Convocatoria I concurso de carrozas para Cabalgata de Reyes Magos en Fuente Álamo 2024.

IV. Administración Local

Fuente Álamo de Murcia

7344 Convocatoria I concurso de carrozas para Cabalgata de Reyes Magos en Fuente Álamo 2024.

BDNS (Identif.): 734538

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/734538)

Convocatoria

1. Objetivos.

La presente convocatoria tiene por objeto regular el procedimiento para el otorgamiento de diversos premios a las carrozas que participen en la Cabalgata de Reyes de Fuente Álamo que se realizará el 5 de enero de 2024, con el objetivo de promocionar, premiar y difundir la participación de los vecinos/as y poder así mantener, gracias a ellos, tan arraigada tradición.

2. Régimen de concesión.

La presente convocatoria de premios se tramitará en régimen de concurrencia competitiva, mediante expediente de tramitación anticipada.

3. Financiación.

A la presente convocatoria se destinará un importe de 3.710,00€ que serán imputados a la aplicación presupuestaría 334 48009 "Premios concurso carrozas" para el ejercicio económico del año 2024. Dado que el expediente se tramita anticipadamente, la concesión de las subvenciones queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el Presupuesto General de 2024.

4. Legislación aplicable.

La Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Fuente Álamo de Murcia (BORM n.º 86, de fecha 16 de abril de 2013), establece las bases reguladoras para la convocatoria de las subvenciones en régimen de concurrencia competitiva de esta entidad Local.

En todo lo no previsto en la presente convocatoria, se remitirá a lo dispuesto en la siguiente normativa: en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; en el Reglamento General de la Ley de Subvenciones aprobado por Real Decreto 886/2006, de 21 de julio; en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPAC); en el Real Decreto 130/2019, de 8 de marzo, por el que se regula la Base de Datos Nacional de Subvenciones y la publicidad de las subvenciones y demás ayudas públicas; en la Ordenanza General reguladora de las Subvenciones a conceder por el Ayuntamiento de Fuente Álamo de Murcia (BORM, Nº 86 de 16/04/2013), y en las restantes normas de derecho administrativo que en su caso sean aplicables, y en su defecto, las normas de derecho privado

5. Requisitos de las carrozas que participen en la cabalgata (Arts. 6 y 8 Ordenanza de subvenciones).

Podrán tomar parte en el concurso todas las personas físicas y/o personas jurídicas que realicen la actividad que fundamente su otorgamiento o que se encuentre en la situación que legitima su concesión, y que cumplan los siguientes requisitos:

- Las carrozas deberán estar confeccionadas con papelillos, que tapen el vehículo tractor o remolque en la mayor parte o totalidad de su superficie.

- La temática podrá ser cualquiera, pero esta tiene que ser concreta para la totalidad de la carroza.

- La carroza debe participar en la cabalgata que se realice el 5 de enero de 2024.

- Que su ámbito de actuación comprenda el término municipal.

Podrán tomar parte en el concurso todas las carrozas que se encuentren inscritas y cumplan los requisitos que se detallan en las presentes bases. Cualquier solicitud que no cumpla con estos requisitos no será atendida, no pudiendo por tanto participar.

La participación en el concurso implica la aceptación por parte de todos los participantes de la inclusión de las fotografías derivadas del presente concurso en los archivos del Ayuntamiento de Fuente Álamo de Murcia, que podrán ser expuestos, explotados y reproducidos en cualquier soporte tangible e intangible, así́ como en cualquier ámbito, incluidos libros, catálogos, artículos promocionales e Internet, con los objetivos recogidos en el presente documento.

6. Categorías de los premios.

La dotación presupuestaria de esta convocatoria será de 3.710 euros que se financiará con cargo a los créditos presupuestarios del presupuesto municipal 2024.

Se otorgarán los siguientes premios:

- Premio a la carroza más grande, por importe de 530 euros.

- Premio a la carroza más divertida, por importe de 530 euros.

