Aprobación definitiva de la modificación parcial ordenanza precios públicos y ordenanzas prestaciones patrimoniales de carácter público no tributario, para 2024.

IV. Administración Local

Lorca

7346 Aprobación definitiva de la modificación parcial ordenanza precios públicos y ordenanzas prestaciones patrimoniales de carácter público no tributario, para 2024.

No habiendo sido presentadas reclamaciones al acuerdo de aprobación provisional de Modificación parcial de la Ordenanza Local General reguladora de los Precios Públicos Municipales para 2024, ni al acuerdo de aprobación provisional de Modificación parcial de diversas Ordenanzas Locales reguladoras de Prestaciones Patrimoniales de Carácter Público no Tributario para el ejercicio 2024, del Pleno Municipal de 23 de octubre de 2023, quedan dichos acuerdos elevados a definitivos, y en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, se publica la adopción de dichos acuerdos así como el texto íntegro de las modificaciones aprobadas, que estarán vigentes hasta tanto no se produzca su derogación o modificación.

De conformidad con lo que dispone el art. 19 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, contra esta aprobación definitiva solo cabe el recurso contencioso-administrativo que se podrá interponer, a partir de su publicación en el B.O. de la Región de Murcia, en la forma y plazos que establecen las Normas Reguladoras de dicha jurisdicción:

1.º Acuerdo de modificación parcial de la Ordenanza Local General Reguladoras de los Precios Públicos Municipales para 2024, del Pleno Municipal de 23 de octubre de 2023:

Ordenanza General Reguladora de los Precios Públicos

Se suprime la Disposición Transitoria Única por haber terminado su periodo de aplicación.

Se modifica parcialmente el apartado "Anexo-Tarifas y otras normas de aplicación", quedando la redacción de los puntos modificados como sigue:


"ANEXO-TARIFAS Y OTRAS NORMAS DE APLICACIÓN

1. Tarifa por el uso de instalaciones deportivas y por servicios deportivos.

INSTALACIONES DEPORTIVAS MUNICIPALES
TARIFAS PRECIOS PÚBLICOS
Tr. Concepto Euros
  A. ACTIVIDADES DOCENTES.
  a.1 Clases de Gimnasia y Acondicionamiento Físico.
1 3 días semana / trimestral (incluye la matricula prórrogada por trimestre) 74,20 €
2 2 días semana / trimestral (incluye la matricula prorrogada por trimestre. 56,70 €
  (35% descuento a socias de asociaciones de la mujer)  
  a.2. Escuela de Verano. EVAFO.
3 Escuela de Verano de Actividad Fisica y Ocio (EVAFO), tres horas Torrecilla 155,00 €
4 Escuela de Verano de Actividad Fisica y Ocio (EVAFO), tres horas otras instalaciones 139,50 €
5 Escuela de Verano de Actividad Fisica y Ocio (EVAFO). Complejo Deportivo Felipe VI, Bilingüe - 5 horas. 200,00 €
  a.3. Actividades docentes en el Medio Acuático
6 Curso de natación mensual (3 días/semana) 40,90 €
7 Curso de natación trimestral (2 días/semana) 75,00 €
8 Curso de natación trimestral (1 día/semana) 42,00 €
9 Aquasalud trimestral (2 días/semana) 63,10 €
10 Aquasalud trimestral (2 días/semana). Pensionistas 54,65 €
11 Natación Escolar trimestral y otros grupos (1 día semana). 41,00 €
  B. USO INSTALACIONES DEPORTIVAS
  b.1 Piscinas Cubiertas Precio/hora Precio/sesión
12 Abono mensual natación. 30,00 €
13 Entrada natación día. 4,70 €
14 Natación Bono 5x4 (CD San Antonio) 18,80 €
15 Natación Bono 10x7 (CD San Antonio) 32,90 €
16 Alquiler de una calle o 1/2 vaso de enseñanza. 20,00 €
  b.2. Piscinas de Verano.
17 Entrada baño general 3,00 €
18 Bono 5x4 baño general 12,00 €
19 Bono 10x7 baño general 21,00 €
20 Entrada baño familiar 10,00 €
21 Bono 5x4 baño familiar 40,00 €
  b.3. Alquiler en Pabellones (San Antonio,San José, Alamedas, La Hoya y Almendricos)
  b.3.1 Pistas polideportivas cubiertas Precio/hora
22 Pista transversal (incluye galería de tiro con arco en pabellón Alamedas) 12,10 €
23 Pista central 20,00 €
24 Pabellón completo con taquilla. 111,00 €
25 Salas de usos múltiples y sala de tenis de mesa sótano. 23,10 €
26 Pista de bádminton, precio por persona. 1,50 €
27 Pista de tenis de mesa, precio por persona 1,50 €
  b.3.2 Otros servicios Precio/hora
28 Sauna (uso individual día) 4,30 €
29 Sauna bono 5x4 (Pabellón de San José) 17,20 €
30 Sala de musculación entrada 1 día (Pabellón de San José) 3,00 €
31 Sala de musculación abono mensual (Pabellón de San José) 18,00 €
  b.4. Ciudad Deportiva La Torrecilla.
  b.4.1 Pistas en general Precio/hora
32 Pista de tenis, precio por persona 2,00 €
33 Pista de frontón, precio por persona 2,00 €
34 Pista de pádel, precio por persona 1,50 €
35 Sección pista polideportiva 6,30 €
36 Pista polideportiva 13,80 €
  b.4.2 Pista de Atletismo, Velodromo, Circuito de Cross y MTB.*** Precio /sesión
37 Entrada individual 1 día 2,70 €
38 Abono mensual 11,80 €
39 Abono trimestral 23,90 €
40 Abono anual 70,60 €
  Nota: Incluye el uso de las cuatro instalaciones indistintamente.***
  b.5. Campos de fútbol CD de la Torrecilla, CF Ciudad de lorca, A. Embarre y Los Tollos Precio/hora
41 Estadio Francisco Artes Carrasco 163,30 €
42 Campos de césped artificial fútbol 11 35,35 €
43 Campos de césped artificial fútbol 7 26,70 €
  b.6 Suplementos iluminación artificial Precio/hora
44 Tenis de mesa 1,20 €
45 Pista de bádminton. 2,00 €
46 Pista de tenis, pádel y frontón. 3,20 €
47 Pistas transversales pabellones y pistas polideportivas 4,00 €
48 Pista central pabellones 5,00 €
49 Campos de fútbol 7,75 €
  b.7 Uso individual no tipificado
50 Uso individual 2,70 €
  b.8. Casa del Deporte. Precio/mes
51 Sedes sociales clubes deportivos. 36,20 €
52 Sedes sociales clubes deportivos compartidas. 20,00 €
53 Sala de ajedrez 95,55 €
  b.9. Complejo Deportivo Felipe VI.
  b.9.1 Pabellón Deportivo y otros Espacios.
54 Sala de audiovisuales y formación (jornada) 125,00 €
55 Sala de audiovisuales (precio/hora) 25,00 €
56 Salas de usos múltiples (por hora) 40,00 €
57 Alquiler salas con monitor actividades dirigidas (incluido medio acuático) 60,00 €
58 Squash (Bono mensual) 30,00 €
59 Pista Squash (sesión 45 min) 6,00 €
60 Pista transversal (precio hora 15,00 €
61 Pista central (precio hora) 32,65 €
62 Zona usos múltiples, transversal en pabellón. Precio hora. 12,00 €
63 Pabellón completo con taquilla. Precio hora) 213,50 €
64 Báscula. Pesaje y altura 0,50 €
65 Báscula. Pesaje, altura,% grasa corporal y presión arterial. 1,00 €
  b.9.2 Tarifas para abonados. (Uso completo de la instalación)
66 Abono general. 39,00 €
67 Abono general mañanas. 35,00 €
68 Abono general trimestral 110,00 €
69 Abono familiar para 2 miembros de la misma unidad familiar 70,00 €
70 Abono familiar para 3 miembros de la misma unidad familiar 85,00 €
71 Abono familiar para 4 miembros y sucesivos de la misma unidad familiar 100,00 €
72 Abono fitness. AADD y sala de musculación 35,00 €
73 Abono fitness mañanas. AADD y sala de musculación 29,00 €
74 Abono fitness fin de semana. AADD y sala de musculación 21,00 €
75 Abono fitness. AADD y sala de musculación. Menores de 18 años, carne jovén, estudiantes hasta 30 años, pensionistas y deportistas federados 30,00 €
76 Abono fitness trimestral. AADD y sala de musculación 92,50 €
77 Abono General. Menores de 18 años, carne jovén, estudiantes hasta 30 años, pensionistas y deportistas federados 35,00 €
78 Abono general fin de semana. (Desde viernes tarde a domingo) 25,00 €
79 Entrada general 1 día (40% de bonificación a menores de 18 años, carne joven, estudiantes hasta 30 años, pensionistas y federados). 7,00 €
80 Pulsera de acceso control instalación deportiva 2,50 €
81 Curso puntual en AADD. (según oferta) 20,00 €
82 Tarifa No abonados. Gabinete de Asesoramiento para la práctica Adecuada Ejercicio Físico. (Incluye entrevista Inicial, Plan mensual y seguimiento) 30,00 €
83 Tarifa abonados. Gabinete de Asesoramiento para la práctica Adecuada Ejercicio Físico. (Incluye entrevista Inicial, Plan mensual y seguimiento) 20,00 €
84 Entrenamiento personal 5 Sesiones. Esta tarifia no tiene bonificación posible. 125,00 €
85 Entrenamiento personal 10 Sesiones. Esta tarifa no tiene bonificación posible. 240,00 €
86 Entrenamiento personal mensual grupos de 2 a 4 personas (Esta tarifa no tiene bonificación posible). 220,00 €
  C. EVENTOS Y ACTIVIDADES.
87 Ficha de fútbol aficionado 27,00 €
  D. MEDICINA DEPORTIVA.
88 Consulta 12,50 €
89 Revisión 28,90 €
90 Chequeo 45,20 €

