Decreto n.º 452/2023, de 21 de diciembre, por el que se regula la concesión directa de una subvención a Autocares Águilas, S.L., para la realización de un servicio directo y sin paradas entre Alhama de Murcia y el Hospital Clínico Universitario Virgen de La Arrixaca.

I. Comunidad Autónoma

3. Otras disposiciones

Consejo de Gobierno

7382 Decreto n.º 452/2023, de 21 de diciembre, por el que se regula la concesión directa de una subvención a Autocares Águilas, S.L., para la realización de un servicio directo y sin paradas entre Alhama de Murcia y el Hospital Clínico Universitario Virgen de La Arrixaca.

La Consejería de Fomento e Infraestructuras a través de la Dirección General de Movilidad y Transportes, como órgano de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia competente en materia de transportes, en los términos que le atribuye la Ley Orgánica 4/1982, de 9 de junio, de Estatuto de Autonomía para la Región de Murcia, está interesada en la ejecución de políticas integrales de fomento del transporte público que contribuyan a hacer efectivo el derecho a la movilidad de los ciudadanos y, entre otras, fomentar y mejorar el transporte público, en base a criterios de utilidad y servicio público, con fin de procurar mejores prestaciones para usuarios y vecinos y satisfacer sus necesidades.

Con fecha de 27 de diciembre de 2021 se suscribió un Convenio entre la Consejería de Fomento e Infraestructuras y el Ayuntamiento de Alhama de Murcia en el que se fijaba el régimen jurídico y económico de colaboración necesaria entre el Ayuntamiento de Alhama de Murcia y la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para la implantación de un servicio de autobús directo y sin paradas entre Alhama de Murcia y el Hospital Clínico Universitario Virgen de la Arrixaca, en el marco del contrato autonómico de gestión de servicio público de transporte regular de viajeros de uso general MUR-043 entre Lorca y Murcia.

En virtud del convenio, el Ayuntamiento de Alhama se comprometió a aportar a la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia 317.724.00€ (79.431,00€ por año) para financiar dicho servicio durante un periodo de cuatro años.

Esta aportación municipal se haría efectiva de manera anticipada a la prestación del servicio y con carácter previo a la justificación, como medio de financiación necesaria para que la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia pudiera ordenar y hacer frente a los gastos que comportaría la transferencia de dicha aportación al operador encargado de la prestación del servicio. Así, Recibida la aportación municipal, la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia quedaba obligada a tramitar la concesión directa de subvención al operador.

El Ayuntamiento de Alhama de Murcia hizo efectiva la primera aportación (79.431,00€) y la Administración Regional articuló, en virtud del DECRETO N.º 139/2022, DE 21 DE JULIO, POR EL QUE SE REGULA LA CONCESIÓN DIRECTA DE UNA SUBVENCIÓN A AUTOCARES AGUILAS S.L., PARA LA REALIZACIÓN DE UN SERVICIO DIRECTO Y SIN PARADAS ENTRE ALHAMA DE MURCIA Y EL HOSPITAL CLÍNICO UNIVERSITARIO VIRGEN DE LA ARRIXACA (BORM NÚM. 173 de 28/07/2022), una subvención a la entidad mercantil AUTOCARES AGUILAS S.L., adjudicataria en aquel momento del contrato autonómico de gestión de servicio público de transporte regular de viajeros de uso general MUR-043 entre Lorca y Murcia, en cuyo marco se realiza la línea directa y sin paradas entre Alhama de Murcia y el Hospital Clínico Universitario Clínico Universitario Virgen de la Arrixaca.

El periodo subvencionable fue el comprendido entre el 17/01/2022 (fecha de implantación de la línea de autobús directa Alhama de Murcia- Hospital Clínico Universitario Virgen de la Arrixaca) y el 31/12/2022 (fecha en la que finalizó la prolongación del servicio), pues el contrato se formalizó el19/06/2020, como medida de emergencia, con una duración de veinte meses, y mediante Resolución de la Directora General de Movilidad y Litoral, de 15/02/2022, dicha mercantil quedó obligada a prolongar la gestión del servicio hasta el 31/12/2022 o hasta que se adjudicara el nuevo contrato, si ello se produjera con anterioridad a la finalización de dicho plazo.