- Premio a la carroza más iluminada, por importe de 530 euros.

- Premio a la carroza más dulce/ infantil, por importe de 530 euros.

- Premio a la carroza más rural, por importe de 530 euros.

- Premio a la carroza más original, por importe de 530 euros.

- Premio a la carroza más comercial, por importe de 530 euros.

El Jurado podrá dejar desierto alguno de los premios, en caso de que se considere que las carrozas no reúnan los niveles mínimos de calidad exigibles. En todos los casos, el fallo del jurado será inapelable.

Los premios serán abonados mediante transferencia, y estarán sujetos a la legislación fiscal vigente:

Si el ganador es persona jurídica:

Debe figurar en el modelo 347, pero sólo si lo que percibe la persona jurídica del Ayuntamiento supera, en su conjunto, los 3.005.06 euros en un año, tal y como indica el art. 33.1 del RD 1065/2007, de 27 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos.

Si el ganador es persona física:

Respecto del porcentaje de retención, tanto el art. 101.7 LIRPF (Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas), como el art. 99 RD 439/2007, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y se modifica el Reglamento de Planes y Fondos de Pensiones, aprobado por Real Decreto 304/2004, de 20 de febrero, disponen que la retención a practicar sobre los premios en metálico será del 19% de su importe.

7. Criterios de valoración.

Para cada premio se tendrán en cuenta los siguientes criterios de valoración:

PREMIO

Criterios de valoración

Premio a la 'más grande': 100% - Dimensión de la carroza.

Premio a la 'más divertida': 100% - Temática más divertida.

Premio a la 'más iluminada': 100% - Iluminación de la carroza.

Premio a la 'más infantil': 100% - Mejor temática infantil.

Premio a la 'más rural': 100% - Temática relacionada con el sector primario

Premio a la 'más original': 100% - Originalidad e ingenio.

Premio a la 'más comercial': 100% - Riqueza estética

8. Lugar y plazo de presentación de solicitudes, y documentación necesaria.

Las solicitudes de inscripción podrán presentarse en la Sede Electrónica de este Ayuntamiento (https://ayto-fuentealamo.es/sede-electronica/) o por los medios previstos en el artículo 16.4 de LPAC, en el plazo de 10 días naturales contados desde la publicación en el BORM de la presente convocatoria, acompañando la siguiente documentación:

Solicitud de inscripción, en modelo oficial que se acompaña como anexo a esta convocatoria.

Declaración responsable de requisitos como beneficiario de subvenciones.

Certificado de titularidad bancaria, para efectuar el pago.

Si analizada la solicitud y demás documentación presentada, se observara que son incompletas o que no reúnen los requisitos exigidos, el órgano competente para instruir el procedimiento requerirá al interesado para que, en el plazo máximo e improrrogable de 10 días a contar desde el siguiente al de recepción de la notificación correspondiente, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que así no lo hiciera, se le tendrá por desistida de su petición, de acuerdo con lo establecido en el artículo 68 de la LPAC.

9. Tramitación.

Órgano instructor: Concejalía de Festejos, asistida por la siguiente Comisión de Valoración:

Presidenta: Alcaldesa del Excmo. Ayuntamiento de Fuente Álamo de Murcia.

Vocal: Director técnico deportivo.

Secretaria: Concejal de Festejos.

Órgano proponente: Concejalía de Festejos.

Órgano resolutorio: Junta de Gobierno Local.

Plazo máximo para resolver: seis meses contados a partir del día de la conclusión del plazo de presentación. Transcurrido este plazo sin haber notificado la resolución, se entenderá caducado el expediente.

La participación en la presente convocatoria supone la aceptación de la totalidad de las normas que la rigen.

En Fuente Álamo de Murcia, documento firmado electrónicamente.


Fuente Álamo, 21 de diciembre de 2023. La Alcaldesa-Presidenta, Juana María Martínez García.

NPE: A-271223-7344


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