E.- EXENCIONES Y BONIFICACIONES.

Primero. Generalidades al conjunto de instalaciones deportivas municipales.

Estarán exentas de estos precios públicos o bonificadas las actividades que organice la Concejalía de Deportes y cualquiera otra que venga determinada por acuerdo de la Junta de Gobierno Local, en función de su interés público. Igualmente estarán exentas las consideradas Escuelas Deportivas (hasta categoría juvenil), las actividades docentes de los centros de enseñanza y las actividades de instituciones sin ánimo de lucro, con domicilio social en el municipio de Lorca y cuyos fines sean trabajar por la discapacidad física y mental.

En el uso de las piscinas cubiertas las actividades docentes de los centros de enseñanza tendrán una bonificación sobre el precio público establecido del 50%.

En el uso de las piscinas cubiertas las actividades de las instituciones sin ánimo de lucro, con domicilio social en el municipio de Lorca y cuyos fines sean trabajar por la discapacidad física y mental tendrán una bonificación sobre el precio público establecido del 80%.

Las bonificaciones a escuelas deportivas y equipos federados hasta categoría juvenil, así como las incluidas en los epígrafes siguientes para equipos de categoría superior a la juvenil, tanto en deportes colectivos como deportes individuales, serán válidas desde el primer día de septiembre hasta el 30 de junio del año siguiente.

Para los meses de julio y agosto, sólo se bonificará, como viene establecido en esta ordenanza los entrenamientos de pretemporada, así como la continuación de entrenamientos en los deportes que incluyan competiciones en la temporada de verano.

Las escuelas de verano, campus de tecnificación, o cualquier otro programa desarrollado por clubes o asociaciones deportivas en los meses de julio y agosto, serán bonificadas al 40%, en caso de ser de la misma modalidad deportiva que desarrolla la entidad. En el caso de incluir actividades diferentes a la propia modalidad o disciplina desarrollada, no contará con bonificación alguna, debiendo abonar el 100% del coste de la reserva.

Segundo. Encuentros o competiciones oficiales.

Estarán exentos los encuentros oficiales dentro de una competición que celebren los clubes federados de la localidad en virtud del acuerdo suscrito con la Dirección General de Deportes para la subvención de construcción de instalaciones deportivas.

Tercero. Deportistas de alto rendimiento o alto nivel.