Posteriormente, mediante Resolución de 23/12/2022 la Directora General de Movilidad y Litoral se prolongó el servicio hasta el 18/02/2024 o hasta la adjudicación del nuevo contrato, en el supuesto de producirse con anterioridad, ya que el 31/12/2022 aún no se había producido la adjudicación de la concesión.

Consta que el Ayuntamiento ha realizado la segunda aportación por importe de 79.431,00€, por lo que debemos proceder a la concesión directa de subvención al operador que presta el servicio de transporte regular de viajeros Alhama de Murcia- Hospital Virgen de la Arrixaca durante el año 2023. Este operador sigue siendo AUTOCARES AGUILAS, S.L. en virtud del contrato autonómico de gestión de servicio público de transporte regular de viajeros de uso general MUR-043 entre Lorca y Murcia, formalizado el 19/06/2020 y que actualmente se ha prolongado hasta el 18/02/2024.

El carácter excepcional de la subvención regulada, que justifica la concesión directa de la misma por la existencia de un interés público y social, se encuentra en la imposibilidad de promover concurrencia pública para el otorgamiento de la misma, puesto que la entidad mercantil AUTOCARES AGUILAS, S.L. es la actual adjudicataria del contrato autonómico de gestión de servicio público de transporte regular de viajeros de uso general MUR-043 entre Lorca y Murcia, en cuyo marco se realiza la línea directa y sin paradas entre Alhama de Murcia y el Hospital Clínico Universitario Clínico Universitario Virgen de la Arrixaca.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Fomento e Infraestructuras, y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 21 de diciembre de 2023,

Dispongo:

Artículo 1. Objeto

Es objeto del presente Decreto la regulación de la concesión directa de una subvención a la entidad mercantil AUTOCARES AGUILAS S.L., con C.I.F B- 30299895, por un importe máximo de 79.431,00€, con cargo a la partida presupuestaria 14.04.00.513A.47760, proyecto 49590, para la prestación de un servicio de autobús directo y sin paradas entre Alhama de Murcia y el Hospital Clínico Universitario Virgen de la Arrixaca, en el marco del contrato autonómico de gestión de servicio público de transporte regular de viajeros de uso general MUR-043 entre Lorca y Murcia.

Artículo 2. Justificación.

El carácter excepcional de la subvención regulada, que justifica la concesión directa de la misma por la existencia de un interés público y social, se encuentra en la imposibilidad de promover concurrencia pública para el otorgamiento de la misma, puesto que la entidad mercantil AUTOCARES AGUILAS, S.L. es la actual adjudicataria del contrato autonómico de gestión de servicio público de transporte regular de viajeros de uso general MUR-043 entre Lorca y Murcia, en cuyo marco se realiza la línea directa y sin paradas entre Alhama de Murcia y el Hospital Clínico Universitario Clínico Universitario Virgen de la Arrixaca.

Con fecha 19/06/2020 se formalizó el citado contrato, como medida de emergencia, con una duración de veinte meses.

Mediante Resolución de la Directora General de Movilidad y Litoral, de 15/02/2022, dicha mercantil quedó obligada a prolongar la gestión del servicio hasta el 31/12/2022 o hasta que se adjudicara el nuevo contrato, si ello se produjera con anterioridad a la finalización de dicho plazo.

Posteriormente, mediante Resolución de 23/12/2022 la Directora General de Movilidad y Litoral se prolongó el servicio hasta el 18/02/2024 o hasta la adjudicación del nuevo contrato, en el supuesto de producirse con anterioridad, ya que el 31/12/2022 aún no se había producido la adjudicación de la concesión.

El periodo subvencionable es el comprendido entre el 01/01/2023 y el 31/12/2023.

Artículo 3. Régimen Jurídico aplicable.

La subvención regulada en este Decreto tiene carácter singular, por lo que se autoriza la concesión directa de ésta en aplicación del Artículo 22.2 c) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, así como en el artículo 23 de la Ley 7/2005, de 18 de noviembre, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

La subvención se regirá, por lo establecido en este Decreto y por lo previsto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, por la Ley 7/2005, de 18 de noviembre, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, y sus disposiciones de desarrollo y se ajustará a la normativa comunitaria aplicable y, en especial, a lo dispuesto en el Reglamento Comunitario 1370/2007, del Parlamento y del Consejo, sobre los servicios públicos de transporte por ferrocarril y carretera, así como a lo establecido en las restantes normas de derecho administrativo, y en su defecto por las normas de derecho privado.

