos 1
COP Comunidades de Prácticas 1
INE Programa de Estancias Formativas 1


1. Solicitudes, plazos y criterios de selección.

Los Ayuntamientos de la Región de Murcia y los Centros Directivos correspondientes de cada Consejería y Organismo de la Administración Regional, podrán solicitar la incorporación de acciones formativas, en el marco de estos programas, en función de las necesidades específicas del personal de las distintas unidades administrativas.

La solicitud se dirigirá a la EFIAP acompañada de los modelos correspondientes, disponibles en la web https://efiap.carm.es/, apartado Oferta Formativa/Otras Acciones Formativas.

Dicha solicitud deberá ir firmada por la persona responsable de la unidad administrativa que lo solicite, con la conformidad de la persona titular del órgano directivo de la Administración correspondiente. (Secretarías Generales, Direcciones Generales, Concejalías, etc.).

En el caso del Programa de Estancias Formativas, la propuesta será firmada, además, por las personas participantes en la estancia formativa: solicitante, tutor/a y personas responsables de la unidad de origen y de la unidad receptora.

El plazo para presentar solicitudes por las unidades administrativas, en los referidos programas, será hasta el día 1 abril de 2024.

El número de acciones formativas a realizar cada año por los centros directivos y ayuntamientos, estará limitado por la capacidad presupuestaria y de gestión de la EFIAP en función de las solicitudes presentadas, ponderando diversos criterios como: áreas de actuación en sectores prioritarios, número de efectivos, estrategia organizacional, etc.

El número máximo de acciones formativas a realizar en el Programa de Calidad de las Unidades (PCU) será de 5 por persona/año.

El número máximo de acciones formativas a realizar en cada uno de los programas restantes de esta base segunda (IOP/COP/INE) será de 1 por persona/año.

La duración de las acciones formativas se fijará con un número de horas idóneo para el adecuado desarrollo de las mismas, si bien con carácter general su duración no excederá de 40 horas.

Una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes, la EFIAP, en comisión técnica creada al efecto, las estudiará y aprobará en su caso, atendiendo a la idoneidad de la propuesta con relación a los objetivos del programa. Concluida la comisión se comunicará a los centros directivos y ayuntamientos su inclusión como actividad formativa y el personal técnico designado que contactará con la persona coordinadora especificada en la solicitud para su posible desarrollo.

No se podrá iniciar la acción formativa hasta que no se establezca la debida coordinación con el personal técnico asignado de la EFIAP y cuente con la autorización expresa de la Dirección General de Función Pública y Diálogo Social, independientemente de que lleve o no asociado coste económico.

La EFIAP no certificará una acción formativa que no se haya realizado de acuerdo a la planificación y requisitos exigidos.

El alumnado participante en estas acciones formativas será propuesto con antelación suficiente al inicio de las mismas por las personas responsables de sus respectivas unidades administrativas, en atención a la relación de sus funciones con el contenido de aquéllas y según las necesidades del servicio.

Una vez que se autorice la incorporación y desarrollo de las acciones formativas que se integren en estos programas, podrá consultarse la ficha técnica correspondiente en la web https://efiap.carm.es/ apartado Oferta Formativa/Otras Acciones Formativas.

El Programa de Calidad de la Unidades (PCU) oferta además una serie de acciones formativas que vienen recogidas en el Anexo VIII, consideradas relevantes en base a la detección de necesidades realizada por la EFIAP, cuyo objeto es que diferentes unidades que, puedan tener la misma necesidad, puedan agruparse para la realización de la experiencia de aprendizaje. El alumnado participante será propuesto por las personas responsables de las respectivas unidades administrativas, hasta el 31 de enero de 2024, siendo la EFIAP la que contactará con los diferentes centros directivos para coordinar dichas propuestas.


2. Asistencia y superación.

Los criterios para la superación de la acción formativa y los requisitos para su acreditación y certificación son los establecidos con carácter general, en la Base General Decimotercera de la Orden de 28 de diciembre de 2023 de la Consejería de Economía, Hacienda y Empresa por la que se aprueba el Plan Bienal de Formación del personal al servicio de la Administración regional y local de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para los años 2024 y 2025. En la ficha técnica y la guía didáctica de cada acción formativa vendrán reflejados los criterios de evaluación y requisitos específicos.