Estarán exentos de pago para el uso de instalaciones deportivas todos aquellos deportistas de alto nivel, lorquinos y lorquinas de nacimiento o empadronados en el municipio con un mínimo de 3 años. La catalogación de deportista de alto rendimiento vendrá determinada según REAL DECRETO 971/2007, de 13 de julio, sobre deportistas de alto nivel y alto rendimiento.

Cuarto. Personas con discapacidad.

Se aplicará un 30% a las personas con discapacidad, siempre que acrediten un grado mínimo del 33%, previa presentación del documento oficial que acredite aquella.

Quinto.- Clubes y asociaciones deportivas.

80% de bonificación a clubes y asociaciones deportivas, en categorías superior a la juvenil, cuando se trata de deportes colectivos (no se incluyen los deportes de pareja) siempre y cuando estén federados, en el uso de instalaciones propias de su actividad. Debiendo estar los clubes o las asociaciones deportivas legalmente constituidas conforme a la legislación deportiva vigente, además de inscritas en el registro local de asociaciones.

Sexto. Deportista federado individual.

40% de bonificación a deportistas federados en el uso individual de instalaciones deportivas. Estarán incluidos en este apartado tanto los deportistas federados en clubes y asociaciones deportivas pertenecientes al municipio, así como aquellos deportistas empadronados en el municipio y que estén federados en cualquier club o asociación deportiva fuera del mismo. No será aplicable esta bonificación en tarifas o precios que expresamente tengan otro tipo de bonificaciones tipificadas.

Séptimo.- Cuerpos especiales.

20% de bonificación a cuerpos y seguridad del estado, Policía Local, Servicio Municipal de Emergencias y Bomberos que desarrollen o estén adscritos a servicios prestados en el municipio de Lorca, en el uso de la zona Fitness, Musculación y Actividades Dirigidas del Complejo Deportivo Felipe VI, pista de Atletismo de Complejo Deportivo La Torrecilla y Piscina del Complejo Deportivo San Antonio.

Octavo. Familias numerosas/monoparentales.

20% de bonificación a familias numerosas/monoparentales de categoría general y un 30% de bonificación a familias numerosas/monoparentales de categoría especial. No será aplicable esta bonificación en tarifas o precios que expresamente estén destinados a familias.

Noveno. Bonificaciones familiares.

10% de bonificación al segundo miembro, 20% al tercero y exención a partir del cuarto de la misma unidad familiar, en actividades docentes, salvo cuando esté tipificada una tarifa familiar. El orden se considerará de la tarifa más alta a la más baja.

Décimo. Voluntariado deportivo.

40% de bonificación a los voluntarios deportivos de la Concejalía de Deportes, incluidos en el programa de voluntariado de la concejalía según las bases de regulación y participación del mismo, teniendo en cuenta las jornadas y programas mínimos de participación.

Undécimo. Bonificación docentes deporte escolar.

30% de bonificación a los docentes de Educación Física de los centros educativos del municipio de Lorca que colaboran en el programa de deporte en Edad Escolar del año anterior, considerando los porcentajes mínimos de participación establecidos en la Concejalía de Deportes para este programa.

Duodécimo. Carnet jóven, estudiantes y pensionistas.

30% de bonificación a los poseedores del Carné Joven Murcia, estudiantes hasta 30 años y pensionistas, no será aplicable esta bonificación en tarifas o precios donde expresamente se haga referencia a los poseedores del Carné Joven.

NOTA: Las bonificaciones no son acumulables. Asimismo, no podrán ser aplicadas bonificaciones sobre precios públicos o descuentos ya tipificados específicamente, incluidos los bonos.

E.1. Consideraciones especiales para determinados conceptos y precios públicos.

Primero: Las personas que posean unos ingresos brutos anuales iguales o inferiores a los que se detallan a continuación podrán beneficiarse de una bonificación del porcentaje que corresponda en el abono de la tarifa determinada y especificada en este apartado.

MIEMBROS.* Inferior o igual SMI +%20 SMI +%30 SMI +%40 SMI +%50 SMI
1 -2 40% 30% 25% 20% 10%
3 45% 35% 30% 20% 10%
4 50% 40% 35% 25% 15%
5 o más. 55% 45% 35% 25% 15%
CUANTIAS. 15.120,00 € 18.144,00 € 19.656,00 € 21.168,00 € 22.680,00 €

Nota: Los importes se actualizarán de manera automática anualmente conforme se vaya actualizando el importe del salario mínimo interprofesional.