La concesión de la subvención se realizará mediante Orden de la Directora General de Movilidad y Transportes, en virtud de delegación de competencia realizada por el Excmo. Sr. Consejero de Fomento e Infraestructuras (Orden de 3 de octubre de 2023 de la Consejería de Fomento e Infraestructuras, por la que se delegan competencias del titular del departamento en los titulares de los Órganos Directivos de la Consejería, BORM núm. 230, de 04/10/2023) en la que se especificarán los compromisos y condiciones aplicables, de acuerdo con lo dispuesto en este Decreto.

Artículo 4. Beneficiario.

La beneficiaria de esta subvención, en los términos previstos en este Decreto, será la entidad mercantil AUTOCARES ÁGUILAS S.L., con C.I.F B-30299895, actual adjudicataria del contrato autonómico de gestión de servicio público de transporte regular de viajeros de uso general MUR-043 entre Lorca y Murcia, en cuyo marco se realiza la línea directa y sin paradas entre Alhama de Murcia y el Hospital Clínico Universitario Clínico Universitario Virgen de la Arrixaca.

Artículo 5. Obligaciones

AUTOCARES AGUILAS S.L C.I.F B-30299895 quedará obligada a las condiciones y compromisos que se establezcan en la Orden de concesión de la subvención.

Artículo 6. Financiación y forma de pago.

La Comunidad Autónoma subvencionará hasta un importe máximo de 79.431,00€, por la prestación del servicio durante el periodo comprendido entre el 1 de enero 2023 y 31 de diciembre de 2023, con cargo a la partida presupuestaria 14.04.00.513A.47760, proyecto 49590.

El pago se realizará de acuerdo con las siguientes especificaciones y previa justificación por AUTOCARES AGUILAS, S.L. en la forma y plazos establecidos en el artículo 7 del presente decreto.

AÑO PERIODO IMPORTE
2023 Servicios prestados desde el 01/01/2023 hasta el 30/06/2023 39.388,92€
2024 Servicios prestados desde el 01/07/2023 hasta el 31/12/2023 40.042,08€
79.431,00€

Artículo 7. Justificación de la subvención

La justificación por parte de la beneficiaria de la subvención, del cumplimiento de su finalidad y de la aplicación material de los fondos percibidos, se ajustará en todo caso a lo dispuesto en el artículo 25 de la Ley 7/2005, de 18 de noviembre, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, en relación con el artículo 30 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

AUTOCARES AGUILAS, S.L. tendrá que presentar, dentro de los diez siguientes a la notificación de la Orden de concesión de la subvención, la siguiente documentación, referida al periodo comprendido desde el 17/01/2023 hasta el 30/06/2023.

a) Un Informe justificativo de la contabilidad de costes e ingresos de la explotación, debidamente auditados, referido a las mejoras en el contrato autonómico de gestión de servicio público de transporte regular de viajeros de uso general MUR-043 entre Lorca y Murcia, previstas en el Anexo de este Decreto.

b) Memoria explicativa y minuciosamente detallada de la justificación del cumplimiento de la obligación del beneficiario, relativa a la publicidad del carácter público de la financiación de la actuación objeto de la subvención.

c) Declaración acerca de la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos destinados a financiar la misma actividad.

En los diez primeros días del mes de enero de 2024, AUTOCARES AGUILAS, S.L. deberá aportar la misma documentación señalada anteriormente, referida al periodo comprendido desde el 01/07/2023 hasta el 31/12/2023.

Artículo 8. Reintegros y responsabilidades.

Procederá el reintegro de las cantidades percibidas, así como el interés de demora desde el momento del pago de la subvención hasta la fecha en que se acuerde la procedencia del reintegro, o la fecha en que el deudor ingrese el reintegro si es anterior a ésta en los supuestos contemplados en el artículo 37 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en virtud de los supuestos y formas establecidos en el Capítulo II del Título II de la Ley 7/2005, de subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

La beneficiaria quedará sometida a las responsabilidades y régimen sancionador que sobre infracciones administrativas en la materia establece el Título IV de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y el Título IV de la Ley 7/2005.