Una vez finalizado el trabajo realizado por las personas participantes en las acciones formativas del Programa de Innovación Orientado a Proyectos, del Programa de Comunidades de Prácticas, y el Programa de Estancias Formativas, la certificación de la superación correspondiente a cada participante quedará supeditada además de los requisitos establecidos con carácter general, a la presentación por parte de la persona coordinadora de dichas acciones formativas de la siguiente documentación acreditativa:

. Memoria, que contendrá como mínimo la descripción sobre el desarrollo y cumplimiento de la programación, objetivos e incidencias.

. Informe de participación individual/Informe de aprovechamiento.

. Control de asistencia, mediante hojas de firmas o registro electrónico.

. Documento o material elaborado: Proyecto, Manual, Guía, Protocolo etc.

. Informe de implantación del proyecto, en el Programa de Innovación Orientado a Proyectos, con el visto bueno de la persona responsable de la unidad.

. Informe de la tutoría en el servicio en el Programa de Estancias Formativas.

. Memoria sobre el desarrollo de las actividades realizadas en el Programa de Estancias Formativas.

En los programas de aprendizaje colaborativo (IOP, COP, INE), el personal técnico de la EFIAP deberá emitir un informe favorable para poder acreditar la realización de las acciones formativas.


Tercera. - Programa de Gestión del Conocimiento.

PROGRAMA DE GESTIÓN DEL CONOCIMIENTO
REL Subprograma de Relevo Generacional
ACO Subprograma de Acogida


1. Solicitudes, plazos y criterios de selección.

Las acciones formativas a desarrollar y las personas designadas que participarán dentro de este Programa serán las que proponga la Dirección General de Función Pública y Diálogo Social, dentro de la planificación de los siguientes subprogramas:

. Subprograma de Relevo Generacional, a propuesta de las unidades organizativas.

. Subprograma de Acogida, en relación con las convocatorias relativas a la oferta de empleo público que así se determinen.

Las acciones formativas de relevo se fijarán con un número de horas idóneo para el adecuado desarrollo de las mismas, si bien con carácter general su duración no excederá de 40 horas.

2. Finalización y justificación de la acción formativa.

En el subprograma de Relevo Generacional, una vez finalizada la acción formativa, se presentará por la persona que ha ejercido la tutoría o mentoría, la siguiente documentación:

. Memoria sobre el desarrollo de las actividades realizadas.

. Informe de la tutoría sobre aprovechamiento.

. Control de asistencia, mediante hojas de firmas o registro electrónico.

. Documento o material elaborado, en su caso.


Cuarta.- Programa de Formación para el Acceso y la Promoción Profesional.

FAP Programa de Formación para el Acceso y la Promoción Profesional:
· Personal de Administración y Servicios CARM.
· Policía Local de los Ayuntamientos de la Región de Murcia.


1. Solicitudes, plazos y criterios de selección.

El alumnado participante en estas acciones formativas podrá ser el que resulte admitido en los procesos selectivos o de provisión de puestos de trabajo convocados al efecto en el ámbito de la Mesa Sectorial de Administración y Servicios de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Del mismo modo, dentro de este programa se realizará la formación selectiva básica y de promoción, establecida en la Ley 6/2019 de 4 de abril de Coordinación de las Policías Locales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. Los ayuntamientos interesados realizarán la solicitud de esta formación selectiva a través de la Sede Electrónica de la CARM, mediante el procedimiento electrónico 3771 Solicitud curso selectivo para el ingreso/acceso en los cuerpos de Policía Local de la Región de Murcia.

2. Asistencia y superación.

La superación de una acción formativa en este programa se regirá por la convocatoria de cada proceso selectivo, por lo establecido en la Guía Didáctica y complementariamente por la normativa reguladora establecida para las acciones formativas de la EFIAP.


Quinta.- Programa de Formación Mínima Necesaria en Prevención de Riesgos Laborales.

