Resolución de 26 de diciembre de 2023 de la Secretaria General de la Consejería de Economía, Hacienda y Empresa, por la que se dispone la publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia del Acuerdo de Consejo de Gobierno de 21 de diciembre de 2023, por el que se establece la jornada de trabajo del personal de Administración y Servicios.

I. Comunidad Autónoma

2. Autoridades y Personal

Consejería de Economía, Hacienda y Empresa

7432 Resolución de 26 de diciembre de 2023 de la Secretaria General de la Consejería de Economía, Hacienda y Empresa, por la que se dispone la publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia del Acuerdo de Consejo de Gobierno de 21 de diciembre de 2023, por el que se establece la jornada de trabajo del personal de Administración y Servicios.

Con fecha 11 de mayo de 2023, el Consejo de Gobierno ratificó el Acuerdo de la Mesa General de Negociación de las condiciones de trabajo comunes al personal funcionario, estatutario y laboral al servicio de la Administración Pública de la Región de Murcia de fecha 10 de mayo de 2023 "Acuerdo Marco para la mejora del empleo público y recuperación de condiciones de trabajo del personal al servicio de la administración pública de la Región de Murcia (BORM n.º 109, de 13 de mayo de 2023).

El apartado 3 del citado Acuerdo establece que, en el marco del compromiso de la Administración Regional con el fomento del empleo público y la modernización y rejuvenecimiento de sus plantillas y una vez desaparecidas las limitaciones estatales básicas, la jornada ordinaria de trabajo en la Administración Pública de la Región de Murcia será de treinta y cinco horas semanales de trabajo efectivo en cómputo anual, sin perjuicio de las jornadas especiales existentes o que, en su caso, se establezcan, y adecuado a las peculiaridades y regímenes horarios y turnos de los diferentes tipos de personal al servicio de la Administración Regional.

De conformidad con el calendario y fases de implantación previstos en el citado Acuerdo, los aspectos concretos y medidas para la implantación de la nueva jornada en el ámbito de Administración y Servicios han sido elaborados y propuestos a la Mesa General por una Comisión Técnica Sectorial constituida al efecto en función de las características específicas de los diferentes colectivos de personal, las peculiaridades de la prestación de los servicios públicos y la organización correspondiente.

En virtud de lo expuesto, previa negociación en la Mesa General de Negociación de las condiciones de trabajo comunes al personal funcionario, estatutario y laboral al servicio de la Administración Pública de la Región de Murcia de fecha 15 de diciembre de 2023, de conformidad con lo establecido en el artículo 11.2.j) del texto refundido de la Ley de la Función Pública de la Región de Murcia, aprobado por Decreto Legislativo 1/2001, de 26 de enero, el Consejo de Gobierno, a propuesta del Consejero de Economía, Hacienda y Empresa, adoptó el Acuerdo de 21 de diciembre de 2023, por el que se establece la jornada de trabajo del personal de Administración y Servicios.

De acuerdo con lo establecido en el apartado quinto de dicho Acuerdo y con el fin de favorecer su conocimiento, esta Secretaría General,

Resuelve:

Ordenar la publicación en el "Boletín Oficial de la Región de Murcia" del Acuerdo de Consejo de Gobierno de 21 de diciembre de 2023, por el que se establece la jornada de trabajo del personal de Administración y Servicios, que se inserta a continuación.

Murcia, 26 de diciembre de 2023. La Secretaria General de Economía, Hacienda y Empresa, Sonia Carrillo Mármol.


A?cuerdo de Consejo de Gobierno por el que se establece la jornada de trabajo del personal de Administración y Servicios.

Primero. La jornada de trabajo en el ámbito de Administración y Servicios será de treinta y cinco horas semanales para el personal con dedicación normal y de treinta y siete horas y treinta minutos para el personal que ocupe puestos de trabajo que tengan establecida la especial dedicación. Todo ello, sin perjuicio de las jornadas y horarios especiales establecidos o que, en su caso, se puedan establecer para determinados colectivos de personal al servicio de la Administración Pública de la Región de Murcia.

Segundo. Las jornadas de trabajo del personal que preste sus servicios en los centros sociales y/o asistenciales gestionados por el Instituto Murciano de Acción Social (IMAS), con carácter general, se realizarán del lunes a domingo, correspondiendo las mismas con un total de 1575 horas, en cómputo anual para el personal con dedicación normal y 1687 horas y libre disposición en igual cómputo, para el personal cuyos puestos de trabajo tengan asignada la especial dedicación. Salvo circunstancias excepcionales y por imperativo de necesidades del servicio, la suma de jornadas del personal no habrá de exceder de 45 horas en cómputo semanal, en los términos que se establezcan por Orden de la Consejería de Economía, Hacienda y Empresa.

Tercero. Mediante Orden de la Consejería de Economía, Hacienda y Empresa y previa negociación en la Mesa Sectorial de Administración y Servicios, se procederá a la modificación de las órdenes que establecen las jornadas y horarios especiales de determinados colectivos de personal al servicio de la Administración Pública de la Región de Murcia, así como la adaptación de la tabla correspondiente de ponderación horaria en el Instituto Murciano de Acción Social con criterios proporcionales a la nueva jornada de trabajo.

Cuarto. La jornada establecida en el presente Acuerdo se aplicará a partir del día 1 de enero de 2024.

Quinto. Este Acuerdo será objeto de publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.

NPE: A-291223-7432


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