Aprobación definitiva modificación del presupuesto n.º 18/2023, mediante transferencia de crédito de distinto área de gasto que no afectan a bajas y altas de créditos de personal.
IV. Administración Local
Bullas
7129 | Aprobación definitiva modificación del presupuesto n.º 18/2023, mediante transferencia de crédito de distinto área de gasto que no afectan a bajas y altas de créditos de personal. |
En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 179.4, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, ha quedado automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario de aprobación inicial de este Ayuntamiento, adoptado en fecha 3 de noviembre de 2023, sobre modificación del presupuesto n.º 18/2023, mediante transferencia de crédito de distinto área de gasto que no afectan a bajas y altas de créditos de personal, como sigue a continuación:
Altas en Aplicaciones de Gastos
Aplicación | Descripción | Importe | |
Progr. | Económica | ||
311 | 2279901 | Bienestar animal (Recogida de animales, control colonia de gatos) | 9.000,00 |
342 | 22103 | Combustible biomasa | 23.000,00 |
342 | 22100 | Suministros piscinas | 4.000,00 |
330 | 22799 | Trabajos realizados por otras empresas. Servicio conserjes | 19.000,00 |
TOTAL | 55.000,00 |
2.º FINANCIACIÓN
Esta modificación se financia con cargo a una transferencia de crédito en los siguientes términos:
Bajas en Aplicaciones de Gastos
Aplicación | Descripción | Importe | |
Progr. | Económica | ||
132 | 12002 | Sueldo grupo B Seguridad y Mobilidad Ciudadana | 11.000,00 |
150 | 16000 | Seguridad social Urbanismo | 9.000,00 |
163 | 22799 | Prestación del servicio de limpieza viaria | 15.000,00 |
231 | 46300 | Aportación Mancomunidad Servicios Sociales Río Mula | 20.000,00 |
TOTAL | 55.000,00 |
Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 113 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, los interesados podrán interponer directame?nte recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 43 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha Jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.
Bullas, 11 de diciembre de 2023. La Alcaldesa, María Dolores Muñoz Valverde.
NPE: A-151223-7129