PFO Programa de Formación Mínima necesaria en Prevención de Riesgos Laborales Anexo IX


1. Solicitudes, plazos y criterios de selección.

El personal participante será designado por los responsables de las diferentes unidades en virtud de las evaluaciones de riesgos de su puesto de trabajo, por el Servicio Coordinador de Prevención de Riesgos Laborales, adscrito a la Dirección General competente en materia de Función Pública.

El personal empleado público solo podrá ser eximido de realizar una acción formativa incluida en este programa, para el que haya sido designado, cuando concurra alguna de las siguientes circunstancias:

a) Que no preste servicio en la Administración regional, por cese o finalización de contrato.

b) Que se encuentre de baja por enfermedad y presente su renuncia en atención a su estado de salud.

c) Por necesidades del servicio sobrevenidas en un momento posterior a su inscripción en la acción formativa.

d) No cumplir algún requisito o estar dentro de las causas de exclusión para ser personal destinatario de la acción formativa.

Las circunstancias indicadas en los apartados a), b) y c), deberán acreditarse por la Jefatura de Servicio correspondiente ante la coordinación de la acción formativa con la mayor antelación posible.

2. Asistencia y superación.

El personal responsable de las diferentes unidades deberá organizar el servicio de forma que facilite la asistencia y/o participación a esta formación de carácter obligatorio, de manera que cuente con el tiempo necesario para que, durante la jornada de trabajo, pueda realizar adecuadamente dicha formación.

Los criterios para la superación de la acción formativa y los requisitos para su acreditación y certificación son los establecidos con carácter general, en la Base General Decimotercera de la Orden de 28 de diciembre de 2023 de la Consejería de Economía, Hacienda y Empresa por la que se aprueba el Plan Bienal de Formación del personal al servicio de la Administración regional y local de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para los años 2024 y 2025.

En la ficha técnica y la guía didáctica de cada acción formativa vendrán reflejados los criterios de evaluación y requisitos específicos.


Sexta.- Programa Certificarm.

INF Programa Certificarm Anexo X


1. Solicitudes, plazos y realización de las pruebas de validación.

Para solicitar la participación en este programa, deberá acceder, a través de la web https://efiap.carm.es/ apartado Certificarm/Cursos, donde podrá acceder a la acción formativa que desea realizar.

Realizará el curso a su ritmo, estableciendo su propio horario. Puede conectarse desde cualquier lugar (con un tiempo máximo de realización entre 40 y 60 días a contar desde la inscripción). Tras finalizarlo obtendrá un documento de superación emitido desde la propia plataforma.

Una vez que tenga en su poder el Certificado de superación, formulará su solicitud en el programa de cita previa, pudiendo elegir el día y la hora en que desea realizar la prueba de validación. Su admisión estará supeditada a la disponibilidad de citas en el día escogido.

Para solicitar la cita previa deberá haber transcurrido, al menos, 24 horas desde la finalización del curso. También podrá modifica o anular su cita previa cuando lo estime conveniente y, en todo caso, si no va a poder asistir a la misma.

El plazo de presentación de solicitudes de cita previa se encuentra permanentemente abierto, renovándose automáticamente la disponibilidad de las mismas el día 1 de cada mes.

Quienes hayan solicitado participar en las pruebas de validación recibirán un correo electrónico de confirmación de la cita. Asimismo, recibirá otro correo recordatorio con 72 horas de antelación a la realización del examen.

La prueba de evaluación será de forma presencial en las aulas de Informática de las sedes disponibles. El examen consistirá en un supuesto práctico simulado y/o un cuestionario sobre los contenidos de la acción formativa correspondiente.

Antes de la realización de la prueba presencial, el personal interesado deberá acreditar su identidad mediante la presentación de DNI u otro documento de identidad válido y vigente.

2. Acreditación/Certificación.

Para obtener la declaración de aptitud en las pruebas de evaluación presencial, será necesario obtener el 70 por ciento, como mínimo, de la puntuación total.

