Resolución de la Dirección Gerencial del IMAS sobre concesión de ayudas individualizadas a personas con discapacidad para el ejercicio 2023.

I. Comunidad Autónoma

3. Otras disposiciones

Consejería de Política Social, Familias e Igualdad

Instituto Murciano de Acción Social

7151 Resolución de la Dirección Gerencial del IMAS sobre concesión de ayudas individualizadas a personas con discapacidad para el ejercicio 2023.

Por Orden de 28 de mayo de 2018 de la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades, por la que se establecen las normas reguladoras de las ayudas individualizadas a personas con discapacidad (BORM n.º 124, de 31/05/2018), y por Resolución de 3 de abril de 2023, del Director Gerente del Instituto Murciano de Acción Social, por la que se convocan las ayudas individualizadas a personas con discapacidad para el ejercicio 2023 (BORM n.º 88 de 18/04/2023) se regula el procedimiento de solicitud, tramitación y resolución de estas ayudas para el ejercicio 2023.

La concesión de las ayudas individualizadas a personas con discapacidad solicitadas al amparo de la mencionada normativa se efectuará atendiendo a las circunstancias personales, familiares, sociales y económicas de las personas solicitantes, valoradas de acuerdo con el Baremo que figura como Anexo I de la Resolución de convocatoria, según lo establecido en el artículo 3.9 de la citada Orden y en el artículo 4.2 de la mencionada Resolución. Así mismo, el orden de prelación en la concesión de los expedientes vendrá determinado por riguroso orden de entrada de solicitudes completas, así como de expedientes subsanados, en su caso, en el registro de la CARM, hasta agotar el crédito disponible para la presente convocatoria.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 11.2 de la Orden de 28 de mayo de 2018, la Comisión de Valoración, a la vista del número de solicitudes presentadas y de la dotación presupuestaria existente, elaborará los informes que procedan sobre los criterios de prioridad en orden a la concesión de las ayudas, la puntuación mínima de baremo exigible para acceder a las ayudas y los porcentajes correctores que correspondan si fuera necesario.

Según lo establecido en el artículo 11.3 de la mencionada Orden, la Dirección General de Pensiones, Valoración y Programas de Inclusión, a la vista de los informes de la Comisión de Valoración, elevará la correspondiente propuesta a la Dirección Gerencial del IMAS, quien dictará la oportuna resolución, publicada en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.

Vista la propuesta de la Dirección General de Pensiones, Valoración y Programas de Inclusión, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 11 apartado 3 de la Orden reguladora y en virtud de las atribuciones conferidas en la Ley 1/2006, de 10 de abril, de creación del Instituto Murciano de Acción Social y el Decreto nº 305/2006, de 22 de diciembre, por el que se aprueban sus estatutos.

Resuelvo:

Finalizar la valoración de las ayudas individualizadas a personas con discapacidad de la convocatoria de 2023 una vez instruida la totalidad de las solicitudes presentadas en plazo, habiendo superado el importe demandado la dotación presupuestaria inicial de 2.500.000 euros.

Establecer la puntuación mínima de 11 puntos en Baremo para acceder a las ayudas individualizadas a personas con discapacidad en la convocatoria de 2023, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 3.9 de la Orden de 28 de mayo de 2018, concediéndose la cuantía máxima establecida para cada uno de los conceptos incluidos en el artículo 6 de la Resolución de 3 de abril de 2023, del Director Gerente del IMAS, o el importe solicitado, cuando éste sea inferior.

Denegar por falta de dotación presupuestaria todos los expedientes incompletos a fecha 13/12/2023, o que sean completados con posterioridad.

Murcia, 13 de diciembre de 2023. La Directora Gerente del IMAS, Verónica López García.

NPE: A-161223-7151


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