Cuando algún miembro de la unidad familiar tenga unos ingresos brutos anuales superiores a los 26.460 € no se podrán aplicar estas bonificaciones.

Es de obligado cumplimiento que la persona que solicite la bonificación cumpla con los requisitos establecidos en la tabla de referencia.

La documentación requerida para optar a estas bonificaciones se deberá presentar anualmente.

La aplicación de estas bonificaciones solo es aplicable para los siguientes conceptos:

b.9.2. Complejo Deportivo Felipe VI Tarifas para abonados. (Uso completo de la Instalación). Solo aplicable a las tarifas que no lleven ya incorporada una reducción sobre el precio base establecido.

Para solicitar una bonificación es necesario presentar:

a. Impreso de solicitud cumplimentado.

b. Fotocopia del libro de familia o DNI de todos los miembros de la unidad familiar.

c. Informe de vida laboral de todos los miembros de la unidad familiar mayores de 25 años.

d. Fotocopia de la última declaración de la renta o certificado de imputaciones de ingresos de todos los miembros de la unidad familiar mayores de 25 años.

e. Certificado de empadronamiento de la unidad familiar.

Segundo: Para los meses estivales en el Complejo Deportivo Felipe VI (julio y agosto) y navidad se podrán cobrar quincenas o semanas, se partirá para ello de los precios públicos base establecidos para esta instalación. En ningún caso se podrán aplicar bonificaciones por este concepto.

F.- OTRAS CONSIDERACIONES

Primero: En los casos en que por parte de un organizador privado se fijen cuotas de participación y/o taquilla para espectadores, las cantidades a cobrar deberán ser previamente aprobadas por la Concejalía de Deportes. En este caso, la organización deberá abonar el 50% de lo recaudado que exceda del precio público abonado por la instalación más el presupuesto consolidado de la actividad, una vez cubiertos gastos, siempre que no se trate de colectivos sin ánimo de lucro, en cuyo caso podría revertir en la entidad organizadora, previa autorización de la Concejalía de Deportes., en función del destino para el que fuera programado el superávit.

Segundo: El periodo de vigencia de los bonos, será máximo de un año, salvo en el caso de bonos trimestrales o anuales. El pago de usos individuales, cuotas o bonos supone la utilización personal e intransferible de los mismos.

Tercero: Serán tenidas en cuenta fracciones de 30´ en el caso de que el usuario solicite la instalación con el aumento de esa fracción de tiempo, aplicando el incremento del 50% del precio hora.

Cuarto: El acceso al Complejo Deportivo La Torrecilla con el fin de visitar el Parque Arqueológico o el paseo recreativo a sus zonas verdes será gratuito. Las visitas deberán ser concertadas previamente en la Concejalía de Deportes.




G.- GESTIÓN.

La gestión, liquidación y cobranza de estos precios públicos se efectuará por el Ayuntamiento de Lorca, quedando este facultado, para acordar, o en su caso, autorizar, las modificaciones que se estimen necesarias, así como los precios públicos a aplicar a las actividades no recogidas en el mismo, o a otras de carácter lucrativo ajenas a la programación de la Concejalía de Deportes, que no estén claramente tipificadas en estas tarifas.

.../...


9. Tarifa por la asistencia a cursos organizados por la Escuela de Música.

.../...

- 20% para Familias numerosas/Monoparentales de categoría general y 50% para Familias numerosas/Monoparentales de categoría especial, adjuntando la documentación acreditativa en vigor en el momento de la inscripción en el curso o cursos.

.../...


10. Tarifa por la asistencia a cursos, talleres, seminarios, etc. organizados por la Universidad Popular de Lorca.

.../...

- 20% para Familias numerosas/Monoparentales de categoría general y 50% para Familias numerosas/Monoparentales de categoría especial, adjuntando la documentación acreditativa en vigor en el momento de la inscripción en el curso o cursos. Esta bonificación no será aplicable en las tarifas que expresamente estén destinadas a familias.

.../...


11. Tarifa por el servicio de enseñanza especializada de pintura en la Escuela Municipal de Artes Plásticas.

.../...