Superadas las pruebas de evaluación, las acreditaciones y certificaciones de la realización y aprovechamiento de las acciones formativas se incorporarán a la base de datos de la EFIAP, con validez a partir del último día del mes en el que se realice dicha prueba, independientemente de la fecha de su realización.


Séptima.- Programa de Jornadas.

J00 Programa Jornadas Anexo XI


1. Solicitudes, plazos y criterios de selección.

Las solicitudes para participar en las acciones formativas que se convoquen dentro de este programa, se deberán presentar en modelo normalizado a través del formulario web correspondiente que estará disponible en la web de la Escuela de Formación e Innovación de la Administración Pública de la Región de Murcia, https://efiapmurcia.carm.es, accediendo al apartado Oferta formativa/Acciones formativas/Jornadas

La difusión de estas acciones formativas se realizará a través de la web y de redes sociales, abriéndose en su caso un plazo de inscripción previo a su celebración.

Como criterio general, la selección de participantes se realizará atendiendo al perfil del personal destinatario, las plazas convocadas y el orden de inscripción, hasta cubrir el aforo, en su caso.

2. Asistencia.

Se certificará la asistencia al personal empleado público participante, en aquellas jornadas en la que se realice control de la misma, no existiendo prueba de evaluación ni certificación de aprovechamiento.


Octava.- Programa de Homologación de Acciones Formativas.

Este programa se desarrollará de conformidad con la normativa vigente en materia de homologación de acciones formativas de la EFIAP.

La documentación relativa a este programa se encuentra disponible en la web, https://efiap.carm.es/ apartado Otras acciones formativas/Homologación.


AVISO: Este anuncio contiene uno o más anexos que no se muestran aquí. Acceda a la versión del anuncio en PDF para verlos


NPE: A-100124-123


Ficheros adjuntos

Documentos descargables
"" https://govclipping.com/modules/controller/UserDatasetActionsController.php Lista creada! La lista ha sido creada y la noticia añadida correctamente. Lista modificada! El título de la lista ha sido modificada correctamente. Eliminar lista: @text@ ¿Estás seguro de que quieres eliminar esta lista? Todas las noticias que contiene serán desmarcadas. Lista eliminada! La lista ha sido eliminada correctamente. Error! Error al eliminar la lista. Aceptar Cancelar https://govclipping.com/modules/controller/NewslettersController.php ¡Suscripción realizada! Te has suscrito correctamente a la newsletter de GovClipping. Algo salió mal No ha sido posible suscribirte a la newsletter. Vuelve a introducir tu email o inténtalo de nuevo más tarde.
7011 {"title":"Resolución de 29 de diciembre de 2023, de la Dirección General de Función Pública y Diálogo Social, por la que se convocan las acciones formativas a desarrollar durante el presente año 2024, dentro del Plan Bienal de Formación del personal al servicio de la Administración Regional y Local de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para los años 2024 y 2025 y se aprueban las bases específicas.","published_date":"2024-01-10","region":"murcia","region_text":"Región de Murcia","category":"boa","category_text":"Boletin Oficial Autonómico","image":"https:\/\/govclipping.com\/webapp\/assets\/images\/icons\/flags\/logo-bandera-murcia","id":"7011"} murcia ,A-100124-123,Autoridades y personal,BORM,BORM 2024 nº 7,Consejería de economía, hacienda y empresa https://govclipping.com/modules/controller/ArticlesController.php https://govclipping.com/modules/controller/ReferencesController.php Resaltar Quitar resaltado https://govclipping.com/es/murcia/boa/2024-01-10/7011-resolucion-29-diciembre-2023-direccion-general-funcion-publica-dialogo-social-se-convocan-acciones-formativas-desarrollar-presente-ano-2024-dentro-plan-bienal-formacion-personal-servicio-administracion-regional-local-comunidad-autonoma-region-murcia-anos-2024-2025-se-aprueban-bases-especificas https://govclipping.com/signup https://govclipping.com/modules/controller/UserController.php Sector económico actualizado! El sector económico de tu perfil ha sido actualizado correctamente. Error Por algún motivo no hemos podido tramitar la petición. Vuelve a intentarlo más tarde.