El incumplimiento del plazo de justificación de la subvención por parte de la beneficiaria conllevará la pérdida del derecho a percibir la subvención correspondiente o minoración de la ayuda, así como la posible exclusión de cara a su participación en posteriores subvenciones.

Artículo 9. Régimen de incompatibilidades.

El disfrute de esta subvención es compatible con cualquier otra ayuda financiada con fondos públicos o privados, nacionales o internacionales, no pudiendo superar el coste de la actividad a desarrollar por el beneficiario para la que se concedió la subvención.

Artículo 10. Base de datos nacional de subvenciones.

Igualmente, ha de aplicarse la Instrucción de 30 de diciembre de 2015, de la Intervención General de la CARM, de desarrollo en el ámbito de ésta de las previsiones contenidas en las instrucciones dictadas por la IGAE sobre la Base de Datos Nacional de Subvenciones.

Artículo 11. Publicidad y transparencia

Al presente Decreto le es de aplicación el artículo 18.4 y 5 de la Ley 12/2014, de 16 de diciembre, de Transparencia y Participación Ciudadana de la Región de Murcia.

Artículo 12. Legislación comunitaria aplicable

El presente Decreto se ajustará a la normativa comunitaria aplicable y, en especial, a lo dispuesto en el Reglamento Comunitario 1370/2007, sobre los servicios públicos de transporte por ferrocarril y carretera, en lo que le sea de aplicación en su caso.

Disposición Final Única. Eficacia y publicidad.

El presente Decreto producirá sus efectos desde la fecha de su aprobación, sin perjuicio de lo cual, se publicará en el "Boletín Oficial de la Región de Murcia".

Dado en Murcia, 21 de diciembre de 2023. El Presidente, Fernando López Miras. El Consejero de Fomento e Infraestructuras, José Manuel Pancorbo de La Torre.

AVISO: Este anuncio contiene uno o más anexos que no se muestran aquí. Acceda a la versión del anuncio en PDF para verlos


NPE: A-281223-7382


Ficheros adjuntos

Documentos descargables
"" https://govclipping.com/modules/controller/UserDatasetActionsController.php Lista creada! La lista ha sido creada y la noticia añadida correctamente. Lista modificada! El título de la lista ha sido modificada correctamente. Eliminar lista: @text@ ¿Estás seguro de que quieres eliminar esta lista? Todas las noticias que contiene serán desmarcadas. Lista eliminada! La lista ha sido eliminada correctamente. Error! Error al eliminar la lista. Aceptar Cancelar https://govclipping.com/modules/controller/NewslettersController.php ¡Suscripción realizada! Te has suscrito correctamente a la newsletter de GovClipping. Algo salió mal No ha sido posible suscribirte a la newsletter. Vuelve a introducir tu email o inténtalo de nuevo más tarde.
6786 {"title":"Decreto n.º 452\/2023, de 21 de diciembre, por el que se regula la concesión directa de una subvención a Autocares Águilas, S.L., para la realización de un servicio directo y sin paradas entre Alhama de Murcia y el Hospital Clínico Universitario Virgen de La Arrixaca.","published_date":"2023-12-28","region":"murcia","region_text":"Región de Murcia","category":"boa","category_text":"Boletin Oficial Autonómico","image":"https:\/\/govclipping.com\/webapp\/assets\/images\/icons\/flags\/logo-bandera-murcia","id":"6786"} murcia A-281223-7382,Ayudas/subvenciones - Concesión directa,BORM,BORM 2023 nº 298,Consejo de Gobierno,Otras disposiciones https://govclipping.com/modules/controller/ArticlesController.php Resaltar Quitar resaltado https://govclipping.com/es/murcia/boa/2023-12-28/6786-decreto-n-452-2023-21-diciembre-se-regula-concesion-directa-subvencion-autocares-aguilas-s-l-realizacion-servicio-directo-paradas-alhama-murcia-hospital-clinico-universitario-virgen-arrixaca https://govclipping.com/signup https://govclipping.com/modules/controller/UserController.php Sector económico actualizado! El sector económico de tu perfil ha sido actualizado correctamente. Error Por algún motivo no hemos podido tramitar la petición. Vuelve a intentarlo más tarde.