- 20% para Familias numerosas/Monoparentales de categoría general y 50% para Familias numerosas/Monoparentales de categoría especial, adjuntando la documentación acreditativa en vigor en el momento de la inscripción en el curso o cursos. Esta bonificación no será aplicable en las tarifas que expresamente estén destinadas a familias.

.../...


12. Tarifa por el servicio de aparcamiento en Aparcamientos de titularidad municipal.

- 1 minuto o fracción de un minuto: 0,025 EUR.

.../...

- Tarifa especial aplicable a SEPOR, FERAMUR, SALON DEL ESTUDIANTE, FERICAB y Otras Ferias.../...

- Tarifa especial a asociaciones con acuerdo de colaboración con el Ayuntamiento de Lorca, mediante descuento del 50% por el uso temporal no abonado de las instalaciones. Se imputará directamente al usuario el resto del precio público que resulte del uso del aparcamiento restando dicha reducción. Esta tarifa especial solo será aplicable las noches de viernes, sábados y vísperas de festivos, únicamente durante el tramo horario desde las 21:00 horas hasta las 9:00 horas del día siguiente. Fuera de dichas asociaciones, tramos y dias no será aplicable en ningún caso la presente tarifa.

- Todos los precios son I.V.A. incluido."


13. Tarifa por la autorización de uso de espacios municipales.

1.-La utilización de aulas municipales de formación, talleres y salas de reuniones del Centro de Desarrollo Local y del Centro Municipal de Formación La Torrecilla, previa solicitud y autorización en cada caso por parte del Ayuntamiento, estará sujeta al pago de los siguientes precios públicos:

- Por aula de formación: 13,00 EUR/hora.

- Por aula de informática: 16,30 EUR/hora.

- Por talleres: 16,30 EUR/hora

- Por Sala de usos múltiples: 150,00 EUR/Jornada completa y 90 EUR/Media jornada.

- Por Salón de Actos: 150,00 EUR/Jornada completa y 90 EUR/Media jornada.

Tendrán una bonificación del 50% del precio público, las entidades sin ánimo de lucro que no tengan subvencionado este gasto por otras administraciones.

.../...

3.-La utilización de recintos, salas y equipamientos culturales de propiedad municipal, previa solicitud y autorización en cada caso por parte del Ayuntamiento, estará sujeta al pago de los siguientes precios públicos:

Uso jornada completa Uso media jornada
.../... 150,00 90,00"
- Claustro de la Merced (excepto bodas autorizadas)

2.º Acuerdo de modificación parcial de diversas Ordenanzas Locales reguladoras de Prestaciones Patrimoniales de Carácter Público no Tributario para el ejercicio 2024, del Pleno Municipal de 23 de octubre de 2023:


Ordenanza local reguladora de la prestación patrimonial de carácter público no tributario por el servicio de transporte colectivo urbano de viajeros.

Se modifica parcialmente el artículo 5.º, quedando como sigue:

"Artículo 5.º Cuantías

.../...

Bono Familia Numerosa Especial 40 10,00 € Mensual Bono personalizado
Bono Desempleado 40 10,00 € Mensual Bono personalizado. Destinado a demandantes de empleo como mínimo 1 año y no cobrar prestación por desempleo, o cobrar exclusivamente un subsidio
Bono pensionistas-jubilados Sin límite 0 € Bono personalizado destinado a jubilados y pensionistas
REQUISITOS: Mayores de 65 años.

..."

Ordenanza local reguladora de la prestación patrimonial de carácter público no tributario por recogida y retirada de vehículos de la vía pública y por la utilización del depósito municipal.

Se modifica parcialmente la redacción del artículo 9.º Tarifas, quedando como sigue:

"Artículo 9.º

.../...

2. Por depósitos de vehículos:

(Por cada día o fracción, a partir del siguiente al día de la entrada en el depósito).

.../...

- Vehículos de cuatro ruedas y Peso Máximo Autorizado no superior a 3.500 Kgs................... 12,00 EUR.

..."


Lorca, 14 de diciembre de 2023. La Teniente Alcalde de Economía y Hacienda, Belén Pérez Martínez.

NPE: A-271223-7346


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